1º Juzgado de Letras de San Felipe

BANCO DE ESTADO DE CHILE/ARANCIBIA

Rol

C-3413-2022

Fecha

21 de abril de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Se ha iniciado este juicio civil, ejecutivo, Rol C-3413-2022 caratulado “Banco del Estado de Chile con Arancibia”, por demanda interpuesta en Folio 01, por don Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, abogado, mandatario judicial en representación convencional, del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado, domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N°1111, Santiago, en contra de don Alexis Antonio Arancibia Silva, ignora profesión u oficio, domiciliado en Población Pedro Aguirre Cerda, Avda. Miraflores N°1688, San Felipe, en la que pretende el pago de la suma de $9.061.953.-, más intereses pactados, reajustes y costas. Expresa que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 18.092, en los artículos 434 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y demás disposiciones legales pertinentes, viene en interponer demanda ejecutiva en contra del ejecutado. Funda la demanda, en los antecedentes de hecho y derecho que a continuación expone: El demandado suscribió el Pagaré No Reajustable Cuotas Iguales Tasa Fija Sin Período Gracia, N°00009040084, Operación N°00031442549, por la suma de $8.827.164.-, emitido el día 03 de agosto de 2021, pagadero en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $225.941.-, salvo la última que será de $225.933.-, venciendo la primera de ellas el día 05 de noviembre de 2021. Agrega que, la obligación es invisible, Código: TXEGXEKZMJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl quedando el Banco liberado de la obligación de protesto. El deudor, ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento el 05 de julio de 2022 inclusive, y todas las posteriores, por lo que, conforme a lo estipulado en el documento, el Banco ha decidido hacer exigible el total de la deuda, demandando la suma de $9.061.953.-, más los intereses corrientes y moratorios que se han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e íntegro de la deuda, con costas. La obligación es líq

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en lo principal del escrito de demanda, Folio 01, comparece don Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, en representación del Banco del Estado de Chile, e interpone demanda ejecutiva, en contra de don Alexis Antonio Arancibia Silva, todos ya individualizados, en la que solicita se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, conforme a lo expresado en la parte expositiva del presente fallo. SEGUNDO: Que, notificado y requerido de pago legalmente el ejecutado, en lo principal del escrito de oposición, Folio 12, opone a la ejecución la excepción del N°2 del artículo 464 del Código de Código: TXEGXEKZMJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Procedimiento Civil, esto es, la falta de capacidad del demandante o de personería o representación legal del que comparezca en su nombre. La que funda en que, entre los antecedentes aportados por la parte ejecutante para acreditar su personería no obra ninguno que dé cuenta de haberse terminado la tramitación del Decreto Supremo N°775 (Hacienda), mediante su toma de razón por la Contraloría General de la República y posterior publicación en el Diario Oficial, de manera tal que, perfectamente dicha designación puede no haber prosperado en su control de juricidad en el Ente Fiscalizador y, por lo mismo, que el mandato con que actúa don Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, otorgado por don Oscar Raúl González Narbona, no sea válido. TERCERO: Que, la parte ejecutante, en el escrito de contestación, Folio 14, evacuando el traslado conferido respecto de la excepción opuesta, solicita su rechazo por los motivos expresados en su libelo. CUARTO: Que, la parte ejecutante a fin de acreditar los fundamentos fácticos de su acción, en el Folio 01, acompañó en parte de prueba, con la debida ritualidad procesal los siguientes documentos: a) Pagaré No Reajustable Cuotas Iguales Tasa Fija Sin Período Gracia, N°00009040084, Operación N°00031442549, por la suma de $8.827.164.-, emitido el día 03 de agosto de 2021, pagadero en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $225.941.-, salvo la última que será de $225.933.-, venciendo la primera de ellas el día 05 de noviembre de 2021; b) Escritura Pública de Delegación y Otorgamiento de Mandato, Banco del Estado de Chile =A= Mitzi Andrea Salas Aguilar y Otros, de fecha 14 de julio de 2022, en donde consta la personería de don Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, para representar judicialmente en autos al Banco del Estado de Chile; documentos tenidos a la vista en el Sistema Sitci. EXCEPCIONES DEL ARTICULO 464 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. Código: TXEGXEKZMJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl QUINTO: Que, en relación a la del N°2, esto es, la falta de capacidad del demandante o de personería o representación legal del que comparezca en su nombre, esta será desestimada, toda vez que don Claudio Felipe Altamira

Fallo

se decide: I.- Que se rechaza la excepción del N°2, del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte ejecutada, en lo principal del escrito de oposición, Folio 12. En consecuencia, se hace lugar a la demanda ejecutiva interpuesta por don Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, actuando en representación del Banco del Estado de Chile, continuándose adelante con la ejecución, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su acreedor, más los intereses que procedieren. II.- Que habiendo resultado totalmente vencida la parte ejecutada, se condena al pago de las costas del presente juicio. Notifíquese personalmente o por cédula. Rol: C-3.413-2022. Dictada por don OMAR CIFUENTES MENA, Juez. Autoriza don SEBASTIAN RAMIREZ MELO, Secretario. Código: TXEGXEKZMJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En San Felipe, a veintiuno de Abril de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Código: TXEGXEKZMJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-21T09:15:03-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 21. Veintiuno. NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Felipe CAUSA ROL : C-3413-2022 CARATULADO : BANCO DE ESTADO DE CHILE/ARANCIBIA MATERIA : JUICIO EJECUTIVO. FECHA DE INGRESO : 19 DE DICIEMBRE DE 2022. CITESE : 17 DE ABRIL DE 2023. En San Felipe, a veintiuno de abril de dos mil veintitrés. VISTOS: Se ha iniciado este juicio civil, ejecutivo, Rol C-3413-

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