1º Juzgado de Letras de Los Andes

LOTEO HACIENDA RINCONADA DE LOS ANDES TRES/INSPECCION COMUNA TRABAJO MAIPU

Rol

M-43-2023

Fecha

21 de septiembre de 2023

Materia

Multa

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, a folio 1 y rectificada a folio 10, comparece don Luis Pradenas Morán, empleado, en representación de Condominio La Hacienda Rinconada de Los Andes, ambos domiciliados en Camino del Cerro N°101, comuna de Rinconada, quien interpone reclamo contra la Resolución de Multa N°4090/23/57, de fecha 31 de mayo de 2023, emanada de la Inspección Provincial del Trabajo de Los Andes, representada por su Inspector Provincial don Cristián Rovegno Campos, ambos con domicilio en calle Santa Rosa N°252, Los Andes. Señala que los hechos en que se funda la multa son los siguientes: a) No indicar en el aviso de término de contrato enviado a la trabajadora Jeannete Del Carmen García Gonzalez, si se otorgará y pagará el finiquito laboral en forma presencial o electrónica, que es voluntario para el trabajador aceptar, firmar y recibir el pago en forma electrónica y que siempre podrá optar por la actuación presencial ante un ministro de fe; b) No informar al trabajador que, al momento de suscribir el finiquito, si lo estima necesario podrá formular reserva de derechos; y c) No informar al trabajador por escrito el estado de pago de las cotizaciones previsionales. Hechos que constituyen infracción al artículo 162 inciso 8º e inciso 5º, en relación con el artículo 506, del Código de Trabajo. Al respecto, reconoce que no se indicó en el aviso de término del contrato a la trabajadora Jeannete Del Carmen García González, la forma cómo se le pagaría el finiquito laboral, toda vez que fue despedida sin derecho a indemnización alguna.

Fallo

por tanto solicita que se rechace la excepción. El tribunal deja su resolución para sentencia definitiva Conciliación Llamadas las partes a conciliación, la parte reclamada indica que no tiene instrucciones para conciliar, por tanto se tiene por frustrada la conciliación. Hecho a probar Efectividad que la resolución reclamada adolece de errores de hecho y/o derecho. Circunstancias que así lo demuestren. Ofrecimiento e incorporación de la prueba I.- Parte reclamante Documental 1. Copia de Resolución N° 4090/23/57 de fecha 31 de Mayo de 2023, de la Inspección Provincial del Trabajo. 2. Copia del correo electrónico de fecha 13 de Julio de 2023 por el cual se notifica la Resolución de Multa Administrativa N° 4090/2023/57. 3. Copia del Acta de Comparendo de Conciliación, celebrado ante la Inspección del Trabajo de Los Andes, con fecha 31 de Mayo de 2023. La parte reclamada realiza solicitud de exclusión de un documento ofrecido y la reclamante se allana a la solicitud. El tribunal tiene por incorporados los documentos para ser valorados en la sentencia definitiva. II.- Parte reclamada Documento 1. Copia de Resolución N° 4090/23/57 de fecha 31 de Mayo de 2023, de la Inspección Provincial del Trabajo. 2. Copia del correo electrónico de fecha 13 de Julio de 2023 por el cual se notifica la Resolución de Multa Administrativa N° 4090/2023/57. 3. Copia del Acta de Comparendo de Conciliación, celebrado ante la Inspección del Trabajo de Los Andes, con fecha 31 de Mayo de 2023. 4.- Cart

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 21/09/2023 RUC 23- 4-0503192-2 RIT M-43-2023 MAGISTRADO Fernando Alvarado Peña ADMINISTRATIVO DE ACTAS Karen Aguilar Quiroga HORA DE INICIO 09:26 HORA DE TERMINO 10:31 Nº REGISTRO DE AUDIO 23- 4-0503192-2-89 PARTE RECLAMANTE COMPARECIENTE LOTEO HACIENDA RINCONADA DE LOS ANDES TRES  ABOGADO Juan  O

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