CARRASCO/ACCIONA AIRPORT SERVICES SPA
Rol
T-1837-2022
Fecha
30 de septiembre de 2023
Materia
Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece ALEX PONCE FIGUEROA, abogado, en representación de los trabajadores Felipe Palacios Panella, Fabián Campillay Pérez, Esteban Gómez Muñoz y Jimmy Carrasco García e interpone denuncia de Tutela de Derechos Fundamentales por vulneración del Derecho a la Vida Privada y Protección de los Datos Personales Privados, consagrados en el Artículo 19 Nº 4 de la Constitución Política de La República, declaración de Unidad Económica, Responsabilidad Solidaria, Nulidad de despido y cobro de prestaciones, en contra del ex empleador, ANDES AIRPORT SERVICE S.A, R.U.T. Nº96.577.310-K, sociedad del giro de servicios aeroportuarios en tierra, representada legalmente por don Julio Flores Echeverría, R.U.T. Nº16.272.697-8, ambos domiciliados en Avenida Osvaldo Croquevielle Cardemil Nº2211, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, también en contra de ACCIONA AIRPORT SERVICES SpA, R.U.T. Nº76.611.528-4, sociedad del giro servicios aeroportuarios, representada legalmente por doña Isabel Carolina Campillo Rodríguez, R.U.T. Nº10.012.006-2, ambos domiciliados en calle Armando Cortínez Norte Nº11501, Bodega 225, Aeropuerto Arturo Merino Benítez, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, y en Aeropuerto Arturo Merino Benítez, LOTE 1 M 5, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, y en Avenida Osvaldo Croquevielle Cardemil Nº2211, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, y en Aeropuerto Arturo Merino Benítez, Cuarto Block, Rotonda Oriente, Oficina S/N, Pudahuel, Región Metropolitana y en calle Armando Cortínez Norte Nº11501, modulo B 225 y oficina B 484, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, en calidad de codemandada principal, y por último en contra LATAM AIRLINES GROUP S.A., R.U.T. Nº89.862.200-2, sociedad del giro aerolínea, representada por Roberto Alejandro Alvo Milosawlewitsch, ambos domiciliados en Avenida Presidente Riesco Nº5711, Piso 19, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana y en calle Rosario Norte Nº100, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en calidad de demandada solidaria o subsidiaria, en atención a las siguientes consideraciones de hecho y derecho: 1.- Demandante FELIPE PALACIOS PANELLA. INICIO DE RELACIÓN LABORAL: 1 de enero de 2014. TERMINO RELACIÓN LABORAL: 12 de agosto de 2022. LUGAR PRESTACIÓN SERVICIOS: Aeropuerto Arturo Merino Benítez, Pudahuel, Santiago JORNADA DE TRABAJO: Artículo 38 Código del Trabajo, 45 horas semanales, Distribuidas en turnos rotatorios. TIPO DE CONTRATO: Contrato Indefinido. REMUNERACIÓN MENSUAL: $ 1.240.377 pesos. FUNCIONES LABORALES: MONITOR DE VUELO. 2.- Demandante FABIÁN CAMPILLAY PÉREZ. INICIO DE RELACIÓN LABORAL: 20 de agosto de 2020. TERMINO RELACIÓN LABORAL: 12 de agosto de 2022. LUGAR PRESTACIÓN SERVICIOS: Aeropuerto Arturo Merino Benítez, Pudahuel, Santiago JORNADA DE TRABAJO: Artículo 38 Código del Trabajo, 45 horas semanales, Distribuidas en turnos rotatorios. TIPO DE CONTRATO: Contrato Indefinido. REMUNERACIÓN MENSUAL: $ 913.353 pesos. FUNCIONES LABORAL
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 434 a 439, 440 a 462, 485 y siguientes, 507 del Código del Trabajo, artículo 19 N°4 de la Constitución Política de la República, se resuelve: I.- Que no se emite pronunciamiento por innecesario respecto de la excepción de falta de legitimación pasiva que promueve la demandada ACCIONA AIRPORT SERVICES SpA. II.- Que se acoge la excepción de transacción que opone la demandada principal ANDES AIRPORT SERVICES S.A. y se rechaza, en todas sus partes, la denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del auto despido, la acción de nulidad del despido y la acción de declaración de unidad económica o único empleador. III.- Que se rechaza la demanda de despido injustificado deducida por ALEX PONCE FIGUEROA, abogado, en representación de los trabajadores Fabián Campillay Pérez, Esteban Gómez Muñoz y Jimmy Carrasco García en contra del ex empleador ANDES AIRPORT SERVICE S.A, R.U.T. Nº96.577.310-K, representada legalmente por don Julio Flores Echeverría, R.U.T. Nº16.272.697-8, en contra de ACCIONA AIRPORT SERVICES SpA, R.U.T. Nº76.611.528-4, representada legalmente por doña Isabel Carolina Campillo Rodríguez, R.U.T. Nº10.012.006-2, y en contra LATAM AIRLINES GROUP S.A., R.U.T. Nº89.862.200-2, representada por Roberto Alejandro Alvo Milosawlewitsch. IV.- Que se rechazan, en todo lo demás, las referidas demandas. V.- Que cada parte pagará sus costas. Eje
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece ALEX PONCE FIGUEROA, abogado, en representación de los trabajadores Felipe Palacios Panella, Fabián Campillay Pérez, Esteban Gómez Muñoz y Jimmy Carrasco García e interpone denuncia de Tutela de Derechos Fundamentales por vulneración del Derecho a la Vida Privada y Protección de los Datos Personal
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