1º Juzgado Civil de Rancagua

PINTO/

Rol

V-12-2023

Fecha

25 de abril de 2023

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS : PRIMERO: Que en folio 1 comparece do a ñ GEORGETTE ANG LICAÉ DEL CARMEN PINTO ALLENDE, Trabajadora Esporadica, domiciliada Villa Provincial, Pasaje El litre 1979, Sector Baquedano. Comuna de Rancagua quien solicita se declare la interdicci n definitiva, respecto de ó su hija do a ñ CAMILA CONSTANZA FERRADA PINTO, C dula de Identidad N mero 20.029.333-9, deé ú su mismo domicilio, y a su vez, se la declare su curadora . Se ala que su hija ñ tiene 23 a os de edad y, sobrelleva una discapacidad Mentalñ Ps quica eí Intelectual y f sica del 80 %; por lo que se encuentra inscrita en el respectivoí Registro Nacional de Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificaci n,ó mediante Dictamen de la Comisi n M dica, Preventiva e Invalidez N mero de Solicitudó é ú 2.727, de fecha 24 de Octubre del año 2019. Se ala que es ella ñ qui n se ha hecho responsable de los cuidados yé atenciones que mi hija necesita, raz n por la que se encuentra bajoó su absoluta dependencia. Con el objeto de administrar adecuadamente los bienes do a ñ CAMILA CONSTANZA FERRADA PINTO y, tambi n de optar a postulaciones de subsidiosé otorgados por el Fisco, pido a SS. Se declare su interdicci n definitiva y a su vez, solicitoó ser nombrada curadora, a fin de velar por su persona y bienes. Todo esto conforme lo establecido en el art culo 4 de la Ley 18.600.í SEGUNDO: Que a fin de acreditar los hechos expuestos se acompa en el folioñó 1 los siguientes documentos: 1. Certificado de discapacidad, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci nó de Chile, emitido con fecha 02 de Noviembre del a o 2022, a nombre de do añ ñ CAMILA CONSTANZA FERRADA PINTO. 2. Copia de la Credencial de Discapacidad emitida por el Servicio Nacional de Registro Civil e Identificaci n, de do a ó ñ CAMILA CONSTANZA FERRADA PINTO. 3. Copia de la C dula de Identidad emitida por el Servicio Nacional de Registro Civil eé Identificaci n, a nombre de do a ó ñ CAMILA CONSTANZA FERRADA PINTO y su persona. 4. Cer

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 160, 170, 254, 817 yí siguientes del C digo de Procedimiento Civil; 443, 447, 456, 1698 del C digo Civil, yó ó dem s normas pertinentes, se declara:á I.- Que, se hace lugar a la solicitud folio 1, y en consecuencia, se declara la interdicci n definitiva por demencia de la discapacitada do a ó ñ CAMILA CONSTANZA FERRADA PINTO, C dula de Identidad N mero 20.029.333-9é ú . II.- Que se nombra como curadora definitiva de la persona y bienes de la interdicta, a su madre do a ñ GEORGETTE ANG LICA DEL CARMEN PINTOÉ ALLENDE, C.I: N 1° 0.757.875-7. III.- Que se exime a la curadora de rendir fianza, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 375 del Código Civil, IV.- Que la curadora deber á confeccionar inventario en conformidad a lo regulado en el artículo 380 del Código Civil, debiendo confeccionarse un inventario que se protocolice y adjunte a la causa V.- Sirva la presente sentencia de suficiente discernimiento. VI.- Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 447 del Código Civil e inscríbase la presente sentencia en el registro respectivo del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua y c mplase con las publú icaciones en conformidad a la Ley, las que deber n ser anotadas al margen de la inscripciá ón de la sentencia. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad Dictada por doña Margarita Navarrete Zurita, Jueza Suplente de este Primer Juzgado Civil de Rancagua.- Se deja constancia que se dio

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V 12-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-12-2023 CARATULADO : PINTO/ Rancagua, veinticinco de Abril de dos mil veintitr sé VISTOS : PRIMERO: Que en folio 1 comparece do a ñ GEORGETTE ANG LICAÉ DEL CARMEN PINTO ALLENDE, Trabajadora Esporadica, domiciliada Villa Provincial, Pasaje El litre 1979, Sector Baquedano. Comuna de Rancagua quien solicita

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