ITAU CORPBANCA S.A./CALLIS
Rol
C-9202-2021
Fecha
24 de abril de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1 comparece la abogada Pamela Bueno Rojas, en representaci n deó BANCO ITA CORPBANCA, sociedad an nima bancaria, cuyo gerente general esÚ ó Gabriel Amado De Moura, ingeniero comercial, con domicilio en calle Rosario Norte N 660, comuna de Las Condes, e interpone demanda ejecutiva en contra deº MARIA MONSERRAT CALLIS RODRIGUEZ, ignora profesi n u oficio,ó domiciliada en Los Grillos 1 N 5633, comuna de La Reina, solicitando que seº despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la cantidad de $ó 16.062.244, m s intereses, reajustes y costas.á Funda su acci n se alando que su representada es due a de un pagaró ñ ñ é suscrito a la vista y a la orden de Ita Corpbanca el 9 de noviembre de 2021, por laú suma de $ 16.062.244, correspondiente a capital, que devengar a durante toda laí vigencia de la obligaci n intereses a la tasa m xima convencional para operacionesó á de cr dito de dinero no reajustable.é Afirma que el pagar fue suscrito por é Mar a De Los ngeles Bisbal Maturanaí Á y Yasna Del Carmen Olave Mart nez í en representaci n de Ita Corpbanca y de laó ú deudora, en virtud de mandato especial otorgado por la demandada y que acompa a, liber ndose, adem s, al acreedor de la obligaci n de protesto. ñ á á ó Asegura que el t tulo goza de m rito ejecutivo de acuerdo a lo establecido ení é el art culo 434 N 4 del C digo de Procedimiento Civil. Adiciona que la deuda esí º ó l quida, actualmente exigible, y que la acci n ejercida no se encuentra prescrita.í ó A folio 22 la parte ejecutada opuso las excepciones contenidas en los n merosú 17, 7, 4 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.í ó Código: XLBPXEPSLQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A folio 25 la parte ejecutante se allan a la primera de las excepcionesó opuestas por la contraria. A folio 33 se declar admisible la excepci n y se recibi la causa a prueba.ó ó ó A folio 38 se cit a las partes para o r sente
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Banco Ita Corpbanca solicit y obtuvo que se despacharaú ó mandamiento de ejecuci n y embargo en contra de Maria Monserrat Callisó Rodriguez, en virtud del pagar a la vista que invoca al efecto. é SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso, primeramente, la excepci nó contemplada en el numeral 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,í ó fundada en que entre la fecha de mora -9 de noviembre de 2021- o de la presentaci n de la demanda -18 de noviembre de 2021- y la de notificaci n del libeloó ó 9 de enero de 2023-, transcurri en exceso el plazo de prescripci n de la acci n– ó ó ó ejecutiva establecido en el art culo 98 de la Ley 18.092. í TERCERO: Que la parte ejecutante se allan a la excepci n explicadaó ó precedentemente. CUARTO: Que la prescripci n corresponde a un modo de extinguir lasó acciones, por no haberse ejercido estas durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los dem s requisitos legales, como lo establece el art culo 2492 del C digo Civil, esá í ó decir, como aquel tiempo que extingue la facultad de poder exigir el pago de su cr dito, siendo una sanci n a la negligencia del acreedor en el resguardo de susé ó derechos, adem s de ser una instituci n destinada a dar estabilidad y seguridadá ó jur dica a las relaciones de derecho.í QUINTO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el art culo 98 de la Leyí 18.092, el plazo de prescripci n de las acciones cambiarias del portador contra losó obligados al pago es de un a o, contado desde el d a del vencimiento del documentoñ í o desde el d a de la mora del deudor.í A su vez, conforme al art culo 2518 delí C digo Civil, la interrupci n de la prescripci n puede ser natural y civil. Seó ó ó interrumpe naturalmente por el hecho de reconocer el deudor la obligaci n, yaó Código: XLBPXEPSLQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl expresa, ya t citamente. Se interrumpe civilmente por la demanda judicial, salvo losá casos enumerados en el art culo 2503, entre los que se encuentraí SEXTO: Que, al tenor de los antecedentes de la causa, es verificable que el deudor incurri en mora a contar del vencimiento del pagar , el 9 de noviembre deó é 2021-, de manera que entre esta data y la de notificaci n del libelo pretensor -9 deó enero de 2023-, ha transcurrido en exceso el plazo contenido en el art culo 98 de laí Ley 18.092. S PTIMO: É Que atendido lo anunciado precedentemente, no se emitirá pronunciamiento acerca de las restantes excepciones opuestas por la ejecutada.
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES, citas legales, y visto adem s loá dispuesto en los art culos 144, 160, 170, 434 N 4, 464 N 17, 470 y 471 del C digoí º ° ó de Procedimiento Civil; 1698, 2492 y 2503 del C digo Civil; 98 de la Ley N 18.092;ó ° m s dem s que fueren aplicables; á á SE RESUELVE: I.- Que se acoge la excepci n del N 17 del art culo 464 del C digo deó ° í ó Procedimiento Civil, opuesta por la parte ejecutada en su escrito de folio 29. II.- Que se omite pronunciamiento acerca de las excepciones de los numerales 4, 7 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, opuestas ení ó la misma presentaci n antedicha. ó III.- Que se ordena alzar la presente ejecuci n.ó IV:- Que cada parte asumir sus costas, por haber contado la parteá ejecutante con un t tulo v lido para promover el presente juicio.í á REG STRESE Y NOTIF QUESEÍ Í DICTADA POR GUSTAVO CER N SEGUEL, JUEZÓ TRAMITADOR En Santiago, a veinticuatro de abril de dos mil veintitr sé , se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Código: XLBPXEPSLQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-24T16:37:34-0400
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9202-2021 CARATULADO : ITAU CORPBANCA S.A./CALLIS Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1 comparece la abogada Pamela Bueno Rojas, en representaci n deó BANCO ITA CORPBANCA, sociedad an nima bancaria, cuyo gerente general esÚ ó Gabriel Amado De Moura, ingeniero comercial, con domici
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