1º Juzgado de Letras de Curicó

PIÑA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ

Rol

C-2339-2022

Fecha

25 de abril de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y CONSIDERNANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 2 de diciembre de 2022 y mediante rectificaci nó de folio 8 de fecha 2 de febrero de 2023 comparece do a ñ ERNESTINA PI A RETAMALÑ , chilena, empleada, c dula nacional de identidad n mero 5.496.002-6, domiciliada en Poblaci né ú ó La Marquesa, pasaje Atacama 10, Curic , quien de conformidad con lo dispuesto en el art culoó í 698 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, viene en deducir demanda de prescripci nó ó extintiva en contra de la I. Municipalidad de Curic , persona jur dica de Derecho P blico,ó í ú representada legalmente por su Alcalde, don Javier Antonio Mu oz Riquelme, pol tico, ambosñ í con domicilio en Estado N 279, Curic , con el objeto de que se sirva de declarar la prescripci nº ó ó extintiva de las acciones de cobro de la I. Municipalidad de Curic en raz n de los antecedentesó ó de hecho y de derecho que expone. Se ala que respecto de la propiedad ubicada en Poblaci n La Marquesa pasaje Atacamañ ó 10, Curic , existen deudas pendientes por cobros de aseo de la I. Municipalidad de Curic , poró ó una suma que asciende a $686.517.- (Seiscientos ochenta y seis quinientos diecisiete pesos) correspondiente a cuotas cuyo vencimiento corresponden a los a os 2012 al 2017 seg nñ ú certificado de deuda que acompa a . Se ala que ha transcurrido con creces el plazo para suñ ñ cobro raz n por la cual solicita se declare la prescripci n de la presente deuda.ó ó El art culo 2492 del C digo Civil establece que: La prescripci n es un modo de adquirirí ó “ ó las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o noí haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales. Una acci n o derecho se dice prescribir cuando se extingue por laá ó prescripci n . Asimismo, el art culo 2493 establece que el que quiera aprovecharse de laó ” í “ prescripci n debe alegarla, el juez no puede declararla de oficio .

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1698, 2514, 2515, 2518 delí C digo Civil, 160, 170, 254 y 313 del C digo de Procedimiento Civil, y Ley de Rentasó ó Municipales, se declara: I.- Que se acoge la demanda principal de fecha 2 de diciembre de 2022 y rectificada a folio 8, interpuesta por ERNESTINA PI A RETAMALÑ , c dula nacional de identidadé 5.496.002-6, en contra de la Ilustre Municipalidad de Curic , y se declara la prescripci nó ó extintiva de las acciones tendientes al cobro de los derechos de aseo domiciliarios respecto del inmueble ubicado en Poblaci n La Marquesa pasaje Atacama 10, de esta comuna, en relaci n aló ó periodo comprendido entre el 30 de Noviembre de 2012 al 30 de noviembre de 2017. II.- Que cada parte asumir sus costas.-á An tese, reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese, si no se apelare.-ó í í í ROL C -2339-2022 Dictada por MAR A ALEJANDRA ORELLANA Y EZÍ ÁÑ , Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras de Curic .-ó Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Curico, veinticinco de Abril de dos mil veintitr sé Código: MDXQXEXVGGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-25T16:07:23-0400

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : C-2339-2022 CARATULADO : PI A/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÑ Ó Curico, veinticinco de Abril de dos mil veintitr sé VISTO Y CONSIDERNANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 2 de diciembre de 2022 y mediante rectificaci nó de folio 8 de fecha 2 de febrero de 2023 comparece do a ñ ERN

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