CAJA DE COMP. DE ASIG. FAMILIAR LOS ANDES/BELLO
Rol
C-2686-2018
Fecha
21 de marzo de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 6 de junio de 2018 comparece don Paul Chateau Undurraga, abogado, RUT Nº 9.037.556-3en su calidad de mandatario judicial, otorgado por don Nelson Mauricio Rojas Mena, chileno, Contador Auditor e Ingeniero comercial, en su calidad de Gerente General en representación de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, Rut Nº 81.826.800-9, persona jurídica de giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en calle Agustinas Nº 785, Piso 7, Santiago, quien viene en deducir demanda ejecutiva en contra de don Álvaro Ricardo Bello Veroitza, RUT 16.177.827-3, ignora profesión u oficio, domiciliado en Calle Los Robles 0333 comuna de Temuco, en virtud de los argumentos de hecho y derecho que en su libelo expone. Con fecha 6 de octubre de 2022 el ejecutado se da por notificado y requerido de pago y opone excepciones a la ejecución. Con fecha 2 de diciembre de 2022 se tiene por evacuado el traslado en rebeldía de la parte ejecutante, misma fecha con que se declara admisible la excepción alegada y se recibe la causa a prueba. Con fecha 4 de enero de 2023 se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 6 de junio de 2018 comparece don Paul Chateau Undurraga, abogado, RUT Nº 9.037.556-3en su calidad de mandatario judicial, otorgado por don Nelson Mauricio Rojas Mena, chileno, Contador Auditor e Ingeniero comercial, en su calidad de Gerente General en representación de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, Rut Nº 81.826.800-9, persona jurídica de giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en calle Agustinas Nº 785, Piso 7, Santiago, quien viene en deducir demanda ejecutiva en contra de don Álvaro Ricardo Bello Veroitza, RUT 16.177.827-3, ignora profesión u oficio, domiciliado en Código: VJJRXEVYWXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Calle Los Robles 0333 comuna de Temuco, en virtud de los argumentos de hecho y derecho que a continuación expone: En efecto el demandado Álvaro Ricardo Bello Veroitza, suscribió con fecha 05/01/2015 el pagaré Nº 142.0007471-9 por la suma de $6.077.791 por concepto de capital, más los intereses respectivos señalados en dicho documento, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en la ley 18.010. Dicha obligación debía ser solucionada en 24 cuotas mensuales y sucesivas de $289.533, venciendo la primera de ellas el 28/02/2015, y la última el 28/02/2017. Según consta del pagaré, el simple retardo en el pago de todo o parte de una cualquiera de las cuotas permitirá exigir la solución íntegra de la suma debida, considerándose la obligación de plazo vencido y capitalizados los intereses devengados y no pagados, todo conforme al artículo 9º de la ley 18.010. El nuevo capital así formado, devengará intereses a la tasa correspondiente al interés máximo convencional existente para operaciones de crédito de dinero. El demandado ha dejado de cumplir su obligación, toda vez que solo ha pagado las 11 primeras cuotas correspondiendo la primera cuota morosa, con vencimiento al 24/01/2016, por lo que adeuda las 13 restantes, lo que equivale a la suma total de $3.292.137, lo que devengara el interés máximo convencional desde la fecha de retardo. Además, su representada está relevada de la obligación de protesto y la firma de la demandada puesta en el documento se encuentra autorizada ante Notario Público. En consecuencia, el pagaré tiene mérito ejecutivo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 434, Nº 4 del Código de Procedimiento Civil. La obligación referida es líquida, actualmente exigible, el título es ejecutivo y la obligación no está prescrita.
Fallo
se declara admisible la excepción alegada y se recibe la causa a prueba. Con fecha 4 de enero de 2023 se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 6 de junio de 2018 comparece don Paul Chateau Undurraga, abogado, RUT Nº 9.037.556-3en su calidad de mandatario judicial, otorgado por don Nelson Mauricio Rojas Mena, chileno, Contador Auditor e Ingeniero comercial, en su calidad de Gerente General en representación de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, Rut Nº 81.826.800-9, persona jurídica de giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en calle Agustinas Nº 785, Piso 7, Santiago, quien viene en deducir demanda ejecutiva en contra de don Álvaro Ricardo Bello Veroitza, RUT 16.177.827-3, ignora profesión u oficio, domiciliado en Código: VJJRXEVYWXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Calle Los Robles 0333 comuna de Temuco, en virtud de los argumentos de hecho y derecho que a continuación expone: En efecto el demandado Álvaro Ricardo Bello Veroitza, suscribió con fecha 05/01/2015 el pagaré Nº 142.0007471-9 por la suma de $6.077.791 por concepto de capital, más los intereses respectivos señalados en dicho documento, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en la ley 18.010. Dicha obligación debía ser solucionada en 24 cuotas mensuales y sucesivas de $289.533, venciendo la primera de ellas el 28/02/2015, y la últim
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 39 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-2686-2018 CARATULADO : CAJA DE COMP. DE ASIG. FAMILIAR LOS ANDES/BELLO Temuco, veintiuno de Marzo de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 6 de junio de 2018 comparece don Paul Chateau Undurraga, abogado, RUT Nº 9.037.556-3en su calidad de mandatario judicial, otorgado por don Nelson Ma
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