21º Juzgado Civil de Santiago

SILVA/

Rol

V-342-2022

Fecha

17 de abril de 2023

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO.- Que, con fecha 26 de diciembre de 2022, comparece do a ñ JOVANA OLIDIA SILVA AQUINO, peruana, empleada, c dulaé de identidad n mero 22.599.483-8, casada, domiciliada en Hernando deú Magallanes N 345, Villa Las Am ricas, Colina, Regi n Metropolitana,° é ó deduciendo reclamo en contra la negativa del Conservador de Bienes Ra cesí de Santiago, de inscribir a su nombre la escritura de renuncia de los gananciales y anotarla al margen de la inscripci n de dominio fojas 7.864,ó N 11.211, del Registro de Propiedad del a o 2018.° ñ Como antecedentes preliminares expone que con fecha 27 de enero de 2010 contrajo matrimonio con don Israel Andr s Urbina Rom n,é á pactando r gimen de sociedad conyugal. Refiere que el 17 de enero del a oé ñ 2018, celebr por escritura p blica contrato de compraventa respecto deló ú inmueble ubicado en Pasaje Hernando de Magallanes n mero 345, de laú Poblaci n Villa Las Am ricas , comuna de Colina, Regi n Metropolitana,ó “ é ” ó por la cantidad de 537,18 U.F., pagadero en U.F. 37,18, correspondiente al ahorro previo proveniente del ahorro enterado por su parte, en la cuenta de ahorro para la vivienda N 32762078626, de Banco Estado, y con la° cantidad de U.F.500, con cargo al Subsidio Habitacional obtenido a su nombre bajo el sistema integrado de subsidio habitacional, llamado nacional de condiciones especiales 2017 por D.S. N 1 (V. y U.), de 2011. Asimismo,° esgrime que se constituy prohibici n de enajenar y celebrar acto o contratoó ó Foja: 1 alguno que importe una cesi n de uso y goce, sea a t tulo gratuito yó í oneroso, durante el plazo de 5 a os sobre la propiedad ya singularizada, sinñ autorizaci n del Serviu Metropolitano, cuya inscripci n rola a fojas 7.864,ó ó N 11.211, del Registro de Propiedad del a o 2018 del Conservador de° ñ Bienes Ra ces de Santiago.í Seguidamente, hace alusi n al art culo 11 de la Ley 16.392 del a oó í ñ 1965, modificado por el art culo 68 de la Ley 16.742, art culo 69 delí í Decreto Supremo N 335 d

Fallo

Por estasó ó razones, estima que seg n lo establecido en el art culo 1725 N 5 del C digoú í º ó Civil, el inmueble antes referido ha ingresado al haber absoluto de la sociedad conyugal, en atenci n a que fue adquirido a t tulo oneroso duranteó í su vigencia y habi ndose disuelto por declaraci n de nulidad del matrimonioé ó se ha generado la duda si existe una comunidad sobre el inmueble entre los ex c nyuges o si con motivo de la renuncia a los gananciales el inmuebleó pertenece en forma exclusiva a la mujer, si se estimare que adquirió haciendo uso del patrimonio reservado o que pertenece exclusivamente al ex marido, si se tratare de un bien social. A continuaci n, se ala una s ntesisó ñ í de los criterios registrales que como Conservador adopta respecto a los bienes inmuebles adquiridos por la mujer casada en sociedad conyugal, especialmente a que si nada se se ala en los t tulos traslaticios respectivos,ñ í los bienes ra ces adquiridos a t tulo oneroso durante la vigencia de laí í sociedad conyugal, sea por la mujer o el marido, ingresan a su haber absoluto, y que si bien, se presume que la mujer que compra un inmueble mediante el beneficio de subsidio habitacional lo adquiere como separada de bienes (seg n lo contemplado en el art culo 41 de la Ley 18196), para suú í enajenaci n, se consideran bienes sociales. Como sustento de aquello, haceó menci n a distintas causas seguidas ante los Juzgados Civiles de Santiagoó que resuelven en el mismo sentido para rechazar la inscri

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Foja: 1 FOJA: 0 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 21 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-342-2022 CARATULADO : SILVA/ Santiago, diecisiete de Abril de dos mil veintitr sé VISTOS: PRIMERO.- Que, con fecha 26 de diciembre de 2022, comparece do a ñ JOVANA OLIDIA SILVA AQUINO, peruana, empleada, c dulaé de identidad n mero 22.599.483-8, casada, domiciliada en Hernando deú Magallanes

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