IGLESIAS/INVERSIONES PULAR SPA
Rol
T-164-2023
Fecha
3 de octubre de 2023
Materia
Art. 19 Nº 16 CPR. Libertad de Trabajo y su protección, Costas, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Multa, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 10, 160, 162, 171, 453 y siguientes del Código del Trabajo, se declara, que: I.- Se rechaza la denuncia de vulneración de garantías fundamentales con ocasión del despido indirecto, interpuesta en representación de Cristian Iglesias Saavedra, cédula de identidad N° 17.038.400-8, en contra de CORVI SPA, RUT 76.757.678-1. II.- Se acoge la demanda de despido indirecto, cobro de prestaciones y nulidad del despido, interpuesta en representación de Cristian Iglesias Saavedra, cédula de identidad N° 17.038.400-8, en contra de CORVI SPA, RUT 76.757.678-1 y en consecuencia se condena a esta última a pagar en su favor las siguientes sumas dinerarias. a.- $1.211.063.- (un millón doscientos once sesenta y tres pesos) por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b.- $4.844.252.- (cuatro millones ochocientos cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta y dos pesos) por concepto de años de servicio. c.- $2.422.126.- (dos millones cuatrocientos veintidós mil ciento veintiséis pesos) por concepto de recargo legal. d.- $8.477.441.- (ocho millones cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y un pesos) por concepto de remuneraciones adeudadas. e.- $2.301.020.- (dos millones trescientos un mil veinte pesos) por concepto de feriados adeudados. f.- La suma mensual de $1.211.063.- desde la fecha de su despido indirecto el día 03 de enero del 2023 y la fecha en que se pague íntegramente las cotizaciones previsionales adeudadas correspondientes a las siguientes: · Fonasa: período noviembre y diciembre del año 2022 · AFC: período marzo-mayo y julio del año 2021 y enero-diciembre del año 2022. · AFP: período marzo a diciembre del año 2022 y marzo-abril-mayo y julio del año 2021; y, se cumpla con las formalidades previstas al efecto en el artículo 262 del Código del Trabajo. III.- Se acoge la demanda de declaración de único empleador, interpuesta en representación de Cristian Iglesias Saavedra, cédula de identidad
Fallo
se declara, que: I.- Se rechaza la denuncia de vulneración de garantías fundamentales con ocasión del despido indirecto, interpuesta en representación de Cristian Iglesias Saavedra, cédula de identidad N° 17.038.400-8, en contra de CORVI SPA, RUT 76.757.678-1. II.- Se acoge la demanda de despido indirecto, cobro de prestaciones y nulidad del despido, interpuesta en representación de Cristian Iglesias Saavedra, cédula de identidad N° 17.038.400-8, en contra de CORVI SPA, RUT 76.757.678-1 y en consecuencia se condena a esta última a pagar en su favor las siguientes sumas dinerarias. a.- $1.211.063.- (un millón doscientos once sesenta y tres pesos) por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b.- $4.844.252.- (cuatro millones ochocientos cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta y dos pesos) por concepto de años de servicio. c.- $2.422.126.- (dos millones cuatrocientos veintidós mil ciento veintiséis pesos) por concepto de recargo legal. d.- $8.477.441.- (ocho millones cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y un pesos) por concepto de remuneraciones adeudadas. e.- $2.301.020.- (dos millones trescientos un mil veinte pesos) por concepto de feriados adeudados. f.- La suma mensual de $1.211.063.- desde la fecha de su despido indirecto el día 03 de enero del 2023 y la fecha en que se pague íntegramente las cotizaciones previsionales adeudadas correspondientes a las siguientes: · Fonasa: período noviembre y diciembre del año 2022 · AFC: período
Texto Completo (Preview)
JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL POR VIDEO CONFERENCIA_PLATAFORMA_ZOOM. FECHA Antofagasta, tres de octubre de dos mil veintitrés. MAGISTRADO ELENA DEL PILAR PEREZ CASTRO HORA DE INICIO 10:30 Horas. HORA DE TERMINO 12:35 Horas. ENCARGADO DE ACTA Paulina Molina Araya. SALA 2 RUC 23-4-0464877-2 RIT T-164-2023 Registro de audio
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica