ROMERO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN
Rol
C-4538-2022
Fecha
24 de abril de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: A folio 1, 5, 7, 9 y 11 do a Patricia de Los ngeles Romero Gonz lez, chilena,ñ Á á peluquera, domiciliada en Bagdad N 810, comuna de Maip , deduce demanda de° ú prescripci n extintiva de acci n de cobro de derechos de aseo, medianteó ó procedimiento ordinario de menor cuant a, en contra de la Ilustre Municipalidad deí San Joaqu n, persona jur dica de derecho p blico, representada legalmente por suí í ú alcalde don Crist bal Amaro Labra Bassa, profesor, ambos domiciliados para estosó efectos en Avenida Santa Rosa N 2606, comuna de San Joaqu n.° í Indica que es due a del inmueble ubicado en Pasaje Lino N 3565, en conjuntoñ ° con la comunidad hereditaria formada por el hecho del fallecimiento de sus padres, y que consta en la inscripci n especial de herencia a fojas 4140 N 3941 del a o 2017ó ° ñ del Registro Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel, por lo que se encuentraí facultada para presentar la acci n que intenta.ó Agrega que la Municipalidad de San Joaqu n, emiti un informe de deuda deí ó derechos de aseo respecto del inmueble ubicado en Pasaje Lino N 3565, dando° cuenta de la deuda que mantiene por este concepto sobre los periodos con vencimientos desde el mes de mayo de 2013 al mes de noviembre de 2015, adem sá de los periodos incluidos en el Convenio de Pago N 889, de fecha 28 de junio de° 2005, y los incluidos en el convenio de pago N 749, de fecha 03 de agosto de 2012,° los que cumplen todos los requisitos exigidos por el ordenamiento jur dico paraí declarar su prescripci n, esto es, el transcurso ininterrumpido del plazo de 5 a osó ñ desde que estos se tornaron exigibles. Funda en derecho su pretensi n en los art culos 1567 N 10, 2514 y 2515 deló í ° C digo Civil, art culos pertinentes del D.L. 3063 de 1979 y pide sobre la base deó í estas normas que se declare la prescripci n de la acci n de cobro de derechos de aseoó ó municipal correspondiente al periodo que va desde el mes de mayo de 2013 al mes de noviembre de 2015, con sus reajustes, mult
Fundamentos
Considerando: Primero: Que a folios 1, 5, 7, 9 y 11 comparece do a Patricia de Los ngelesñ Á Romero Gonz lez, interponiendo demanda de prescripci n extintiva de acci n deá ó ó cobro de derechos de aseo domiciliario, en procedimiento ordinario de menor cuant a, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Joaqu n, debidamenteí í representada, por los fundamentos y con las peticiones referidas en lo expositivo de este fallo. Segundo: Que la demandada, notificada legalmente de la acci n dirigida en suó contra, procedi a contestarla, allan ndose en los mismos t rminos en los que fueó á é interpuesta, seg n se ha referido ya en lo expositivo.ú Tercero: Que conforme a lo dispuesto en el art culo 1698 del C digo Civil, laí ó carga procesal de acreditar la existencia y extinci n de la obligaci n cuyaó ó prescripci n se solicita declarar, corresponde a la demandante, quien al efectoó acompa a la demanda de folio 1, prueba documental no objetada dentro de lañó oportunidad legal correspondiente, consistente en; 1) Copia del certificado de deuda de derechos de aseo N 7/2022, emitido por la Ilustre Municipalidad de San Joaqu n,° í de fecha 17 de mayo de 2022, respecto de la propiedad ubicada en Pasaje Lino N 3565, comuna de San Joaqu n. 2) Copia del estado de deuda de derechos de aseo,° í emitido por la I. Municipalidad de San Joaqu n, de fecha 17 de mayo de 2022,í respecto de la propiedad ubicada en Pasaje Lino N 3565, comuna de San Joaqu n y° í 3) Copia de Inscripci n del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra cesó í de San Miguel a fojas 4140 N 3941, del a o 2017, vigente al 22 de abril de 2022. ° ñ Cuarto: Que atendido los t rminos de la contestaci n de la demanda, seé ó prescindi del probatorio, por innecesario.ó Quinto: Que con el certificado y estado de deuda acompa ado a los autos,ñ emanados de la I. Municipalidad de San Joaqu n, se tiene por acreditado que doní Código: CBVXXENXLQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4538-2022 Ebelio Eduardo Romero y otros mantienen deudas por concepto de derechos de aseo municipal, por el periodo con vencimientos comprendidos entre el 31 de mayo de 2013 al 30 de noviembre de 2015, y respecto de los convenios de pago N 889 del° a o 2005 y N 749 del a o 2012, respecto de la propiedad ubicada en Pasaje Linoñ ° ñ N 3565, comuna de San Joaqu n, esto es un tercero distinto a la compareciente, la° í que pese a no haber acreditado su titularidad para accionar, ha sido reconocida por la demandada como la deudora de tales derechos, al no formular reclamo a su petici n y por el contrario se ha allanado a ella, de modo que se entender que tieneó á legitimidad activa para interponer la acci n de que se trata.ó Asimismo se tiene por acreditada la fecha en que se hicieron exigibles los derechos de aseo domiciliario cuya prescripci n se alega.ó Sexto: Que para resolver la contienda, es necesario precisar la naturaleza jur dica de los derechos de aseo mu
Fallo
se declara que:ó Se acoge, sin costas la demanda deducida por do a Patricia de Los ngelesñ Á Romero Gonz lez contra la Ilustre Municipalidad de San Joaqu n, y se declaraná í extinguidas, por prescripci n, las acciones de cobro emanadas de los ó derechos de aseo correspondientes al per odo con vencimientos que van desde el 31 de mayo de 2005í al 30 de noviembre de 2015, ambas fechas inclusive, y respecto del convenio 889 del a o 2005 y N 749 del a o 2012 que gravan el inmueble de Pasaje Lino N 3565,ñ ° ñ ° comuna de San Joaqu n, as como tambi n las referentes a los reajustes, multas yí í é dem s que le accedan.á Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Dictada por Gonzalo Alejandro Neira Campos, Juez Subrogante. Código: CBVXXENXLQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4538-2022 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, veinticuatro de Abril de dos mil veintitr sé Código: CBVXXENXLQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-24T16:59:47-0400
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C-4538-2022 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-4538-2022 CARATULADO : ROMERO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN San Miguel, veinticuatro de Abril de dos mil veintitr sé Vistos: A folio 1, 5, 7, 9 y 11 do a Patricia de Los ngeles Romero Gonz lez, chilena,ñ Á á peluquera, domiciliada en Bagdad N 810, comuna de Maip , deduce demanda de° ú prescrip
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