LEIVA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO PRADO
Rol
C-1017-2022
Fecha
21 de abril de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que, mediante presentaci n de fecha 09 febrero 2022, compareceó do a ñ Katherine Cristhy Leiva Torres, coordinadora comercial, domiciliada en Radal N 810, Departamento 901, comuna de Quinta° Normal, quien deduce demanda de declaraci n de prescripci n extintiva enó ó contra de la Ilustre Municipalidad de lo Prado, representada legalmente por Maximiliano R os Galleguillosí , alcalde, ambos domiciliados en San Pablo 5959, comuna de Lo Prado. Que, el 18 de noviembre de 2022, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la demandada. í Que, el 09 de febrero de 2023, se celebr el comparendo deó conciliaci n, dej ndose constancia que no hubo acuerdo de las partes por laó á rebeld a de la demandada. í Que, el 20 de febrero de 2023, se recibi la causa a prueba. ó Que, el 11 de abril de 2023, se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
Considerando: Primero. Que, do a Katherine Cristhy Leiva Torres, deduceñ demanda de declaraci n de prescripci n extintiva en contra de la Ilustreó ó Municipalidad de lo Prado, representada legalmente por Maximiliano R osí Galleguillos, todos ya individualizados. Código: JJMXXEZHXTW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Funda su pretensi n se alando es due o del veh culo marcaó ñ ñ í Chevrolet, modelo Corsa 1.6, color blanco, patente UU-9306, numero de motor QE0018543, n mero de chasis 9BGSE08N01C218824, a o deú ñ fabricaci n 2001, el que mantiene deudas por permisos de circulaci n entreó ó los periodos del a o 2013 al 2021 y que asciende a $463.194.-, por lo queñ solicita que se declare la prescripci n de aquellas deudas vencidas entre eló a o 2013 y el a o 2018.ñ ñ Agrega que de conformidad a la ley, las acciones provenientes de toda clase de impuesto a favor o en contra del Fisco u Municipalidades, prescriben en el plazo de 3 a os desde que estos se hicieron exigibles.ñ Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda de declaraci n de prescripci n extintiva en contra de la Ilustre Municipalidadó ó de lo Prado, representada por su alcalde Maximiliano R os Galleguillos, yaí individualizados, acogerla a tramitaci n legal y, en definitiva, declararó prescrita la acci n de cobro existente por las cuotas adeudadas de permisoó de circulaci n, junto con los respectivos reajustes e intereses, que va entre eló a o 2013 al a o 2018 inclusive, con expresa condena en costas.ñ ñ Segundo. Que se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de laí demandada. Tercero. Que, la demandante, en orden a acreditar sus dichos, acompa al proceso nicamente prueba instrumental, la que consiste enñó ú los siguientes documentos: - Copia simple de certificado de deuda. - Certificado de inscripci n del Registro de Veh culos Motorizados.ó í Cuarto. Que, la demandada no rindi prueba en los presentes autos. ó Quinto. Que la prescripci n extintiva es un modo de extinguir lasó obligaciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante un cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem sá requisitos legales. Código: JJMXXEZHXTW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Sexto. Que la prescripci n se inserta en un sistema jur dicoó í proteccional que tiene como objetivo principal el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan a los sujetos de derecho y laí debida tutela o protecci n de los mismos, instando en definitiva a que losó part cipes de dichas relaciones no se hallen vinculadas en forma indefinida,í provocando con ello incertidumbre y falta de consolidaci n de las diversasó situaciones jur dicas. í Si bien el ordenamiento, por una parte otorga la protecci n aló acreedor, facultando al sujeto activo para exigir de aquel que le garantice el ejercicio pac fico
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1698 yí siguientes, 2492, 2493, 2514, 2515 y 2516 del C digo Civil, 160, 170, 254 yó 313 del C digo de Procedimiento Civil, art culos 12 y 15 del D.L. N 3063ó í ° (Ley de Rentas Municipales), se declara que: I.-Se acoge en todas sus partes la demanda principal presentada con fecha 09 de febrero de 2022, y se declaran prescritas las acciones para el cobro de la deuda por concepto de permiso de circulaci n del veh culoó í placa patente nica ú UU-9306, referente al per odo que abarca desde el a oí ñ 2013 hasta el a o 2018, ambos inclusive.ñ II.- Que cada parte pagar sus costas. á Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad.í í í Rol N C-1017-2022° . Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiuno de Abril de dos mil veintitr sé Código: JJMXXEZHXTW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-21T18:46:34-0400
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1017-2022 CARATULADO : LEIVA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO PRADO Santiago, veintiuno de Abril de dos mil veintitr s.é Vistos: Que, mediante presentaci n de fecha 09 febrero 2022, compareceó do a ñ Katherine Cristhy Leiva Torres, coordinadora comercial, domiciliada en Radal N 810, Depar
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