23º Juzgado Civil de Santiago

SILVA/

Rol

V-231-2022

Fecha

19 de abril de 2023

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Que compareci Francisco Javier Armesto Rojas, abogado,ó domiciliado en Hu rfanos 1011, acceso 29, oficina 111, comuna y ciudad deé Santiago, en calidad de mandatario judicial y en representaci nó convencional de Claudia Alejandra Silva Tabilo, quien interpuso reclamo en contra del se or Conservador de Bienes Ra ces de Santiago en losñ í t rminos que siguen.é Fund su petici n se alando que con fecha 7 de diciembre de 1951ó ó ñ contrajo matrimonio Luis Alberto Silva Meneses y Mar a Filomena N ezí úñ C ceres, bajo r gimen patrimonial de sociedad conyugal, ambos fallecidos.á é De dicho matrimonio nacieron tres hijos, Sa l Gustavo Silva N ez,ú úñ Luis Claudio Silva N ez y David Hern n Silva N ez, todos fallecidos.úñ á úñ Sa l Gustavo Silva N ez contrajo matrimonio con Norma Victoriaú úñ Tabilo Guti rrez, de cuyo matrimonio nacieron cuatro hijas, Claudiaé Alejandra, Mariela Elizabeth, Cecilia Andrea y Paula Lorena, todas de apellido Silva Tabilo y un hijo no matrimonial Jose Luis Silva Mora. Por su parte Luis Claudio Silva N ez contrajo matrimonio conúñ Eliana Isabel Guti rrez Echeverr a y de cuyo matrimonio nacieron tresé í hijas, Jocelyn Roc o, Priscilla Gricel y Paulina Andrea, todas de apellidosí Silva Guti rrez y mayores de edad.é Código: QYKJXEGSXEV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Respecto de David Hern n Silva N ez falleci soltero y dej comoá úñ ó ó nico heredero a su hijo Gaspar Agust n Silva Rojas, actualmente menor deú í edad. Con fecha 23 de julio de 1975 se celebr un contrato de compraventaó entre Servicio de Seguro Social, instituci n de previsi n social, y ó ó Luis Alberto Silva Meneses respecto del inmueble correspondiente al lote N 399 de la Poblaci n Salvador Cruz Gana de la comuna de u oa,° ó Ñ ñ encontr ndose casado seg n lo expuesto precedentemente. Dicha propiedadá ú fue inscrita a fojas 17245 N 20740 del a o 1975 del Registro de Propiedad° ñ del Conservador de Bien

Fundamentos

Considerando: Primero: Que para sustento de su pretensi n el solicitante acompaó ñó en folio 3 los siguientes antecedentes: 1.- Mandato Judicial suscrito con fecha 29 de junio de 2022, Repertorio N 28.392-2022, en la Notar a de° í lvaro Gonz lez Salinas; Á á 2.- Certificado de posesi n efectiva respecto de laó causante Maria Filomena N ez C ceres; úñ á 3.- Declaraci n y pago deó impuesto a la herencia respecto de Maria Filomena N ez C ceres; úñ á 4.- Informe de inscripci n en el Registro Nacional de Posesiones Efectivasó respecto de Sa l Gustavo Silva N ez; ú úñ 5.- Copia de inscripci n que rola aó fojas 34951 n mero 54911 de 2008 del Registro de Propiedad delú Conservador de Bienes Ra ces de Santiago; í 6.- Print de pantalla respecto de la car tula y seguimiento del tr mite ante el Conservador de Bienes Ra cesá á í de Santiago; 7.- Certificado de matrimonio de Luis Alberto Silva Meneses y Mar a Filomena N ez C ceres; í úñ á 8.- Duplicado de posesi n efectiva respectoó de Luis Alberto Silva Meneses; 9.- Contrato de compraventa suscrita con fecha 25 de julio de 1975; 10.- Copia de inscripci n de fojas 17245 n meroó ú Código: QYKJXEGSXEV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 20740 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago de 1975.í Segundo: Que a folio 8 se encuentra agregado informe emitido por el se or Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, el cual se ala loñ í ñ siguiente: 1.- El Conservador de Bienes Ra ces y Comercio de Santiago se ha“ í abstenido de rectificar las inscripciones practicadas con motivo del fallecimiento de don Luis Alberto Silva Meneses y de proceder a efectuar las inscripciones de posesi n efectiva y especial de herencia, relativas aló fallecimiento de do a Mar a Filomena N ez C ceres, por carecer deñ í úñ á facultades para acceder a lo solicitado por la requirente en esos autos. 2.-Seg n consta en el certificado de matrimonio acompa ado en estosú ñ autos, don Luis Alberto Silva Meneses contrajo matrimonio con do a Mar añ í Filomena N ez C ceres el d a 7 de diciembre de 1951, bajo el r gimenúñ á í é patrimonial de sociedad conyugal. Seg n consta en inscripci n de dominioú ó de fojas 17245 n mero 20740 del Registro de Propiedad de 1975, don Luisú Alberto Silva Meneses adquiri por compra, a t tulo oneroso, durante laó í vigencia de su matrimonio, el inmueble all singularizado, sin se alarse en laí ñ inscripci n su estado civil. Sin embargo, en la escritura que sirvi de t tuloó ó í traslaticio, tambi n acompa ada en estos autos, se dej constancia que elé ñ ó comprador se encontraba casado con do a Mar a Filomena N ez C ceres.ñ í úñ á 3.- No obstante lo expuesto, al fallecimiento de don Luis Alberto Silva Meneses, ocurrido el d a 27 de agosto de 1995, a petici n de losí ó interesados, el Conservador practic a fojas 34951 n mero 54910 deló ú Registro de Propiedad de 2008 la inscripci n de la posesi n efectiva de l

Fallo

por estas circunstancias, debi haberse practicado las inscripcionesó correspondientes a esta causante antes de las realizadas por el Conservador con motivo del fallecimiento de don Luis Alberto Silva Meneses, para la debida mantenci n de la historia registral seg n el orden por las fechas deó ú fallecimientos de los causantes. 5.- Por lo expuesto, si US. as lo ordena, el Conservador podr aí í reconocer registralmente los derechos que por concepto de gananciales le corresponden a do a Mar a Filomena N ez C ceres sobre el inmuebleñ í úñ á inscrito a fojas 17245 n mero 20740 del Registro de Propiedad de 1975,ú para cuyo efecto tendr a, en primer lugar, que inscribir la posesi n efectivaí ó de los bienes quedados a su fallecimiento y practicar la inscripci n especialó de herencia respecto del inmueble a nombre de sus herederos, entre los cuales se encuentra su marido don Luis Alberto Silva Meneses y, a continuaci n, podr a practicar nuevamente las inscripciones especiales deó í herencia correspondientes a la sucesi n de este ltimo y de las transmisionesó ú de sus herederos fallecidos, todas ellas en reemplazo de las actuales existentes a fojas 34951 n mero 54911 del Registro de Propiedad de 2008 yú de las transmisiones a fojas 22516 numero 32489 y de fojas 86248 numero 125578, ambas del Registro de Propiedad de 2019, para la debida mantenci n de la historia registral seg n el orden por las fechas deó ú fallecimientos de los causantes .” Tercero: Que de los antecedentes aportados

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 15 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-231-2022 CARATULADO : SILVA/ Santiago, diecinueve de Abril de dos mil veintitr sé . Visto: Que compareci Francisco Javier Armesto Rojas, abogado,ó domiciliado en Hu rfanos 1011, acceso 29, oficina 111, comuna y ciudad deé Santiago, en calidad de mandatario judicial y en representaci nó conven

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica