CONTRERAS/REYES
Rol
T-103-2022
Fecha
5 de septiembre de 2023
Materia
Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Daño moral, Despido injustificado, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. Al efecto la parte demandante rindió: Documental ((Folio 78) 1. Contrato de trabajo de fecha 01 de Febrero de 2021. 2. Constancia de la Dirección del Trabajo de fecha 20 de Diciembre de 2021. 3. Constancia de la Dirección del Trabajo de fecha 22 de Diciembre de 2021. 4. Constancia de la Dirección del Trabajo de fecha 23 de Diciembre de 2021. 5. Constancia de despido verbal de fecha 23 de Diciembre de 2021. 6. Certificado de remuneraciones imponibles de AFP Capital. 7. Captura de pantalla de correo electrónico de fiscalización DEN-201/2021/1992. 8. Activación de fiscalización ante la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta. 9. Cartola del Banco Falabella. Confesional: Atendida la incomparecencia de José Reyes Reyes, tanto como persona natural como en representación de Seguridad Del Pacífico Spa, la parte denunciante solicita se haga efectivo 454 N°3 del Código del Trabajo. El Tribunal resuelve que se aplicará lo que resulte procedente en el proceso, atendido el apercibimiento legal con el cual fue citado. Testimonial: Se desiste. Exhibición de documentos: Respecto de las denunciadas principales: 1. Liquidación de sueldo de los meses de Junio a Diciembre del 2021. 2. Comprobante de transferencia de remuneración del mes de Diciembre del 2021. 3. Libro de asistencia del mes de Noviembre del 2021. 4. Libro auxiliar de remuneraciones en conformidad al artículo 62 del Código del Trabajo, debidamente timbrado por el Servicio de Impuestos Internos. 5. Constitución de sociedad y sus modificaciones. 6. Todos los contratos civiles o comerciales suscritos con la demandada solidaria, ya sean prorrogas, modificaciones, etc., del año 2021. (SE DESISTE) Se solicita apercibimiento del artículo 453 N° 5 del Código del Trabajo. Se resolverá en sentencia definitiva. Oficios: Se incorpora oficio de la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta (folio 91) y oficio del Registro de Comercio de esta ciudad (folio 99) Se desist
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se inició esta causa en procedimiento de aplicación general, R.I.T. T-103-2022, comparece doña KAMILA LEIVA BITAR, abogada, en representación, de don IVÁN EDUARDO CONTRERAS BUSTOS, cedula de identidad: 17.847.950-4, todos con domicilio para estos efectos en calle 14 de Febrero N° 2534, Oficina 201, Antofagasta quien interpone Tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, cobro de indemnizaciones y prestaciones y unidad económica y/o coempleador, en contra del ex empleador del actor, en contra de SEGURIDAD DEL PACÍFICO SPA., R.U.T.: 76.758.555-1, representada legalmente por don José Heriberto Reyes Reyes, ambos con domicilio en Av. Isidoro Dubournais N°0760, El Quisco, conjuntamente en contra de don JOSÉ HERIBERTO REYES REYES R.U.T.:8.120.983-9, con domicilio en Av. Isidoro Dubournais N°0760, El Quisco y solidariamente a EDF RENEWABLE SERVICES CHILE SPA., R.U.T. 76.391.190-K, representada legalmente por doña Bernardita Cabrera Cornejo, ambos domiciliados en Cerro El Plomo, 5855, Of. 1206, Las Condes, Santiago. SEGUNDO: Que la parte demandante fundamenta su demanda en los siguientes antecedentes: Señala que con fecha 01 de febrero del 2021, el demandante celebró contrato de trabajo con el demandado SEGURIDAD DEL PACÍFICO SPA., a fin de desempeñarse como “guardia de seguridad-conductor”, labores que desempeñó en faenas de la empresa EDF RENEWABLE SERVICES CHILE SPA., en la obra denominada “Planta Fotovoltaica Bolero”, contrato de carácter indefinido, con una remuneración mensual de $970.515.- y una jornada semanal de siete por siete días de trabajo y descanso, debiendo cumplir una jornada de catorce días a requerimiento de la empleadora. En cuanto al término, con fecha 22 de diciembre del 2021, al momento de subir a su turno, se le indica que debe esperar al supervisor, quien le señala que debe firmar un anexo de contrato, a fin ser trasladado de faenas a propósito de su reclamo en la Inspección, a lo que se niega indicándole que no podrá trabajar con ellos. Luego, el supervisor llama a carabineros para que lo desalojen quien es escoltado para como si éste fuera un delincuente. Es expulsado a la calle con todas sus pertenencias, sin que se le pagará siquiera los pasajes para volver a la ciudad de Antofagasta, debiendo hacerlo por sus propios medios. Agrega que el actor el día 07 de diciembre de 2021, concurre a la Inspección del Trabajo a solicitar fiscalización en razón del incumplimiento en materia de jornada laboral trabajando catorce días de trabajo por catorce días de descanso, de lo que tomó conocimiento la demandada al requerírsele información por correo electrónico por la Inspección del Trabajo. Ello produjo un acoso del empleador al actor, quien le indicó que por la denuncia en la Inspección podía ser despedido. Señala que el día 20 de diciembre del 2021, el actor es eliminado de los 2 grupos de trabajo existentes en wha
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 3, 7 a 10, 41, 162, 168, 172, 423, 425 a 432, 446, 453, 454, 485, 489 del Código del Trabajo, artículo 1698 del Código Civil, se resuelve: I.- Que se hace lugar a la denuncia por vulneración de derechos fundamentales y cobro de prestaciones laborales interpuesta por don IVÁN EDUARDO CONTRERAS BUSTOS en contra de la empresa SEGURIDAD DEL PACÍFICO SPA., representada legalmente por don José Heriberto Reyes Reyes, conjuntamente en contra de don JOSÉ HERIBERTO REYES REYES, todos ya individualizados, y en consecuencia se declara que el despido que afectó al actor el día 22 de diciembre de 2021, fue lesivo a sus derechos, debiendo la parte demandada pagar los siguientes conceptos: 1.- Indemnización especial conforme el artículo 489 inciso tercero, correspondiente a Seis remuneraciones, por el monto de $ 5.823.090.- 2.- Indemnización sustitutiva del aviso previo: equivalente a la última remuneración mensual devengada, por la suma de $970.515.- 3.- Feriado proporcional correspondiente a 15,37 días por la suma de $497.227.- 4.- Remuneraciones por 22 días de diciembre del 2021, por la suma de $711.711.- 5.- Horas extras correspondiente a dos días, por la suma de $129.402.- II.- Que se establece que las demandadas constituyen empleador único conforme el artículo 3 del Código del Trabajo, debiendo responder solidariamente de las obligaciones laborales y previsionales dispuestas en esta sentencia. III.- Que a la época de la liquidac
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PROCEDIMIENTO: Tutela. Aplicación General. MATERIA: Tutela. DEMANDANTE: IVÁN EDUARDO CONTRERAS BUSTOS. DEMANDADA: JOSÉ HERIBERTO REYES REYES SEGURIDAD DEL PACÍFICO SPA. Y OTRO. RIT: T-103-2022 RUC: 22- 4-0387048-3 ___________________________________________________________/ Antofagasta, cinco de septiembre de dos mil veintitrés. Se dicta sentencia con la presente fecha de conformidad a lo dispuest
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