23º Juzgado Civil de Santiago

PARROQUIA SAN RAMÓN/INMOBILIARIA E INVERSIONES LA MARTINA SPA

Rol

C-2773-2022

Fecha

24 de marzo de 2023

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: En autos rol 2773-2022 comparece don Jos Miguel Ramos Bascu n, abogadoé ñá habilitado para el ejercicio de la profesi n, en representaci n convencional de la ó ó Parroquia San Ram nó , persona jur dica can nica de derecho p blico, ambos domiciliados, para estos efectos ení ó ú calle Mardoqueo Fern ndez N 100, comuna de Providencia, Regi n Metropolitana,á ° ó interponiendo demanda de terminaci n de contratos de arrendamiento por transcurso del plazoó pactado de duraci n del mismo, en contra de la ó sociedad Inmobiliaria e Inversiones La Martina SpA, domiciliada en Avenida los Leones N 123, comuna de Providencia, ciudad de° Santiago, Regi n Metropolitana, representada por don Jaime Ruise or Fain , domiciliado enó ñ é Callao N 3.069, departamento 501, comuna de las Condes, ciudad de Santiago.° Expone que el d a í 1 de enero de 2018, la Parroquia San Ram n celebr con laó ó demandada dos contratos de arrendamiento, que constan en instrumentos privados con firmas autorizadas en la 51 Notaria de Santiago, por el Notario don Iv n Tamargo Barros, por medio° á del cual el demandante entregaba en arrendamiento, de esta forma, la propiedad ubicada en Avenida los Leones N 123, primer piso y segundo piso respectivamente° (uno en cada contrato de arrendamiento), de la comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Regi n Metropolitana.ó Indica que estos contratos se celebraron entre la Parroquia San Ram n comoó arrendadora y la sociedad Inmobiliaria e Inversiones La Martina SpA como arrendataria, con una vigencia desde el 1 de mayo de 2022, en adelante el contrato del primer piso y el d a 1 de“ ” í enero de 2022, en adelante el contrato del segundo piso“ . En ambos casos estos plazos se” podr an haber renovado de forma t cita, sucesiva y autom tica por per odos sucesivos de 1 a o,í á á í ñ a no ser que una de las partes diera aviso a la otra de su voluntad de no perseverar, por escrito mediante carta certificado enviada con al menos 60 d as de anticipaci n al t rmino de cadaí

Fundamentos

Considerando: Primero: Que comparece don Jos Miguel Ramos Bascu n, abogado en representaci né ñá ó́ convencional de la Parroquia San Ram nó , interponiendo demanda de terminaci n deó contratos de arrendamiento por transcurso del plazo pactado de duraci n del mismo, en contraó de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones La Martina SpA, todos ya individualizados, que sustenta en los hechos y argumentos de derecho consignados en la parte expositiva de la presente sentencia, los que se dan por ntegramente reproducidos. í Segundo: Que notificada la demanda en forma legal, se llev a efecto el comparendo deó estilo, ocasi n en que se tuvo por contestada la demanda en rebeld a del demandado, seg n lo yaó í ú referido en lo expositivo. En dicha ocasi n, adem s, se practic segunda reconvenci n legal de pago y se llam aó á ó ó ó́ las partes a conciliaci n, sin resultado; posterior a esto se recibi la causa a prueba y se rindi laó ó ó misma en forma legal. Tercero: Que acorde a lo previsto en el art culo 1698 del C digo Civil, incumbe probarí ó las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o sta.ó é é Cuarto: Que para efectos de acreditar los hechos descritos en su acci n, la parteó demandante aporto al proceso prueba instrumental consistente en: ́ - Mediante escrito de folio 1 1.- Contrato de arrendamiento celebrado entre Parroquia San Ram n y la sociedadó Inmobiliaria e Inversiones La Martina SpA, con fecha 1 de enero del 2018. 2.- Contrato de arrendamiento celebrado entre Parroquia San Ram n y la sociedadó Inmobiliaria e Inversiones La Martina SpA, con fecha 1 de enero del 2018. 3.- Boleta emitida por correos de chile. - Mediante escrito de folio 14: 4.- Documento denominado diferencias en arriendo 2 piso La Martina. º Quinto: Que, por su parte la demandada, no rindi prueba en relaci n a la demandaó ó que le es dirigida. Sexto: Que la prueba rendida por la demandante, apreciada conforme a las reglas de la sana cr tica, permite tener por acreditada la existencia de la relaci n contractual que la liga a laí ó Parroquia San Ramon, como arrendadora, ́ y la sociedad Inmobiliaria e Inversiones La Martina SpA, como arrendatario, respecto del inmueble ubicado en Avenida los Leones N 123, primer° piso y segundo piso, comuna de Providencia. Respecto del inmueble ubicado en el primer piso se pact ó una renta mensual convenida en la suma de $450.000.-, reajustable. Que en cuanto a la vigencia de dicho contrato, se estipuló de 4 meses, a contar del 1 de enero del 2018, renovable autom ticamente por periodos de 1 a oá ñ cada uno salvo que alguna de las partes diere aviso a la otra su voluntad de ponerle t rmino,é mediante carta certificada enviada con sesenta d as. í En cuanto del inmueble ubicado en el segundo piso se pact ó una renta mensual Código: EYTTXENCXXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 convenida en la suma de 30, 74 unidades de fomento. Que en cuanto a la vigencia

Fallo

por tanto, loó hizo con m s de 60 d as de anticipaci n al t rmino del plazo pactado en el contrato, esto era elá í ó é 2 de noviembre de 2021. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda de terminaci n de contratosó de arrendamiento por transcurso del plazo pactado de duraci n de este y por mantener unaó deuda en el pago de la renta, en contra de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones La Martina Spa, se acoja la demanda en todos sus partes, declare como terminados los contratos de arrendamiento suscritos por su representada con la demandada por el inmueble ubicado en Avenida Los Leones N 123, comuna de Providencia en su primer y segundo piso; condene a la° demandada a la restituci nó del mismo y al pago de las rentas adeudadas y al de rentas y cuentas de servicios b sicos que se devenguen durante laá tramitaci n de este juicio, hasta eló momento de la restituci n efectiva de la propiedad conforme lo dispone el art culo 21 de la Leyó í N 18.101.° Solicitan que a lo anterior se incluya la verificaci n del retiro y entrega del inmueble a suó representada; todo reajustado, aplicando el inter s legalé y con expresa condenaci n en costas.ó A folio 5 se dio curso a la demanda. A folio 11 consta haberse practicado la notificaci n al demandado conforme a lo previstoó en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil; ocasi n en que adem s se le practicí ó ó á ó primera reconvenci n legal de pago, sin resultado.ó A folio 15 tuvo lugar el comparendo de contestaci n

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 39 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2773-2022 CARATULADO : PARROQUIA SAN RAM N/Inmobiliaria eÓ Inversiones la Martina SpA Santiago, veinticuatro de Marzo de dos mil veintitr sé Vistos: En autos rol 2773-2022 comparece don Jos Miguel Ramos Bascu n, abogadoé ñá habilitado para el ejercicio de la profesi n, en representac

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