4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

PROMOTORA CMR FALABELLA/VERA

Rol

C-5137-2017

Fecha

24 de abril de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 13 de noviembre de 2017, comparece Carla Fabiola Lecaros Guajardo, Abogada, domiciliado en Agustinas 1442 Torre B, oficina 307, comuna y ciudad de Santiago, en representación Judicial de PROMOTORA CMR FALABELLA, sociedad Comercial, representada convencionalmente por don Gastón Bottazzini, Economista y don Juan Guillermo Espinosa Fuentes, Ingeniero civil, todos domiciliados en Moneda N° 970, piso 18, Comuna de Santiago, e interpone demanda ejecutiva en contra de Joselyn Ester Vera Arévalo, domiciliada en Avenida General Oscar Bonilla 6710, Salitre Alto, comuna de Antofagasta, ignora profesión u oficio, en atención a los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: Indica que su representado es dueño del pagaré Nº 1501189, por la suma de $1.523.154.- por concepto de capital, suscrito el día 10 de Septiembre de 2017, por la Sociedad Servicios De Evaluaciones y Cobranza Sevalco Limitada, representada por Gonzalo Ariel Aránguiz González, factor de comercio, en representación de la demandada, según mandato otorgado en la cláusula vigésimo primero del contrato de apertura, autorizado ante notario, el cual tenía su vencimiento al 11 de Septiembre de 2017 por un monto de Código: SZXMXESGXLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl $1.523.154.- por concepto de capital, fecha en la cual no se pagó, encontrándose la demandada en mora desde ese día, por lo que corresponde la aplicación de intereses moratorios desde dicha fecha que equivalen al interés máximo convencional para operaciones no reajustables, los que deben calcularse desde la fecha de vencimiento del documento. Señala que el monto total adeudo a su representada asciende a la suma de $1.523.154.- por concepto de capital, más los intereses moratorios y costas. Refiere que el deudor relevó al portador del documento de la obligación de protesto y la firma del representante de la sociedad aceptante por mandato se encuentra autorizada ante n

Fallo

se declara admisible la excepción opuesta, recibiéndose la causa a prueba y suspendiéndose el término probatorio al tenor del artículo 6 de la ley 21.226. Con fecha 03 de enero de 2023, se reactiva el término probatorio al tenor del artículo 12 de la ley 21.226. Con fecha 13 de abril de 2023, se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, Promotora CMR Falabella ha deducido demanda ejecutiva en contra de doña Joselyn Ester Vera Arévalo, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $ 1.523.154.-, más intereses, hasta obtener el entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Código: SZXMXESGXLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que, la parte ejecutada opuso a la ejecución la excepción del N°17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, conforme a las alegaciones señaladas en la parte expositiva de esta sentencia. TERCERO: Que, el ejecutante basa su ejecución en el Pagaré N° 15011189, custodiado en dependencias del Tribunal bajo N° 4196-2017. Asimismo acompañó: Contrato de Apertura de Línea de Crédito; Copia Escritura pública en la cual consta la personería de Gonzalo Aranguiz González para representar a Servicios de Evaluaciones y Cobranzas Sevalco Ltda; Escritura pública, en la cual consta la personería de la abogada demandante para representar a Promotora CMR Falabella; Mandato Judicial otorgado en la Notaria Fran

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-5137-2017 CARATULADO : PROMOTORA CMR FALABELLA/VERA Antofagasta, veinticuatro de Abril de dos mil veintitrés VISTOS: Con fecha 13 de noviembre de 2017, comparece Carla Fabiola Lecaros Guajardo, Abogada, domiciliado en Agustinas 1442 Torre B, oficina 307, comuna y ciudad de Santiago, en representación

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