CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/
Rol
V-288-2021
Fecha
21 de abril de 2023
Materia
EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 15 de octubre de 2021, a folio 1, comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, persona jurídica de derecho público, domiciliados en Arturo Prat 847, of. 202, Temuco, comuna de Temuco, Región de La Araucanía, quien expuso lo siguiente: Que, por Decreto Supremo Exento del Ministerio de Obras Públicas Nº 645, de 23 de agosto de 2021, publicado en el Diario Oficial y en el Diario Austral de Temuco el 1 de octubre de 2021, el Fisco decretó la expropiación para sí del lote de terreno Nº 1, con una superficie de 1.056 metros cuadrados, necesario para la ejecución de la obra REPOSICION PUENTE MANCHURIA Y ACCESOS, que se encuentra ubicado en la Comuna de Curacautín y que se individualiza en los planos y cuadro de expropiaciones, elaborados por la Dirección Vialidad que se aprueban en lo que respecta a dicho lote mediante el presente Decreto, teniendo el inmueble el rol de avalúo 206-26 de la comuna de Curacautín, siendo de acuerdo a éste su aparente propietario AGRICOLA Y FORESTAL HUILIO HULIO. Que, en conformidad a lo dispuesto en el art. 4º del Decreto Ley 2186 de 1978, por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) Nº 1323, de 28 de septiembre de 2016, cuya fotocopia autorizada se acompaña, se designó la Comisión de Peritos encargada de tasar el lote de terreno expropiado que, según consta del informe respectivo de fecha 17 de octubre de 2016 que se acompaña, fijó el monto provisional de la indemnización en la suma de $10.652.600.- para el Lote Nº 1. Ahora bien, dado que no se ha producido acuerdo entre el Fisco y el expropiado respecto del monto de la indemnización, según lo establecido en el art. 17 inciso 1º del Decreto Ley 2186 antes citado, viene en consignar a la orden del Tribunal, mediante depósitos en su cuenta corriente, según consta del certificado de depósito que acompaña, la suma de $12.376.191.- para el Lote Nº 1, que corresponde al valor fijado por l
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 15 de octubre de 2021, a folio 1, comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, persona jurídica de derecho público, domiciliados en Arturo Prat 847, of. 202, Temuco, comuna de Temuco, Región de La Araucanía, quien solicita al Tribunal tener por consignada la suma de $12.376.191.- para el Lote Nº 1, correspondiente al monto de la indemnización provisional por la expropiación del inmueble citado, con sus respectivos reajustes, efectuada a nombre del expropiado, de acuerdo a los argumentos de hecho y de derecho que expone en su presentación. SEGUNDO : Que, con fecha 5 de septiembre de 2022, a folio 11 de autos, comparece don CRISTIAN GOTSCHLICH NEUMANN, abogado, en representación de SOCIEDAD AGRÍOLA Y FORESTAL HUILO HUILO LIMITADA, del giro de su nombre, Código: WFYCXEEVDVW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 rol único tributario número 78.033.340-5, quien acredita personería para representar a la expropiada, solicita se remitan oficios y acompaña documentos. TERCERO : Que, teniendo en consideración lo expuesto en los considerandos previos y en mérito de la copia autorizada de inscripción de dominio con certificación vigente, certificado de avalúo fiscal del inmueble expropiado, certificado de deuda fiscal, certificación del hecho de no haber comparecido terceros haciendo valer sus derechos, publicaciones legales y oficios remitidos por el Conservador de Bienes Raíces, se acogerá la petición formulada por la solicitante con fecha 15 de octubre de 2021, como se dirá en lo dispositivo del fallo. Y visto además lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y Decreto Ley 2186, Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones,
Fallo
Por tanto; Solicita al Tribunal tener por consignada la suma de $12.376.191.- para el Lote Nº 1, correspondiente al monto de la indemnización provisional por la expropiación del inmueble citado, con sus respectivos reajustes, efectuada a nombre del expropiado. Que, junto con la presentación de folio 1, el expropiante acompañó los siguientes documentos: a. Decreto Supremo Exento mediante el cual se dispuso la expropiación de autos; b. Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) mediante la cual se designó la comisión de peritos encargada de tasar el inmueble; c. Informe de tasación del inmueble; d. Copia de la publicación, efectuada en el Diario Oficial, del Decreto Expropiatorio. Que, con fecha 5 de septiembre de 2022, a folio 11 de autos, comparece don CRISTIAN GOTSCHLICH NEUMANN, abogado, en representación de SOCIEDAD AGRÍOLA Y FORESTAL HUILO HUILO LIMITADA, del giro de su nombre, rol único tributario número 78.033.340-5, quien asume acredita personería para representar a la expropiada, solicita se remitan oficios y acompaña los siguientes documentos: 1.- Copia de inscripción del inmueble inscrito a fojas 44 vuelta Nº 46 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Curacautín del año 2000, con certificado de vigencia; y, 2.- Copia autorizada de escritura pública de fecha 26 de enero del año 2022, otorgado en la Notaría de Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga, en la que consta su personería. Que, con fecha 3 de octubre de 2022, a folio 18, la notario Púb
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 40 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-288-2021 CARATULADO : CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/ Temuco, veintiuno de Abril de dos mil veintitr sé VISTOS Con fecha 15 de octubre de 2021, a folio 1, comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chil
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