1º Juzgado de Letras de Calama

BANCO DE ESTADO DE CHILE/ALBA TIERRA SPA

Rol

C-2496-2022

Fecha

24 de abril de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 29 de noviembre de 2022, compareci eló abogado Felipe Cataldo Moya, domiciliado en San Diego 81, piso 8, comuna de Santiago, en representaci n de ó Banco del Estado de Chile, empresa aut noma deó cr dito del Estado, representada legalmente por su Gerente General Ejecutivo,é Oscar Gonz lez Narbonaá , chileno, casado, ingeniero comercial, rut 6.362.085-8, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N°1111, Piso 8, comuna de Santiago, quien interpuso demanda ejecutiva en contra de Alba Tierra SpA, persona jur dica, ignora giro social, rut 76.710.016-7, representada legalmente porí C sar Enrique Silva Medinaé , ignora profesi n u oficio, rut 11.136.820-1, ambosó con domicilio en Teniente Merino N°3373, Calama; y en calidad de avalista y codeudora solidaria, en contra de Alba Carolina Silva lvarezÁ , ignora profesi n uó oficio, rut 18.125.660-5, con domicilio en Chorrillos 578 Eduardo Frei, Calama. Fund la demanda, en que su ó representado es due o del pagar de autos,ñ é que fue suscrito por Alba Tierra SpA con fecha 20 de junio de 2018, por la suma de $21.221.727, por concepto de capital, m s un inter s del 10,0800% anual, que elá é deudor se oblig a pagar en 36 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, cuyo montoó y vencimiento se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagar suscrito,é el que da expresamente por reproducido. A lo anterior, agreg que con fecha 21 de julio de 2020, las partesó suscribieron una modificaci n del pagar dó é e origen, indicando que el capital adeudado es de $10.916.584, m s un inter s del 9,48% anual, que el deudor seá é oblig a pagar en 36 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $354.471 cada una,ó salvo la ltima cuota de $354.481, todas con vencimiento los d as 05 de cada mes,ú í venciendo la primera de ellas el d a 05 de octubre de 2020.í Código: CEEMXEVXZGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2496-2022 Foja: 1 Asimismo, indic que se estableci en el pagar que en caso de mora oó ó é simple retardo en el pago de cualquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al m ximoá convencional seg n las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los dem sú á derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividi la obligaci n.ó ó Seguidamente, mencion que el deudor ha dejado de pagar desde la cuotaó con vencimiento al d a 06í de junio de 2022, inclusive, y todas las posteriores,

Fallo

por tanto, el Banco del Estado de Chile decidi hacer exigible la totalidad de la deuda,ó demandando la suma de $5.301.527, m s los intereses pactados devengados y losá que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, m s las costas de la causa.á Por ltimo, se al que la obligaci n es indivisible, ú ñ ó ó que se relev al portadoró de los documentos de la obligaci n de protesto y, las firmas se encuentranó autorizadas por notario. Adem s, hizo presente que la obligaci n es l quida,á ó í actualmente exigible y que la acci n ejecutiva no se encuentra prescrita.ó SEGUNDO: Que, con fecha 22 de diciembre de 2022 (folio 12 del cuaderno principal), compareci debidamente representada, ó Alba Silva lvarezÁ , factor de comercio, se alando como domicilio el ubicado en calle Madrid N°786,ñ comuna de Santiago, Regi n Metropolitana.ó Asimismo, con fecha 27 de diciembre de 2022 (folio 16 del cuaderno principal), compareci debidamente representado, ó C sar Silva Medinaé , factor de comercio, en representaci n de ó Alba Tierra SpA, rut 76.710.016-7, se alando queñ ambos se encuentran domiciliados en Avenida Alessandri S/N, lote 1, parcela 23, comuna de Quillota, regi n de Valpara so.ó í En dicha oportunidad, ambos comparecientes opusieron excepciones a la ejecuci n, observ ndose que en su mayor a invocaron los mismos fundamentos yó á í numerales del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, de tal manera queí ó en virtud del principio de econom a procesal, se mencionar n de forma conju

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C-2496-2022 Foja: 1 FOJA: 42 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : C-2496-2022 CARATULADO : BANCO DE ESTADO DE CHILE/ALBA TIERRA SPA Calama, veinticuatro de Abril de dos mil veintitr sé VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 29 de noviembre de 2022, compareci eló abogado Felipe Cataldo Moya, domiciliado en San Diego 81, piso 8, comuna de

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