4º Juzgado Civil de Santiago

BARRÍA/

Rol

V-164-2022

Fecha

26 de abril de 2023

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, con fecha 23 de junio de 2022, comparece MARIA ANG LICA BARR A MANCILLA, É Í RUT: 8.602.687-2, pensionada, domiciliada en calle General Gana N 786 casa D, comuna de Santiago° , quien solicita que se declare la interdicci n por causa de demencia de su madre ó MARIA LUISA MANCILLA D LANO, É RUT: 4.106.652-0, de 83 a os de edad, estado civilñ viuda, domiciliada en Obispo Orrego N 1564, Depto.12 Villa Ol mpica comuna de° í u oa.Ñ ñ Asegura que su madre ha sido reconocida como discapacitada, con un 70% de discapacidad de origen mental ps quico, por la Comisi n de Medicina Preventiva eí ó Invalidez, en Resoluci n de Certificaci n de Discapacidad de fecha 07 de abril deló ó a o 2022.ñ Invoca lo dispuesto las normas de las Leyes N 18.600 y 19.954° , solicitando en s ntesis, declarar la interdicci n í ó definitiva de do a ñ MARIA LUISA MANCILLA D LANO, É por demencia, acogerla y ordenando que esta quede privada de la administraci n de sus bienes, designando como curadora de ella a la peticionariaó MARIA ANG LICA BARR A MANCILLAÉ Í eximi ndola de la obligaci n deé ó rendir fianza y sirviendo la sentencia como suficiente discernimiento. Segundo: Que la peticionaria acompa para fundar sus asertos los siguientesñó documentos: 1.- Certificado de nacimiento de la solicitante y de do a ñ MAR A LUISAÍ MANCILLA D LANO É Código: DMPWXEHFRSY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2.- Resoluci n de Certificaci n de Discapacidad de do a ó ó ñ MAR A LUISAÍ MANCILLA D LANO, É emitido por la Comisi n de Medicina Preventiva e Invalidezó 3.- Credencial de Discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n, de fecha 20 de mayo del 2022 ó 4.- Certificado de antecedentes de la solicitante. Tercero: Que, con fecha 25 de octubre de 2022, se llev a cabo, medianteó plataforma Zoom, la inspecci n personal del Tribunal, donde se pudo apreciar que laó se ora ñ Mar a Luisa Mancilla D lano í é se encuentra buenas condiciones de aseo y cuidado. Se le consulta por si recuerda su nombre, a lo que con dificultad responde; se le consulta por su RUT el que no recuerda, luego se le pregunta por el d a y mesí en que estamos, no responde y balbucea algunas palabras inconexas; se le consulta si sabe qui n es el actual Presidente de Chile, y responde sobre los colores que apreciaé en la pantalla. Cuarto: Que, con fecha 25 de octubre de 2022, se llev a efecto tambi n,ó é mediante plataforma Zoom, la audiencia de parientes, asistiendo Cecilia Barr aí Macilla y Sergio Barr a Mancillaí , ambos hijos la presunta interdicta, quienes coinciden respecto al estado de demencia de la se orañ Mar a Luisa Mancilla D lanoí é , manifestando que Mar a Ang lica Barr a Mancillaí é í no presenta vicios que puedan impedir la labor de curador para la que se le propone, siendo la persona id nea paraó hacerse cargo de su madre. Quinto: Que la Ley 18.600, que establece normas sobre Deficientes Mentales, e

Fallo

se resuelve: I. Que se declara la interdicci n definitiva, por causa de demencia, deó MARIA LUISA MANCILLA D LANOÉ , c dula de identidad Né ° 4.106.652-0, viuda, domiciliada en Obispo Orrego N 1564, Depto.12 Villa Ol mpica comuna de° í u oa.Ñ ñ II. Que se defiere la curadur a general, leg tima y definitiva de laí í interdicta, a su hija MARIA ANG LICA BARR A MANCILLA, É Í c dula deé identidad N 8.602.687-2, pensionada, domiciliada en calle General Gana N 786° ° casa D, comuna de Santiago quien deber á aceptar el cargo en forma legal y jurar desempe arlo fielmente.ñ III. Que se ordena reducir a escritura p blica la presente resoluci n comoú ó acto de discernimiento de la curadur a, relev ndose al curador de la obligaci n deí á ó rendir fianza en conformidad a lo previsto en el art culo 375 N 1 del C digo Civil.í ° ó Código: DMPWXEHFRSY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV. Que se ordena al curador practicar inventario solemne de los bienes de la pupila, en el plazo de noventa d as a contar de la notificaci n de la presenteí ó resoluci n, en la forma prevista por ó los art culos 381 a 389 del C digo Civil, y 858 aí ó 865 el C digo de Procedimiento Civil.ó V. Que, una vez ejecutoriada esta resoluci n, se ordena inscribirla en eló Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Ra ces deí Santiago VI. Que, una vez aceptado el cargo, se deber publicar un extracto de laá presente resoluci n, re

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-164-2022 CARATULADO : BARR A/Í Santiago, veintis is de abril de dos mil veintitr sé é Visto y Considerando: Primero: Que, con fecha 23 de junio de 2022, comparece MARIA ANG LICA BARR A MANCILLA, É Í RUT: 8.602.687-2, pensionada, domiciliada en calle General Gana N 786 casa D, comuna de Santiago° , quien solicita q

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