2º Juzgado Civil de Temuco

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TEMUCO/CIFUENTES

Rol

C-3502-2021

Fecha

26 de abril de 2023

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 25 de enero de 2022 don Francisco Javier Vergara Maldonado, abogado, en representación convencional de la MUNICIPALIDAD DE TEMUCO, Corporación Autónoma de Derecho Público, representada legalmente por su Alcalde don Roberto Francisco Neira Aburto, deduce demanda de indemnización de perjuicios en juicio sumario en contra de don JAIME ALFREDO CIFUENTES CARRILLO, cédula de identidad 8.702.185-8, empleado particular, con domicilio en calle 8 Norte N° 01560, Temuco, fundando la pretensión en los antecedentes de hecho y de derecho que en su libelo expone. Que, con fecha 05 de mayo de 2022 el demandado se da por expresamente notificado de la demanda interpuesta en su contra. Que, con fecha 02 de septiembre de 2022 consta la contestación de la demanda. Que, con fecha 02 de septiembre de 2022 se llevó a cabo la audiencia de contestación y conciliación con la asistencia de la demandante y de la parte demandada. Llamadas las partes a conciliación esta no se produjo. Que, con fecha 06 de septiembre de 2022 se recibió la causa a prueba, notificándose a las partes con fechas 06 y 09 de enero de 2023, rindiéndose la que rola en la carpeta digital. Que, con fecha 23 de enero de 2023 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 25 de enero de 2022 don Francisco Javier Vergara Maldonado, abogado, en representación convencional de la Municipalidad de Temuco, Corporación Autónoma de Derecho Público, representada legalmente por su Alcalde don ROBERTO FRANCISCO NEIRA ABURTO, de conformidad al artículo 68 del Código Procesal Penal interpone en procedimiento sumario demanda civil de indemnización de perjuicios en contra de don JAIME ALFREDO CIFUENTES CARRILLO, cédula de identidad 8.702.185-8, empleado particular, con domicilio en calle 8 Norte N° 01560, Temuco, con el objeto que se ordene al demandado indemnizar los perjuicios causados a la Municipalidad de Temuco, por la responsabilidad al ser condenado en causa RIT 7411-2017, seguida ante el Juzgado de Garantía de Temuco en carácter de autor en el delito consumando de fraude al fisco, de acuerdo a los siguientes fundamentos: Como cuestión previa y para efectos del cómputo del plazo del artículo 68 del Código Procesal Penal se hace presente que de conformidad a la ley 21.226 los plazos estuvieron suspendidos, además el mismo se suspendió por la interposición de la demanda seguida en Vuestro mismo Tribunal según da cuenta de causa Rol C-473-2020 hoy declarado abandonado el procedimiento, por lo que recién desde dicha resolución podría volver a computar el plazo en cuestión. RELACIÓN DE LOS HECHOS QUE SE ENCUENTRAN FIRMES POR SENTENCIA EJECUTORIDA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO EN CAUSA RIT 7411-2017. En Temuco durante los años 2014 al 2016 el acusado y demandado civil don Jaime Alfredo Cifuentes Carrillo, se desempeñó como funcionario público municipal, Código: XSKXXERYWYY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 ejerciendo funciones en la Ilustre Municipalidad de Temuco, como jefe del Departamento de Alumbrado Público. En dicho contexto la Municipalidad de Temuco efectuó al menos siete procedimientos administrativos de Licitación pública, referidas en la instalación, mejoramiento y conservación del sistema de alumbrado público en diversas zonas de la comuna, en particular las Licitaciones N° 187-2014, N° 188-2014, N° 158-2015, N° 198-2015, N° 19-2016, N°45-2016, y N°145-2016. En dichas propuestas públicas, el Sr. Jaime Alfredo Cifuentes Carrillo, entre otras funciones, confeccionó las Especificaciones Técnicas, y además ejercer funciones de ITO, esto es, Inspector Técnico de Obra, función pública en virtud de la cual le correspondía verificar y controlar la efectiva realización de las obras adjudicadas, según las Bases Administrativas de carácter técnico y económico que regulaban cada proceso, como también las de cerciorarse del término adecuado de las mismas, según las Especificaciones Técnicas aprobadas, debiendo en su caso recibir conforme a las obras si correspondía, información con la cual la municipalidad pagaría las obras contratadas y efectivamente ejecutadas por el contratista. Todos los contratos arr

Fallo

Por lo expuesto, solicita se sirva tener por deducida demanda civil de indemnización de perjuicios en procedimiento sumario en contra de JAIME ALFREDO CIFUENTES CARRILLO, la acoja a tramitación y en definitiva lo condene a pagar a la Municipalidad de Temuco, a título de indemnización de perjuicios, la suma de $209.030.000 (doscientos nueve millones treinta mil pesos) o el valor que tribunal competente determine con arreglo al proceso y a derecho, con más reajuste e intereses y costas, conforme se ha indicado en el cuerpo de esta demanda. SEGUNDO: Que, con fecha 02 de septiembre de 2022 don Luis Quijada Llancaleo, abogado, correo electrónico lquijadaabogado@gmail.com, en representación del demandado don Jaime Alfredo Cifuentes Carrillo, conforme lo dispone el artículo 682 y siguientes del Código de Procedimiento Civil contesta demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual interpuesta por la MUNICIPALIDAD DE TEMUCO en contra de su representado don JAIME ALFREDO CIFUENTES CARRILLO, solicitando su rechazo con costas, en consideración de los argumentos que expone: I.- LA DEMANDA DEBE SER DESESTIMADA POR LOS SIGUIENTES MOTIVOS. Tal como desarrollará a continuación la presente demanda y/o alguna de sus peticiones deberán ser a la postre rechazadas por cuanto: 1.- La acción civil se encuentra prescrita por haber transcurrido más de 4 años contados desde la ocurrencia de los hechos en que se Código: XSKXXERYWYY Este documento tiene firma electrónica y su

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-3502-2021 CARATULADO : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TEMUCO/CIFUENTES Temuco, veintis is de Abril de dos mil veintitr sé é VISTOS: Que, con fecha 25 de enero de 2022 don Francisco Javier Vergara Maldonado, abogado, en representación convencional de la MUNICIPALIDAD DE TEMUCO, Corporación Autónoma de Derech

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