1º Juzgado Civil de Temuco

INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN VANDECK SPA/CONSTRUCTORA R Y R LIMITADA

Rol

C-3869-2022

Fecha

26 de abril de 2023

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: En folio 1, de carpeta digital, con fecha 22 de diciembre de 2022, se presenta don V CTOR MANUEL ORT ZAR ORT ZAR, abogado, correoÍ Ú Ú electr nico vortuzar@ortuzarycia.cl, por la ejecutante, ambos domiciliados paraó estos efectos en Mart n Lutero 02580, departamento 44, comuna y ciudad deí Temuco, en autos caratulados INGENIER A Y CONSTRUCCI N VANDECK“ Í Ó SPA con CONSTRUCTORA R Y R LIMITADA , sobre demanda ejecutiva de” cobro de factura, causa Rol: C-3869-2022 a S. S., respetuosamente digo: Que, por este acto vengo en deducir demanda ejecutiva, en contra de CONSTRUCTORA R & R LIMITADA, representada legalmente por don LUIS FELIPE RIVAS ARTIGAS, ignoro profesi n u oficio, c dula nacional deó é identidad N 10.711.738-5, ambos domiciliados en Manuel Bulnes 815, oficinaº 307, Temuco, por la suma de $22.356.892 (veintid s millones trecientosó cincuenta y seis ochocientos noventa y dos pesos), m s reajustes, intereses yá costas. Fundamos la demanda, en lo acontecido en el cuaderno de gesti nó preparatoria de la v a ejecutiva de estos antecedentes. Mi representada es due aí ñ leg tima y tenedora del cr dito contenido en la factura, ya acompa ada en elí é ñ cuaderno de gesti n preparatoria, y que individualizo a continuaci n: Cliente:ó ó 76.007.713- 5, CONSTRUCTORA R & R LIMITADA, Factura N 199, emitida° con fecha 04 de noviembre de 2022, por la suma de $22.356.892, cuyo deudor es CONSTRUCTORA R & R LIMITADA, R.U.T. 76.007.713- 5, cuyo representante legal es don LUIS FELIPE RIVAS ARTIGAS, ambos con domicilio en MANUEL BULNES 815, OFICINA 307, TEMUCO. Texto completo de la factura: R.U.T. 76.007.713- 5 Factura Electr nica N 199ó ° Fecha: 04 de noviembre de 2022. Se efectu la gesti n preparatoria respectiva de notificaci n judicialó ó ó de cobro de factura donde el demandado fue notificado el d a 15 de diciembreí de 2022, con arreglo al art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil, sin queí ó ste ltimo consignara fondos suficientes para el pago de la factura o alegar

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1.- Que don V CTOR MANUEL ORT ZAR ORT ZAR, en laÍ Ú Ú calidad que inviste deduce demanda ejecutiva en contra de CONSTRUCTORA R & R LIMITADA, representada legalmente por don LUIS FELIPE RIVAS ARTIGAS, a fin de que stos paguen al actor la factura que indica en su libelo.é Pide se siga adelante la ejecuci n hasta el entero y cumplido pago de loó adeudado, con intereses y costas. 2.- Que CRISTIAN GOTSCHLICH NEUMANN, chileno, abogado, por la ejecutada, a US. con respeto digo: En la representaci n queó invisto, y encontr ndome en el plazo previsto por la ley para estos efectos,á opongo la siguiente excepci n a la ejecuci n: EXCEPCI N DE CONTRATOó ó Ó NO CUMPLIDO. En virtud de lo dispuesto en el N 7 del art culo 464 delº í C digo de Procedimiento Civil, esto es, "la falta de alguno de los requisitos oó condiciones establecidas por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerzaí ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado". Lo anterior US.,ó fundando en antecedentes que son extremadamente relevantes para la decisi nó de esta causa, tanto jur dica como doctrinariamente, en cuanto la factura que seí pretende cobrar en estos autos ejecutivos, tiene su origen en un contrato de subcontrataci n existente entre las partes en los que se establecieron obligacionesó rec procas, respecto de las cuales, puedo se alar a priori, no han sido a ní ñ ú determinadas si se cumplieron o no. A objeto de representar a S.S., un panorama completo de nuestra defensa, pasaremos a exponer de forma detallada y ordenada los antecedentes previos. Existencia de un contrato previo: - Como se ha indicado precedentemente, las partes suscribieron entre ellas, con fecha 15 de marzo del a o 2022, el contrato denominado SUBCONTRATO DEñ “ ESPECIALIDAD. SUBCONTRATO MANO DE OBRA CUBIERTA Y REVESTIMIENTO , N CONTRATO SC-06, el cual ten a como objeto, la” ° í Ejecuci n Mano de obra de cubierta y revestimiento, as como tambi n todo lo“ ó í é necesario para fijar y sellar revestimiento, cubiertas y hojalater as de la obraí ” HC VILLARRICA ubicada en calle Saturnino Epulef s/n de la ciudad de Villarrica; todo ello en las condiciones estipuladas en el citado instrumento, y sus anexos. Es importante mencionar que, tanto en la gesti n preparatoria como enó la propia factura que se pretende cobrar, se hace referencia en su descripci n aó que se estar an cobrando 2 estados de pago del contrato en cuesti n. - En elí ó numeral 3 del contrato ya se alado, se convino que, la demandanteñ INGENIAR A Y CONSTRUCCI N VANDECK SpA, deb a ejecutar las laboresÍ Ó í encomendadas en el plazo de 2 meses y medio, a contar del d a 4 de abril deí 2022, LO CUAL NO SE CUMPLI . Como ya se adelant , y se acreditarÓ ó á oportunamente, la ejecutante no termino las obras encomendadas, habiendo hecho abandono de la faena. Lo anterior importa simplemente que el subcontratista incumpli - a lo menos -, la principal obligaci n que asumi enó ó ó dicho contrato. - De acuerdo a ello, el cumplimiento o incumpl

Fallo

POR TANTO, en m rito de lo expuesto y lo dispuesto, en elé art culo 434 N 4 del c digo de procedimiento civil y la ley 19.983 A S.S. PIDO:í º ó Se sirva tener por deducida demanda ejecutiva de cobro de factura que se ha detallado, por la suma de $22.356.892, m s reajustes, intereses y costas ená contra de CONSTRUCTORA R & R LIMITADA, representada legalmente por don LUIS FELIPE RIVAS ARTIGAS, ignoro profesi n u oficio, c dula nacionaló é de identidad N 10.711.738-5, ambos domiciliados en MANUEL BULNES 815,º OFICINA 307, TEMUCO, y despachar mandamiento de ejecuci n y embargoó Código: XLRWXEEFWYY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3869-2022 Foja: 1 en su contra y mandar seguir adelante la ejecuci n hasta el total y completoó pago de lo adeudado, en capital, reajustes, intereses y costas. En folio 05, con fecha 13 de enero de 2023, la parte ejecutada opone a la demanda ejecutiva la excepci n del art culo 464 del C digo deó í ó procedimiento Civil N 7. ° En folio 08, con fecha 19 de enero de 2023, la parte ejecutante contest las excepciones opuestas.ó En folio 09, con fecha 20 de enero de 2023, se recibi la causa a prueba.ó En folio 17, con fecha 17 de abril de 2023, se cit a las partes paraó o r sentencia.í CONSIDERANDO: 1.- Que don V CTOR MANUEL ORT ZAR ORT ZAR, en laÍ Ú Ú calidad que inviste deduce demanda ejecutiva en contra de CONSTRUCTORA R & R LIMITADA, representada legalmente por don LUIS FELIPE RIVAS AR

Texto Completo (Preview)

C-3869-2022 Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-3869-2022 CARATULADO : INGENIER A Y CONSTRUCCI N VANDECKÍ Ó SPA/CONSTRUCTORA R Y R LIMITADA Temuco, veintis is de Abril de dos mil veintitr sé é VISTOS: En folio 1, de carpeta digital, con fecha 22 de diciembre de 2022, se presenta don V CTOR MANUEL ORT ZAR ORT ZAR, abogado, correo

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica