CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./SANDOVAL
Rol
C-1706-2022
Fecha
25 de abril de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece JAVIERA PAZ MORAGA BENITEZ, abogado, domiciliado en calle Teatinos N°449, oficina 3, piso 3, comuna de Santiago, en representación de CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A., persona jurídica del giro de su denominación, representada por su Gerente General Luis Alberto Aubele Ramírez, Ingeniero Comercial, ambos domiciliados en Avenida Vitacura N°2736, Piso 13, Depto. 1301, comuna de Las Condes, entablando demanda en juicio ejecutivo, en contra de FERNANDO MARTIN SANDOVAL PEREZ, ignora profesión u oficio, con domicilio en Avenida Grecia N°1355, comuna de Ñuñoa, por el cobro de la suma de $14.224.264.-, más los intereses pactados, reajustes y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda la ejecución en que su representada, antes denominada Cencosud Administradora de Tarjetas S.A, es actual dueña y legítima tenedora del pagaré a la orden N° 3540881, suscrito por la suma de $14.224.264.-, con vencimiento el día Código: SDKFXEZGDGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1706-2022 Foja: 1 31 de Enero de 2022, suscrito en representación del deudor, por Cencosud Administradora de Tarjetas S.A., también CAT S.A. y/o ACC S.A., representada por Fernando Camilo Vega Muñoz, en virtud de un mandato otorgado al efecto por el referido deudor, según consta del Contrato de Apertura de Crédito que acompaña en autos. Sostiene que el pagaré no fue pagado a la fecha de su vencimiento, razón por la cual el deudor adeuda a su mandante la suma antes señalada, devengando además el máximo de interés convencional que la ley permite estipular para operaciones de crédito de dinero no reajustables en moneda nacional, por todo el período de la mora o simple atraso, más las costas. Finalmente indica que, la obligación es líquida y/o liquidable, actualmente exigible en su totalidad conforme a lo pactado, la acción ejecutiva no se
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, JAVIERA PAZ MORAGA BENITEZ, en representación de CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A., demandó ejecutivamente a FERNANDO MARTIN SANDOVAL PEREZ, en su calidad de deudor principal, por el cobro de la suma de $14.224.264.-, más reajustes e intereses que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicitó se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y la recepción a prueba de la del N° 9 del Artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, omitiéndose la de los N°s 2 y 7 por constar en los antecedentes los hechos en los que se fundan, fijando los correspondientes hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. A folio 35, se citó a las partes para oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, JAVIERA PAZ MORAGA BENITEZ, en representación de CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A., demandó ejecutivamente a FERNANDO MARTIN SANDOVAL PEREZ, en su calidad de deudor principal, por el cobro de la suma de $14.224.264.-, más reajustes e intereses que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicitó se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del fallo se tienen por reproducidos, a fin de evitar reiteraciones. SEGUNDO: Que, la ejecutada opuso a la demanda ejecutiva de autos las excepciones contempladas en el Código: SDKFXEZGDGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1706-2022 Foja: 1 artículo 464 N°s 2, 7 y 9 del Código de Procedimiento Civil, por los motivos ya expresados en lo expositivo, solicitando que se deseche la demanda de autos en su totalidad, con costas. TERCERO: Que, el ejecutante aparejó los siguientes documen
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C-1706-2022 Foja: 1 FOJA: 35 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1706-2022 CARATULADO : CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./SANDOVAL Santiago, veinticinco de Abril de dos mil veintitr sé VISTOS: A folio 1, comparece JAVIERA PAZ MORAGA BENITEZ, abogado, domiciliado en calle Teatinos N°449, oficina 3, piso 3, comuna de Santiago, en representació
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