SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE COQUIMBO/TAPIA
Rol
C-749-2022
Fecha
24 de abril de 2023
Materia
OTROS EJECUTIVOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que do a ñ Gladys Catherine Nayem Eade, abogada, C dula Nacional deé Identidad N°10.339.917-3, en representaci n convencional del ó Servicio de Vivienda y Urbanizaci n Regi n de Coquimboó ó , RUT: 61.816.000-9, ambos con domicilio en Pasaje Santa In s N° 70, La Serena, conforme lo dispuesto en la ley N° 17.635,é interpone demanda ejecutiva por restituci n de Subsidio Habitacional en contra deó Yasna Fabiola Tapia Dub , chilena, soltera, due a de casa, C dula Nacional deó ñ é Identidad N° 14.385.514-7, domiciliada en Pasaje Santa Adriana N° 3220, Torre 2B, Depto. 421, Coquimbo por la suma de 945,43 UF, al valor del d a de laí devoluci n efectiva, y que a modo ilustrativo al d a 3 de Junio de 2022, tomandoó í como base la cantidad de $32.723,54, asciende a $30.937.816.- (treinta millones novecientos treinta y siete mil ochocientos diecis is), que corresponde nicamente alé ú subsidio otorgado a la demandada, a ello se debe agregar los intereses corrientes que se vayan devengando y reajustes conforme a la variaci n que experimente el I.ó P. C., con expresa condenaci n en costas, disponiendo en su oportunidad laó Adjudicaci n del Inmueble individualizado al Servicio de Vivienda y Urbanizaci nó ó Regi n de Coquimbo, conforme a lo dispuesto en el art culo 15 bis de la leyó í 17.635, de conformidad a los
Fundamentos
fundamentos de hecho y consideraciones de derecho que expone. Se ala que la demandada de autos postul al subsidio habitacional parañ ó las clases m s vulnerables, seg n las normas del D.S. N°49 (V y U), que apruebaá ú el Reglamento del Programa Fondo Solidario de Vivienda, resultando seleccionada y beneficiada en conjunto con el comit de vivienda donde ella pertenec a, con loé í cual se dio inicio a las obras de construcci n del proyecto habitacionaló “Condominio Valle La Cantera” para el grupo denominado “Grupo Organizado de la vivienda Pablo Neruda” de Coquimbo. Agrega que dicho subsidio se aplicó a la construcci n y adjudicaci n del inmueble ubicado en Pasaje Santa Adrianaó ó N°3220, Torre 2B, Depto. 421, de la ciudad y comuna de Coquimbo, en virtud Código: ELVLXEYXXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de escritura privada de fecha 27 de Febrero de 2018, protocolizada con esa misma fecha bajo el n mero 154, la que se otorg ante don Claudio Barrena Eyzaguirre,ú ó Notario P blico de la comuna de Coquimbo, suscrita entre SERVIU Regi n deú ó Coquimbo y Yasna Fabiola Tapia Dub , pactando como precio la suma de 975.43ó UF, enterado de la siguiente manera: A) con la suma de 945,43 U.F., que corresponde a la aplicaci n del subsidio habitacional con el que fue beneficiadaó do a Yasna Fabiola Tapia Dub , y con la suma de 30 UF corresponde al ahorroñ ó previo acreditado en su cuenta de ahorro para la vivienda. Indica que dicho inmueble se inscribi a fojas 6785 n mero 3549, del registro de propiedad deló ú Conservador de Bienes Ra ces de Coquimbo, correspondiente al a o 2018. Expresaí ñ que conforme a la cl usula novena del citado contrato se establece la siguienteá obligaci n de cargo de la demandada de autos: ó “(...) Por consiguiente, el comprador, en raz n del subsidio con el cual ha sido beneficiado, acepta y seó obliga expresamente a habitar personalmente junto a su grupo familiar durante cinco a os desde la entrega de la vivienda materia de este acto. (…)”. ñ Manifiesta que sobre el particular, y conforme a visitas inspectivas a la vivienda adquirida, realizada por los ministros de fe, especialmente designados para estos efectos, en los d as 25 de Marzo; 15 de Junio ambos del 2019 y los d as 08 de Febrero y 6 deí í Noviembre ambos del 2020 y el d a 06 de Mayo de 2021; se pudo constatar queí el inmueble adquirido con aplicaci n del Subsidio Estatal no est siendo habitadaó á personalmente por la demandada, ni por los miembros del grupo familiar declarado al momento de la postulaci n al respectivo subsidio habitacional, por al menos cincoó a os, contados desde la entrega material del inmueble, transgrediendo lo dispuestoñ en el Articulo 60 del DS. N°49/2011 de (V. y U.). Arguye que de todo lo expuesto, y certificado por los funcionarios competentes, se puede constatar fehacientemente el incumplimiento, por parte de do a Yasna Fabiola Tapia Dub ,ñ ó ya individualizada, de la obligaci n
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibi la causa a prueba.ó Con fecha 04 de enero de 2023, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: Código: ELVLXEYXXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl EN CUANTO A LAS TACHAS: PRIMERO: Que en audiencia de prueba testimonial de fecha 22 de octubre de 2022, la parte demandada dedujo tacha en contra de los testigos don Luis Fernando Aguirre Gonz lez y don Yerko Adri n Pinto Salazar. En primer lugará á interpone la tacha del N°6 del art culo 358 del C digo de Procedimiento Civil,í ó argumentando que de los dichos de los testigos queda claro que fueron contratados profesionalmente por el actor para que elaborasen las certificaciones usadas en este juicio como sustento de la demanda y que, en virtud de ello, recibe una retribuci n pecuniaria. Tal circunstancia, unida al l gico af n de que lasó ó á aseveraciones que formula y las conclusiones que arriba con el referido instrumento, se vean corroboradas en la sentencia permitiendo presumir con ello una forma de inter s indirecto en el desenlace del pleito que priva a susé testimonios de la imparcialidad necesaria para estimarlos como prueba. Interpone adem s la tacha del N°4 del art culo 358 del C digo deá í ó Procedimiento Civil, planteando que queda claro de los dichos de los testigos que prestan servicios profesionales al actor, lo que es asimilable a un dependiente como lo alude el mismo art culo. Se al
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FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Coquimboº CAUSA ROL : C-749-2022 CARATULADO : SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE COQUIMBO/TAPIA Coquimbo, veinticuatro de Abril de dos mil veintitr sé VISTOS: Que do a ñ Gladys Catherine Nayem Eade, abogada, C dula Nacional deé Identidad N°10.339.917-3, en representaci n convencional del ó Servicio de Vivienda y Urban
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