MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS/ DGA/OETTINGER
Rol
C-16-2021
Fecha
3 de mayo de 2023
Materia
AGUAS, DERECHOS APROVECHAMIENTO, C. AGUAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, el Director Regional de la Dirección de Aguas de la Región de Los Ríos, remite los antecedentes de la solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas, impetrada por MONICA PATRICIA OETTINGER WOHLGEMUTH, cédula de identidad N° 13.319.694-3, domiciliado en Calle Camilo Henríquez N° 266, Dpto 602, Edifico Doña Josefa, Valdivia. Refiere que el peticionario solicitó regularizar un derecho de aprovechamiento de aguas por un caudal de 2 l/s (Dos litro por segundo), de uso consuntivo, ejercicio permanente y continuo sobre las aguas superficiales y corrientes de un estero sin nombre, ubicado en comuna de Máfil, Provincia de Valdivia, Región de los Ríos. Personal profesional de la Dirección Regional que estudió y analizó los antecedentes concluye en Informe Técnico D.G.A. Región de los Ríos N°358 de fecha 12 de Noviembre de 2020, que, en el lugar no existe una obra de captación, sin embargo se evidencia la utilización de recurso hídrico desde la ribera del estero sin nombre, mediante extracción mecánica desde tiempo inmemorables, libre de clandestinidad o violencia, sin reconocer dominio ajeno. Se pudo comprobar que el uso a regularizar es utilizado principalmente para actividades propias de la industria lechera, abrevamiento de animales vacunos y riego. Se puedo constatar que el caudal que efectivamente es utilizado por la solicitante es de 0,415 l/s, corroborado mediante la inspección ocular, lo cual corresponde un menor valor al señalado en la solicitud. De acuerdo a lo anterior, en opinión la Dirección Regional de Aguas, es posible acceder a la solicitud de regularización conforme a derecho, pues la peticionaria ha cumplido con los requisitos que establece el artículo 21° transitorio Código: RXGXXFVJJZN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del Código de Aguas y es factible la regularización de un derecho de aprovechamiento de aguas superficiales por un caudal de 0,41
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Director Regional de la Dirección de Aguas de la Región de Los Ríos, remite los antecedentes de la solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas superficiales, impetrada por MONICA OETTINGER ñ WOHLGEMUT, cédula nacional de identidad Nº 13.319.694-3, quien solicita de acuerdo con el artículo 2° Transitorio del Código de Aguas un caudal de 2 l/s (dos litro por segundo), de uso consuntivo, ejercicio permanente y continuo sobre las aguas superficiales y corrientes de un estero sin nombre, ubicado en comuna de Máfil, Provincia de Valdivia, Región de los Ríos. SEGUNDO: Que se acompañó por la Dirección General Aguas, el informe técnico, conforme al cual se constató que, en el punto de captación solicitado por los peticionarios, corresponde, efectivamente, a aguas superficiales y corrientes de un estero sin nombre, desde cuyo punto de captación solicitado por el peticionario, se pudo comprobar que el uso a regularizar es utilizado principalmente para actividades propias de la industria lechera, abrevamiento de animales vacunos y riego Además, se pudo constatar en la visita inspectiva, que el recurso hídrico ha sido utilizado libre de clandestinidad o violencia, sin reconocer dominio ajeno. Se pudo comprobar que el uso a regularizar es utilizado principalmente para uso doméstico y abreviamiento de animales, siendo todos usos que por su larga data de uso estarían cumpliendo con los criterios para la regularización de las aguas. Se puedo constatar que el caudal que efectivamente es utilizado por la solicitante es de 0,415 l/s, corroborado mediante la inspección ocular, lo cual corresponde un Código: RXGXXFVJJZN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl menor valor al señalado en la solicitud; concluyendo que es factible la regularización de un derecho de aprovechamiento de aguas superficiales por dicho caudal. TERCERO: Que la peticionaria acompañó los siguientes documentos: 1.- Informe Técnico N° 358 de fecha 12 de Noviembre de 2020 en la cual se concluyó que el caudal que efectivamente es utilizado por la solicitante es de 0,415 l/s, corroborado mediante la inspección ocular 2.- Informe de inspección ocular técnica en terreno. 3.- Certificado N°243, de 13 de Febrero de 2020, en donde se certifica que no se recibió oposición dentro de los plazos legales establecidos en el Código de Aguas a la solicitud efectuada por el peticionario. 4.- Solicitud de fondos y recibo de dinero. 5.- Copia de publicaciones efectuadas. 6.- Certificado de difusión radial. 7.- Solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento. CUARTO: Que el procedimiento contemplado en el artículo 2° Transitorio del Código de Aguas, está destinado a la regularización de derechos de aprovechamiento que ya se están utilizando; y el informe técnico de la Dirección General de Aguas permite acreditar que el caudal que efectivamente utilizado por la solicitante es de 0,415
Fallo
se declara: Se hace lugar a la regularización de aprovechamiento de derecho de aguas solicitada por MONICA PATRICIA OETTINGER WOHLGEMUTH, cédula de identidad N° 13.319.694-3, domiciliado en Calle Camilo Henríquez N° 266, Dpto 602, Edifico Doña Josefa, Valdivia, correspondiente al derecho de aprovechamiento de aguas superficiales y corrientes, por un caudal de 0,415 l/s (cero coma tres litros por segundo) de uso consuntivo de ejercicio permanente y continuo que se extrae gravitacionalmente de estero sin nombre sin nombre, ubicada en la comuna de de Máfil, Provincia de Valdivia, Región de los Ríos, en un punto situado en la coordenada U.T.M. (metros) Norte: 5.595.645 y Este: 675.800 , Datum WGS 84, Huso 18. Una vez ejecutoriada, inscríbase en el Registro de Aguas del Conservador de Bienes Raíces correspondiente; y remítase copia de la sentencia a la Dirección Código: RXGXXFVJJZN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regional de Aguas de la Región de los Ríos, conforme lo dispone el artículo 122 del Código de Aguas. Notifíquese a la peticionaria. Al efecto se autoriza al receptor judicial conforme al artículo 391 del Código Orgánico de Tribunales, para notificar en la ciudad de Valdivia. Póngase en conocimiento de la Dirección General de Aguas, a través de correo electrónico. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por don RONNIE MATAMALA TRONCOSO, Juez Titular del Juzgado de Letras de Mariqu
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FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Mariquina CAUSA ROL : C-16-2021 CARATULADO : MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS/ DGA/OETTINGER Mariquina, veintinueve de mayo de dos mil veintrés VISTOS: A folio 1, el Director Regional de la Dirección de Aguas de la Región de Los Ríos, remite los antecedentes de la solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento de
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