1º Juzgado de Letras de Coquimbo

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./WU

Rol

C-1159-2021

Fecha

21 de abril de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la causa que puedan ser utilizados para desvirtuar esta afirmación. Expresa que debido a lo anterior, que de conformidad a la información suministrada, toma conocimiento por medio del portal del poder judicial de la presente ejecución, siendo hasta esta fecha, que ha podido ejercer sus derechos, apersonarse en juicio y por medio de la presente, actuar alegando la excepción hoy planteada. Expone transcurrido el plazo que la ley señala y en razón de la excepción hoy planteada, su parte viene en alegar la prescripción de la acción de tipo cambiario alegada por el ejecutante. Código: YJSHXEEXWLW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO Puntualiza citando la Ley 18.092 sobre Letra de Cambio Cheque y Pagaré que establece que, el plazo de prescripción de las acciones cambiarias es de un año desde la fecha de su vencimiento; que dicho plazo se ha verificado más de un año año, habiendo operado en plenitud el efecto extintivo hoy alegado por vía excepción; que la jurisprudencia ha señalado que la única forma de interrumpir el plazo de prescripción es con la notificación legal de la demanda, la cual jamás se ha producido; que es un hecho de la causa. Consta en carpeta judicial virtual que, con fecha 17 de enero de 2023, se proveyó la excepción opuesta a la ejecución, dándose traslado a la ejecutante. Consta en carpeta judicial virtual que, con fecha 24 de enero de 2023, se tuvo por evacuado el traslado en rebeldía de la parte ejecutante. Acto seguido, se declaró admisible la excepción y se recibió la causa a prueba. Consta en carpeta judicial virtual que, con fecha 21 de febrero de 2023, se citó a las partes a oír sentencia. C O N S I D E R A N D O: Primero: Que la parte ejecutada de autos ha opuesto la excepción contemplada en el numeral 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, fundada en las razones latamente expuestas en la parte expositiva de la pre

Fallo

se resuelve: I.-) Que se acoge la excepción de prescripción de la acción deducida por el abogado, don Christian Alberto Bachler Vienne, en representación del ejecutado, don Ming Hsien Wu Chiu, contemplada en el número 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, declarándose la prescripción de la acción ejecutiva derivada del pagaré N°1817025, suscrito con fecha 13 de septiembre de 2021. II.-) Que, en consecuencia, se rechaza la demanda ejecutiva deducida el 26 de octubre de 2021, por la abogado don Rodrigo Zapico Guerra en representación de Promotora CMR Falabella S.A, en contra de don Ming Hsien Wu Chiu, todos ya individualizados. III.-) Que cada parte pagará sus costas. Anótese, regístrese digitalmente, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol C-1159-2021 Dictada por don Jorge Vera Garvizo, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Coquimbo. Código: YJSHXEEXWLW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO EN COQUIMBO, A VEINTIUNO DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRÉS, ANOTÉ POR EL ESTADO DIARIO LA SENTENCIA DEFINITIVA QUE ANTECEDE. Código: YJSHXEEXWLW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-21T11:01:38-0400

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PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO MATERIA: COBRO DE PAGARÉ (C07) ROL C-1159-2021 EJECUTANTE: PROMOTORA CMR FALABELLA SA EJECUTADO: WU CHIU MING HSIEN CITACIÓN OÍR SENTENCIA: 21 DE FEBRERO DE 2023 Coquimbo, veintiuno de abril de dos mil veintitrés. Visto; Consta en carpeta judicial digital que, con fecha 26 de octubre de 2021, compareció don Rodrigo Zapico Guerra, abogado,

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