1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

APABLAZA/CLARO CHILE S.A.

Rol

M-2901-2023

Fecha

15 de septiembre de 2023

Materia

Costas, Despido injustificado, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos no controvertidos: · Existencia de relación laboral entre la actora y la demandada principal desde el 03 de abril de 2019 al 28 de abril de 2023 · Que la actora se desempeñó en calidad de ejecutiva de atención al cliente, · Que la remuneración de la demandante era $758.190. · Que fue despedida mediante comunicación escrita fundada en la causal del inc. 1ro. del art. 161 Código del Trabajo. · Que la actora suscribió respectivo finiquito, con reserva de acciones. · Existencia de relación contractual entre las demandadas, bajo régimen de subcontratación. · Que la actora se desempeñó en régimen de subcontratación para Claro Chile. QUINTO: Que son hechos a probar: 1.- Efectividad de los hechos que sostienen la causal invocada para el despido. Hechos y circunstancias. 2.- Período durante el cual la actora se desempeñó para Claro Chile en régimen de subcontratación. 3.- En su caso, si Claro Chile ejerció las facultades contempladas en los artículos 183 c y d del Código del Trabajo. SEXTO: Que a fin de acreditar sus afirmaciones la parte demandada principal , Marketing Relacional Upcom Limitada, rindió la siguiente prueba: I.- Documental: 1.- Carta de desvinculación de fecha 28 de abril de 2023, comprobante de ingreso en el portal de la Dirección del Trabajo de carta de aviso para terminación del contrato de trabajo y comprobante de envío por correo certificado al domicilio del demandante señalado en contrato de trabajo. 2.- Contrato de prestación de servicios de centro de contacto telefónico entre Claro Chile S.A y Desarrollo de Tecnologías y Sistemas Limitada, de fecha 17 de enero de 2017. 3.- Cesión de contrato Call Center de Desarrollo de Tecnologías y Sistemas Limitada a Marketing Relacional Upcom Limitada, de fecha 1 de septiembre de 2017. 4.- Anexos de contratos denominados “Especificaciones servicios RRSS” y “Especificaciones servicio WEB Center”, pertenecientes a contrato con Claro Chile S.A. 5.- 14 cartas de desvinculación de fecha 28 de abril de

Fallo

por lo expuesto y razonado y de conformidad a lo dispuesto en los art. 3ro letras a) y b), 7mo., 8vo., 161, 162 y siguientes, 168, 183 y siguientes, 420 y siguientes, del Código del Trabajo y lo dispuesto en el art. 13 de la ley 19.728, se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por doña JAVIERA PAZ APABLAZA LORCA en contra de (1) MARKETING RELACIONAL UPCOM LIMITADA, representada por don CARLOS HERNÁN QUINTINO VEGA y en contra de CLARO CHILE S.A., representada por don JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ CEJAS, y en su mérito: II.- se declara improcedente el despido cursado a la actora por MARKETING RELACIONAL UPCOM LTDA. III.- se declara que entre MARKETING RELACIONAL UPCOM LTDA y CLARO CHILE S.A., existió un régimen de subcontratación. IV.- se declara que la actora prestó servicios en régimen de subcontratación para CLARO CHILE S.A. durante la relación laboral. V.- se declara que la empresa demandada CLARO CHILE S.A. es subsidiariamente responsable del pago de las prestaciones demandadas. VI.- Se ordena a la demandada principal, y subsidiariamente a Claro Chile S.A., el pago de incremento del 30% sobre la indemnización por años de servicio, por la suma de $909.828. VII.- Que se rechaza la demanda en lo demás. VIII.- Que la suma que se ordena pagar, devengarán reajustes e intereses. IX. Que cada parte pagará sus costas. X.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día bajo apercibimiento de lo establecido en el art. 462 del

Texto Completo (Preview)

Santiago, quince de septiembre de dos mil veintitrés.- VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña CRISTINA MELO RIVAS, C.I. 17.365.649-1, Abogada, en representación convencional de JAVIERA PAZ APABLAZA LORCA, C.I. N. º 18.063.831-8, con domicilio en Pasaje Vicuña 1284, Población Gabriela Mistral, Estación Central, quien interpone demanda en contra de (1) MARK

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica