1º Juzgado Civil de Viña del Mar

BANCO DE CHILE/VALENZUELA

Rol

C-3343-2022

Fecha

26 de abril de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Se ha iniciado este proceso Rol N°3343-2022, caratulado “Banco de Chile con Valenzuela” por demanda interpuesta por don Gaspar Cort s Moya, do aé ñ Macarena Flores Jara y don Mauricio Araneda Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A. personera jur dica del giro cobranza a terceros,í representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del BANCO DE CHILE, sociedad an nimaó bancaria, del giro de su denominaci n, representada a su vez por su gerenteó general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial todos domiciliados para estos efectos en calle Blanco 1199, 4° Piso, Of 41, Comuna de Valpara so,í en contra de don Neil Jhon Valenzuela Gonz lezá , de quien se ignora profesi n uó oficio, con domicilio en Pasaje dos N°68, Poblaci n Linda Norte, Nueva Aura,ó comuna de Vi a del Mar, por el cual pretende el pago de la suma de $3.066.483,ñ m s intereses y costas.á Que notificada la demanda a la ejecutada, opone a la ejecuci n lasó excepciones del N° 2, N° 7, N° 14 y N° 11 del art culo 464 del C digo deí ó Procedimiento Civil, las que fueron declaradas admisibles, con fecha 21 de Diciembre de 2022 se recibe la causa a prueba y con fecha 12 de Abril de 2023, se cit a las partes para o r sentencia.ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Demanda Ejecutiva. Que con fecha 30 de Marzo de 2022, comparece don Gaspar Cort s Moya y do a Mar a Jos Orme o Urraé ñ í é ñ , abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A. personera jur dica del giro cobranza aí terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, representante convencional del BANCO DE CHILE, en contra de do a ñ Robinson P rez Seguraé , por el cual pretende el pago de la suma de $8.941.196.- m sá intereses y costas. Código: XXCHXELXNVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se ala que el Banco de Chile es due o ñ ñ y leg timo tenedor del pagar a laí é vista N°148139910788066198 suscrito por don Enrique Eduardo Escalas Paineo y por do a ñ Fernanda Nicole Herrera Ram rezí , en representaci n del Banco de Chileó y estos a su vez en representaci n de la ejecutadaó , seg n consta delú Contrato de Cr dito de Consumo en Cuotas, que forma parte del Contrato Unificadoé de Personas, el cual se encuentra firmado por el demandado, y suscrito por un capital original de $3.350.361, cantidad a la que se debe aplicar la tasa de inter s mensualé de 2.17%, seg n se ala elú ñ documento. Y se pagar an en í 57 cuotas; 56 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $104.232, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 07 de Julio de 2021 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer ná sucesivamente con la misma periodicidad antes indicada y una ltima cuota con elú vencimiento y por el monto que se detalla en el cuadro de pago correspondiente al t tulo. Monto que incluye pago de capital e intereses.í Indica que en el mismo pagar se estipul que se acepta que el acreedor ené ó forma exclusiva y privativa, pod a destinar en cada oportunidad el importe total deí las cuotas a la amortizaci n del capital y/o de los intereses, o de ambos a la vez,ó en la proporci nó que estime conveniente. A ade que sñ e pact que, el simpleó retardo y/o mora en el pago ntegro y oportuno de todoí o parte de una de las cuotas, facultar a al Banco de Chile para exigir el pago total de laí deuda o del saldo a que se encontrara reducida, consider ndose en tal evento laá obligaci n comoó de plazo vencido, pudiendo protestar y/o presentar a cobro este pagar . Siné perjuicio de lo anterior, a contar del simple retardo y/o mora y hasta el pago efectivo, la obligaci n devengar a el inter s m ximo convencional que la leyó í é á permite estipular para operaciones de cr dito en moneda nacional no reajustable,é pero s lo si ste fuere superior al inter s que se encontrare rigiendo para laó é é obligaci n a la fecha de producirse el simple retardo o mora, pues en casoó contrario se continuar a devengado este ltimo.í ú Se ala que el deudor s lo pag hasta la cuota N° ñ ó ó 9, inclusive, con lo que amortizo el capital hasta por la cantidad de $283.878, habiendo dejado de pagar la cuota N° 10, con vencimiento al 07 de Abril de 2022, resta en consecuencia un saldo de capital

Fallo

se declara:ó 1.- Que, se rechazan, las excepciones contenidas en los numerales 2, 7, 14 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, interpuestas mediante el escrito de fecha 14 de Diciembre de 2022, al folio N°9, ordenándose proseguir con la ejecución. 2.- Que, habi ndose rechazado las excepciones é se condena en costas a la demandada. Reg strese electr nicamente y notif quese.í ó í Pronunciada por do a Gabriela Guajardo Aguilera, Jueza Titular delñ Primer Juzgado Civil de Vi a del Mar. ñ Código: XXCHXELXNVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En Vi a del Marñ , a veintis is de Abril de dos mil veintitr sé é , se dio cumplimiento con lo dispuesto en el art culo 162 del C digo de Procedimientoí ó Civil. Código: XXCHXELXNVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-26T16:06:51-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 36 .- Treinta y seis .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-3343-2022 CARATULADO : BANCO DE CHILE/VALENZUELA Vi a del Marñ , veintis is de Abril de dos mil veintitr sé é VISTO: Se ha iniciado este proceso Rol N°3343-2022, caratulado “Banco de Chile con Valenzuela” por demanda interpuesta por don Gaspar Cort s Moya, do aé ñ Macarena Flores

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