VIVEROS NUEVA VID S.A./MOP /DGA
Rol
C-6508-2021
Fecha
26 de abril de 2023
Materia
AGUAS, DERECHOS APROVECHAMIENTO, C. AGUAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 2 de agosto de 2021, comparece Nicolás Schmidt Javalquinto, abogado, en representación de Viveros Nueva Vid S.A., representada por Jorge Valenzuela y María Martínez, todos domiciliados en avenida Américo Vespucio 880, Las Condes, quien deduce demanda en juicio sumario de perfeccionamiento de derechos de aprovechamiento de aguas en contra de la Dirección General de Aguas, representada por Oscar Cristi Marfil, ingeniero, domiciliados en calle Morandé 59, Santiago. Con fecha 15 de octubre de 2021, se llevó a cabo el comparendo de estilo, en que se tuvo por evacuada la contestación en rebeldía de la demandada y se tuvo por frustrado el llamado a conciliación. Con fecha 18 de octubre de 2021, se recibió la causa a prueba. Con fecha 20 de octubre de 2022, la Dirección General de Aguas evacuó informe al tenor de la solicitud. Con fecha 17 de enero de 2023, se citó a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la pretensión de la actora es que se declare que los derechos de aprovechamiento de aguas de su representada son de naturaleza superficial y corriente, de ejercicio permanente y continuo, de uso consuntivo, equivalentes a un caudal máximo de 0,48 litros por segundo, el cual figura inscrito a fojas 166 número 194 del Registro de Propiedad de Aguas del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo, y se ordene rectificar y perfeccionar el título de derecho de aprovechamiento de aguas y se ordene el registro del mismo en el Catastro Público de Aguas. Según los títulos de dominio que acompaña, su representada es dueña del derecho de aprovechamiento de aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo, de uso consuntivo, provenientes del canal Panquehue, equivalentes a un máximo de 0,48 litros por segundo, el cual figura inscrito a fojas Código: CXKGXELXEWY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 166 número 194 del Registro de Propiedad de Aguas del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. Hace presente que en la inscripción de dominio individualizada se omite señalar que son aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo, de uso consuntivo, con su caudal expresado en volumen por unidad de tiempo, lo que es un requisito para inscribir el derecho de aprovechamiento de aguas en el Catastro Público de Aguas, por lo que, previa invocación de disposiciones legales y relación circunstanciada de las características del derecho de aprovechamiento sobre el que recae la acción, solicita se declare que los derechos de aprovechamiento de aguas son superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo, de uso consuntivo, correspondiéndole un caudal de 0,48 litros por segundo y se ordene rectificar y perfeccionar el título del respectivo derecho de aprovechamiento de aguas, como también el registro de estos en el Catastro Público de Aguas. SEGUNDO: Que, encontrándose debidamente emplazada, la demandada se mantuvo rebelde durante toda la secuela del juicio. TERCERO: Que, para acreditar los asertos vertidos en su demanda, la actora acompañó a la carpeta digital los siguientes documentos: copia de la inscripción de fojas 166 número 194 del Registro de Propiedad de Aguas del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo; certificado de registro público de derechos de aprovechamiento de aguas número 1037/2016 de la Dirección General de Aguas; y minuta sobre las características y ubicación del derecho de aprovechamiento cuya perfección solicita. CUARTO: Que, lo que se intenta a través de este procedimiento es el perfeccionamiento de derechos de aguas, ya inscritos en lo referente a su dominio, pero respecto de los cuales no se indica el carácter de los mismos de conformidad a las clasificaciones legales de los derechos de aprovechamiento de aguas; y que con ello se complete la inscripción definitiva en el Ca
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto por los artículos 130 y siguientes, y 177 y siguientes del Código de Aguas; 45 y 46 del Reglamento del Catastro Público de Aguas; 1698, y siguientes del Código Civil; y 144, 158, 160, 170, 254, 342 Nº 2 y Nº 3 y 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve que: I. Se acoge la demanda de 2 de agosto de 2021 y, en consecuencia, deberá procederse a la inscripción definitiva de los derechos de aprovechamiento de aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo, de uso consuntivo, correspondiéndole un caudal de 0,48 litros por segundo, en el Registro Público de Derechos de Aprovechamiento de Aguas, cuyo Catastro Público de Aguas lleva la Dirección General de Aguas; y también anotarse ello al margen de las inscripciones del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. II. Cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol: C-6.508-2021. Dictada por Julio Ernesto Ramírez Zolezzi. Juez Suplente del Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago. Código: CXKGXELXEWY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintis is de Abril de dos mil veintitr sé é Código: CXKGXELXEWY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://ver
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6508-2021 CARATULADO : VIVEROS NUEVA VID S.A./MOP /DGA Santiago, veintis is de Abril de dos mil veintitr sé é VISTOS: Con fecha 2 de agosto de 2021, comparece Nicolás Schmidt Javalquinto, abogado, en representación de Viveros Nueva Vid S.A., representada por Jorge Valenzuela y María Martínez, todos domiciliados e
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