2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

DECIMUS/FRÍO CARNE SPA

Rol

O-1262-2023

Fecha

4 de octubre de 2023

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 63, 66 y siguientes, 73, 161, 168, 173, 453, 454, 456 y 459 del Código del Trabajo, se declara. I. Que se acoge la demandada interpuesta por don GUERRIO DECIMUS en contra FRÍO CARNE SPA, declarando que le despido realizado en su contra es de carácter improcedente y nulo, debiendo la parte demandada pagar las siguientes prestaciones. a) Indemnización sustitutiva de falta de aviso previo por $ 780.525. b) Indemnización por años de servicio por $ 3.902.625 c) Recargo legal en conformidad al artículo 168 letra A del Código del Trabajo por $ 1.170.788. d) Remuneración pendiente mes de diciembre de 2022 por $ 780.525. e) Feriado legal anualidad 2021-2022 por $ 546.368. f) Feriado proporcional por $ 208.140. g) Que las sumas ordenadas pagar lo serán con los reajustes e intereses que contemplan los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. II. Que la demandada deberá enterar en AFP Planvital, Fonasa y AFC las cotizaciones adeudadas correspondientes a los meses de agosto 2017 a abril 2018, octubre y noviembre 2018 y diciembre de 2022, para tales efectos deberá comunicarse por la vía más expedita en la etapa ejecutiva de dicho organismo, con la finalidad que inicie el cobro de tales conceptos. III. La demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha de terminación de la relación laboral ocurrida el 31 de diciembre de 2022 hasta su convalidación, en base a una remuneración mensual de $ 780.525. IV. Se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente vencida, fijando las costas personales en conformidad al artículo 445 del Código del Trabajo, en la suma de $ 1.000.000. V. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, dese cumplimiento a lo ordenado en ella dentro de quinto día, en caso contrario, certifíquese el incumplimiento y remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago Regístrese y archívese en su oportu

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 63, 66 y siguientes, 73, 161, 168, 173, 453, 454, 456 y 459 del Código del Trabajo, se declara. I. Que se acoge la demandada interpuesta por don GUERRIO DECIMUS en contra FRÍO CARNE SPA, declarando que le despido realizado en su contra es de carácter improcedente y nulo, debiendo la parte demandada pagar las siguientes prestaciones. a) Indemnización sustitutiva de falta de aviso previo por $ 780.525. b) Indemnización por años de servicio por $ 3.902.625 c) Recargo legal en conformidad al artículo 168 letra A del Código del Trabajo por $ 1.170.788. d) Remuneración pendiente mes de diciembre de 2022 por $ 780.525. e) Feriado legal anualidad 2021-2022 por $ 546.368. f) Feriado proporcional por $ 208.140. g) Que las sumas ordenadas pagar lo serán con los reajustes e intereses que contemplan los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. II. Que la demandada deberá enterar en AFP Planvital, Fonasa y AFC las cotizaciones adeudadas correspondientes a los meses de agosto 2017 a abril 2018, octubre y noviembre 2018 y diciembre de 2022, para tales efectos deberá comunicarse por la vía más expedita en la etapa ejecutiva de dicho organismo, con la finalidad que inicie el cobro de tales conceptos. III. La demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha de terminación de la relación laboral ocurrida el 31 de diciembre de 2022 hasta su convalida

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 03/10/2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 2 RUC 23-4-0462708-2 RIT O-1262-2023 MAGISTRADO DANIEL RICARDI MAC EVOY ADMINISTRATIVO DE ACTAS FREDDY LAZO BANDA ( ) HORA DE INICIO 11:37 HORAS HORA DE TERMINO 11:56 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 23-4-0462708-2-1349-231003-00 CUSTODIA DE DOCUMENTOS

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