Juzgado de Letras del Trabajo de Castro

HENRÍQUEZ/CONSTRUCTORA SERRECORP SPA.

Rol

M-57-2023

Fecha

20 de septiembre de 2023

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar los siguientes: Fecha de término de la relación laboral; Efectividad que la relación laboral finalizó con fecha 05/02/2023, cumplimiento requisitos legales del artículo 162 del Código de Trabajo por parte del empleador; Efectividad de adeudarse las prestaciones demandadas y sus montos; Efectividad de adeudarse las cotizaciones previsionales, periodos y montos; Efectividad de los hechos contenidos en la carta de despido. QUINTO: Que la parte demandante incorporó en juicio la siguiente prueba documental: Copia Acta de Comparendo de Conciliación de fecha 26/04/2023 ante la Inspección Comunal del Trabajo de Castro; Contrato de trabajo de fecha 28 de diciembre del 2022; Carta de auto despido de fecha 14 de marzo del 2023; Comprobante de envió de carta de auto despido de fecha 14/03/2023; Certificado de cotizaciones de AFP Próvida de Fecha 14/04/2023; Certificado de cotizaciones de AFC Chile de Fecha 14/04/2023; Certificado de cotizaciones de FONASA de Fecha 14/04/2023; Registro de Inspección diario del día 03/02/2023; Charla Diaria del día 03/02/2023; Activación de fiscalización número 54 de fecha 15/02/2023 de la Inspección del trabajo de Castro; Transacción Extrajudicial con empresa mandante AJ Ingenieros S.A. de fecha suscripción del día 14/03/2023. II. Absolución de posiciones: se hacen efectivos los apercibimientos legales. III. Testimonial: declara en estrados don Cesar Oyarzo Vargas, según registro de audio. IV. Exhibición de documentos: Por incorporados los Registros de asistencia del demandante del mes de Enero, del mes de febrero de 2023. SEXTO: Que la parte demandada incorporó en juicio la siguiente prueba documental: Contrato de trabajo de fecha 28 de diciembre 2022; Comprobante de pago de cotizaciones enero 2023; Comprobante de pago de cotizaciones febrero 2023; transacción extrajudicial entre AJ Ingenieros S.A. y el demandante de fecha 8 de marzo de 2023. SÉPTIMO: Que, es un hecho pacífico entre las partes la existencia de la relación labor

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Tribunal de Letras del Trabajo de Castro, se ha dado inicio a la causa RIT M-57-2023, RUC 23-4-0490028-5, y comparece don MAURICIO ALEJANDRO HENRÍQUEZ BARRIA, eléctrico, domiciliado en Francisco Silva N°961 de la comuna de Castro, quien viene en demandar conforme al procedimiento monitorio por nulidad de despido, despido indirecto y cobro de prestaciones laborales en contra de su ex empleador CONSTRUCTORA SERRECORP SPA., del giro de su denominación, con domicilio en Avenida Collin N° 950 de la comuna de Chillán, representada legalmente por don Sergio Aguilera, del mismo domicilio, a fin de que se declare que mi ex empleadora ha incurrido en incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato y,

Fallo

por tanto, en causal de despido indirecto, se le obligue a la demandada al pago de las indemnizaciones y prestaciones que correspondan, con intereses, reajustes y costas. Relata que con fecha 28 de diciembre del 2022, fue contratado por la empresa demandada en calidad de electricista para iniciar mis labores con fecha 5 de enero del 2023, trabajando en la construcción e instalación de antenas de telefonía móvil de tecnología 5G, de la compañía MOVISTAR, la obra fue encargada por la empresa AJ Ingenieros S.A., trabajando en Puqueldon y Chonchi, trabajaba de lunes a viernes de 8:00 hrs., a 18:00 hrs., la última remuneración mensual asciende a la suma de $750.000.-, la duración del contrato hasta el 28 de enero del 2023 y después de aquello seguí trabajando con conocimiento del empleador, por lo que la relación laboral paso a ser indefinida. El empleador no pagó la remuneración del mes de enero del 2023 ni las cotizaciones previsionales y dejo de proporcionarnos el trabajo convenido. La empresa mandante de los servicios, esto es, AJ Ingenieros SA., con fecha 08/03/2023 me pagó la suma de $950.000.-, por concepto de remuneraciones y horas extras adeudadas del mes de enero del 2023, requiriéndome la suscripción de una transacción extra judicial, con renuncia de acciones para realizar el pago, documento que suscribí al necesitar del pago de parte de lo que se me adeudaba. Procedí a auto despedirme de mi trabajo, conforme las normas del art. 171 y 160 Nº 7 del Código del Trabajo, en

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Castro, veinte de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Tribunal de Letras del Trabajo de Castro, se ha dado inicio a la causa RIT M-57-2023, RUC 23-4-0490028-5, y comparece don MAURICIO ALEJANDRO HENRÍQUEZ BARRIA, eléctrico, domiciliado en Francisco Silva N°961 de la comuna de Castro, quien viene en demandar conforme al procedimiento monitorio por

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