17º Juzgado Civil de Santiago

CONSTRUCTORA BELFI S.A./SALAS

Rol

C-3794-2020

Fecha

25 de abril de 2023

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 21 de febrero de 2020, por presentaci n ingresada a trav só é del sistema de tramitaci n de causas, en autos iniciados por medidaó prejudicial probatoria, comparece don Fernando Elgueta Galmez, empresario, representante legal de Empresa Constructora Belfi S.A., empresa del giro de su denominaci n, ambos con domicilio en Puerta deló Sol N 55, piso 3, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, quien° ó demanda en juicio ordinario de mayor cuant a por responsabilidadí contractual, en contra de don Gabriel Salas Cuevas, martillero p blico,ú domiciliado en Los Duraznos N 0628, comuna de La Pintana, Regi n° ó Metropolitana. Funda su demanda en que en octubre de 2017 su representada encomend al demandado la venta en p blica subasta por medio deó ú Martillero P blico y/o venta directa de una serie de bienes muebles, entreú ellos: veh culos con sus accesorios, equipos electr nicos, herramientas,í ó maquinarias y generadores el ctricos. é Precisa que con fecha 10 de octubre de 2017 su representada con el demandado celebraron por instrumento privado un contrato de liquidaci nó de activos, y con fecha 2 de noviembre de 2017 celebraron un segundo contrato de liquidaci n de activos, tambi n por instrumento privado, en eló é cual se se alan los bienes a liquidar. Sin embargo, aclara que hubo m sñ á bienes entregados por su representada al demandado para su liquidaci nó por el cual no se escritur contrato. En estos contratos se estipul que eló ó martillero por concepto de servicios prestados, cobrar a una comisi n delí ó 5% m s IVA del monto total de las ventas obtenidas a la empresa. á Detalla los bienes entregados, cada uno con sus gu as de despacho.í Sostiene que una vez entregadas las especies entre octubre y noviembre de 2017, se esper la rendici n de cuentas. ó ó Acusa que al poco tiempo de esta entrega, el funcionario encargado de la baja de activos por parte de su representada y de hecho quien aparece suscribiendo los contratos, el se or Luis C ceres, fa

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en estos autos comparece don Fernando Elgueta Galmez, empresario, representante legal de Empresa Constructora Belfi S.A., debidamente asistido, quien deduce demanda ordinaria de indemnizaci n de perjuicios por incumplimiento de contrato en contra deó don Gabriel Salas Cuevas, todos ya individualizados, fundado en los Código: YLTSXEXFXGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 argumentos de hecho y de Derecho expuestos en la parte expositiva del fallo. SEGUNDO: Que, se tuvo por contestada la demanda, en rebeld aí de la parte demandada, hecho que constituye aquello que la doctrina denomina contestaci n ficta , esto es, que el silencio procesal de la parte“ ó ” demandada, debe interpretarse como una negaci n de todos y cada uno deó los hechos en los cuales la actora ha fundado su pretensi n, de modo queó corresponder tenerlos por controvertidos.á TERCERO: Que la responsabilidad contractual se presenta en nuestro derecho como una sanci n civil derecho como una sanci n civiló ó impuesta al contratante que incumpli una obligaci n puesta a su cargo enó ó virtud de un contrato legalmente celebrado de acuerdo a lo prescrito en los art culos 1545 y siguientes del C digo Civilí ó . CUARTO: Que en estos autos se persigue la responsabilidad contractual del demandado, reproch ndosele el incumplimiento de uná contrato de liquidaci n de activos suscrito entre las partes del juicio, por eló cual se encomend la venta al martillo y/o directa de bienes de propiedadó del actor. QUINTO: Que en miras de calificar la relaci n jur dica que subyaceó í en la pretensi n del actor, cabe se alar que de conformidad con las reglasó ñ de los art culos 233 y siguientes del C digo de Comercio, el mandatoí ó comercial es un contrato por el cual una persona encarga la ejecuci n deó uno o m s negocios l citos de comercio a otra que se obliga a administrarlosá í gratuitamente o mediante una retribuci n y a dar cuenta de su desempe o. ó ñ El art culo 235 del mismo cuerpo normativo, se ala que este mandatoí ñ toma el nombre de comisi n cuando versa sobre una o m s operacionesó á mercantiles individualmente determinadas. Luego, conforme al art culo 236í del C digo de Comercio, se ala que la persona que desempe a unaó ñ ñ comisi n se llama comisionista, existiendo cuatro clases, revistiendo inter só é para este juicio el comisionista para vender . “ ” El art culo 245 del C digo de Comercio, se ala que aceptada expresaí ó ñ o t citamente la comisi n, el comisionista deber ejecutarla y concluirla, yá ó á no haci ndolo sin causa legal, responder al comitente de los da os yé á ñ perjuicios que le sobrevienen. Complementa lo dicho en este art culo, loí dispuesto en el art culo 246 del mismo cuerpo legal, al hacer responsable alí comisionista de la custodia y conservaci n de los efectos sobre los que versaó la comisi n. ó Finalmente, en lo que importa a este juicio, el art culo 251 del C d

Fallo

fallo condenatorio de multa por infracci n a Ley/Ordenanza TElev a-TAGó í cometido por veh culo PPU: RH6937 el 7-3-2019; 45) Carta emitida porí Autopista Vespucio Sur, recibida el 2 de mayo de 2019, por circular el veh culo PPU: RH6937 el d a 25 de marzo de 2019, por autopista Vespucioí í Sur sin un medio de pago habilitado; 46) Certificado de Registro de Multas de Tr nsito No Pagadas del veh culo PPU: RK6659, emitido por el Servicioá í de Registro Civil e Identificaci n, folio 500442079550, de fecha 30 deó marzo de 2022; 47) Certificado de Registro de Multas de Tr nsito Noá Pagadas del veh culo PPU: BXBY26, emitido por el Servicio de Registroí Civil e Identificaci n, folio 500442080361, de fecha 30 de marzo de 2022;ó 48) Certificado de Registro de Multas de Tr nsito No Pagadas del veh culoá í PPU: TK6918, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n,ó folio 500442081747, de fecha 30 de marzo de 2022; 49) Certificado de Registro de Multas de Tr nsito No Pagadas del veh culo PPU: SG8651,á í emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n, folioó 500442082630, de fecha 30 de marzo de 2022; 50) Certificado de Registro de Multas de Tr nsito No Pagadas del veh culo PPU: VK9754, emitido porá í el Servicio de Registro Civil e Identificaci n, folio 500442083349, de fechaó Código: YLTSXEXFXGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 30 de marzo de 2022; 51) Certificado de Registro de M

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 73 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3794-2020 CARATULADO : CONSTRUCTORA BELFI S.A./SALAS Santiago, veinticinco de Abril de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 21 de febrero de 2020, por presentaci n ingresada a trav só é del sistema de tramitaci n de causas, en autos iniciados por medidaó prejudicial probatoria, comp

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