MÉNDEZ/MUÑOZ
Rol
C-1864-2022
Fecha
21 de abril de 2023
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 14 de marzo de 2022, don Osvaldo Alamiro Mej as Donoso,í abogado, domiciliado en Avenida Esquina Blanca N 0199, comuna de Maip , Regi n° ú ó Metropolitana, en representaci n judicial de do a ó ñ ROSA DE LAS NIEVES MENDEZ ASTUDILLO, due a de casa, domiciliada en pasaje Jaime Ferr n N 675,ñ á ° comuna de Maip , Regi n Metropolitana, interponiendo demanda en juicio sumario deú ó precario en contra de do a ñ ANA BEATRIZ MU OZ GONZALEZÑ , ignora profesi nó u oficio, domiciliada en calle Araucan a N 1488, comuna de Cerro Navia, Regi ní ° ó Metropolitana. Expone que su representada, do a ñ Rosa de las Nieves M ndez Astudillo,é es due a del inmueble ubicado en ñ calle Araucan a N 1488, í ° de la Poblaci n Anexo Eló Peumo, comuna de Cerro Navia, Regi n Metropolitanaó , la que adquiri poró compraventa celebrada con do a Mar a Ang lica Contreras Contreras, seg n escriturañ í é ú p blica de fecha 16 de diciembre de 1998, otorgada en la Notaria de do a Nancy de laú ñ Fuente Hern ndez, por el precio de $3.000.000.-, conforme documentos que acompa a.á ñ Sostiene que por mera tolerancia de su representada y sin que haya habido previo contrato de ninguna especie, ocupa dicho inmueble la demandada do a ñ Ana Beatriz Mu oz Gonz lezñ á , ya individualizada. Agrega que desea que la demandada efect e la restituci n de la propiedad, libre de todo ocupante, atendido que no tieneú ó derecho alguno de habitar dicho inmueble, configur ndose en la especie la existencia deá un precario. Al tenor del art culo 2195 del C digo Civil y lo dispuesto en n mero 6 delí ó ú art culo 680 del C digo de Procedimiento Civil, solicita tener por interpuesta demandaí ó de precario en contra de la demandada ya individualizada, y en definitiva acogerla en todas sus partes, ordenando que sta restituya el inmueble materia de la é litis, libre de todo ocupante, dentro de tercero d a desde que la sentencia cause ejecutoria, o en elí plazo que el tribunal determine, con auxilio de la fuerza p blic
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, teni ndose por reproducida la parte expositiva del presenteé fallo, don Osvaldo Alamiro Mej as Donoso, í abogado, en representaci n judicial de do aó ñ ROSA DE LAS NIEVES MENDEZ ASTUDILLO, interpuso demanda en juicio sumario de precario en contra de do a ñ ANA BEATRIZ MU OZ GONZALEZÑ , todos ya individualizados. Funda su pretensi n judicial en el hecho que su representada esó due a del inmueble ubicado en ñ calle Araucan a N 1488, í ° de la Poblaci n Anexo Eló Peumo, comuna de Cerro Navia, Regi n Metropolitanaó . Es del caso que por mera tolerancia, y sin que hubiese existido contrato previo de alguna especie, la demandada ocupa actualmente el bien ra z ya individualizado. Solicita que se ordene a laí demandada restituir el inmueble individualizado en el cuerpo de la demanda, libre de todo ocupante, dentro de tercero d a o el plazo que el Tribunal determine, con expresaí condena en costas. SEGUNDO: Que, atendida la rebeld a de la demandada, se entiende que staí é ha controvertido los hechos sobre los cuales se construye la pretensi n de la actora, deó manera que para que pueda prosperar su acci n, ser menester que acredite el dominioó á del inmueble y la efectiva ocupaci n de ste por parte de la demandada; hecho estoó é ltimo, tocar a su contraparte probar que la ocupaci n se encuentra justificada por unú á ó t tulo oponible a la demandante, descartando que lo haga por mera tolerancia de suí propietario. TERCERO: Que, la demandante, con el objeto de acreditar sus asertos, acompa a los autos la siguiente prueba documental, en forma legal, sin objeci n de lañó ó contraria: 1.- Copia de escritura p blica de compraventa celebrada entre do a Mar aú ñ í Ang lica Contreras Contreras en calidad de vendedora y do a é ñ Rosa de las Nieves M ndez Astudilloé en calidad de compradora, respecto del inmueble ubicado en calle Araucan a N 1488, í ° de la Poblaci n Anexo El Peumoó , comuna de Cerro Navia, Regi nó Código: LXNFXETWXXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1864-2022 Metropolitana, de fecha 16 de diciembre de 1998, otorgada en la 37 Notaria de° Santiago de do a Nancy de la Fuente Hern ndez, repertorio N 11.885-98;ñ á ° 2.- Copia de dominio vigente del inmueble inscrito a fojas 19105 n mero 21490ú correspondiente al Registro de Propiedad del a o 1999, del Conservador de Bienesñ Ra ces de Santiago, a nombre de do a í ñ Rosa de las Nieves M ndez Astudilloé , emitido con fecha 24 de febrero de 2022; 3.- Copia de certificado de Residencia N 005629 emitido por la Junta de Vecinos° Ej rcito Libertador Villa Lo Err zuriz Maip , respecto de do a é á – ú ñ Rosa de las Nieves M ndez Astudillo, de fecha 22 de noviembre de 2021.é CUARTO: Que, los presupuestos de hecho de la acci n de precario, prevista enó el inciso segundo del art culo 2195 del C digo Civil, son: a) que el demandante seaí ó due o del bien cuya restituci n solicita; b) que el demandado ocupe dicho bien;
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES, citas legales, y visto adem s lo dispuestoá en los art culos 1698, 1699, 1700, 1702, 2195 inciso 2 del C digo Civil; y art culos 144,í ° ó í 160, 170, 342 N 3, 680 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, ° ó SE DECLARA: I.- Que, se hace lugar a la demanda de precario de fecha 14 de marzo de 2022, interpuesta por don Osvaldo Alamiro Mej as Donoso, í abogado, en representaci nó judicial de do a ñ Rosa de las Nieves M ndez Astudillo,é en contra de do añ Ana Beatriz Mu oz Gonz lezñ á , por lo que se condena a la demandada a restituir la propiedad ubicada en calle Araucan a N 1488, í ° de la Poblaci n Anexo El Peumoó , comuna de Cerro Navia, Regi n Metropolitanaó , dentro del plazo de diez d as h biles contados desde queí á esta sentencia quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de lanzamiento junto a sus familiares y dependientes, a su costa, y con auxilio de la fuerza p blica, en el evento deú oposici n;ó II.- Que, se condena en costas a la parte demandada. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE ROL C-1864-2022 DICTADA POR MANUEL FIGUEROA SALAS, JUEZ TITULAR DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiuno de Abril de dos mil veintitr sé Código: LXNFXETWXXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-21T12:55:25-0400
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C-1864-2022 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1864-2022 CARATULADO : M NDEZ/MU OZÉ Ñ Santiago, veintiuno de Abril de dos mil veintitr s.é VISTOS: Con fecha 14 de marzo de 2022, don Osvaldo Alamiro Mej as Donoso,í abogado, domiciliado en Avenida Esquina Blanca N 0199, comuna de Maip , Regi n° ú ó Metropolitana, en representaci n judicial de do a ó
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