SEPÚLVEDA/FISCO DE CHILE- C.D.E
Rol
T-2114-2022
Fecha
4 de septiembre de 2023
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Daño moral
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Demanda. Compareció doña Lorena Gaete López, abogada, en representación de don JUAN CARLOS SEPULVEDA MÉNDEZ, cédula de identidad N° 7.190.865-8, funcionario a contrata estamento técnico grado 12 E.U.S., domiciliado para estos efectos en Clotario Blest N° 5410, Pasaje N° 1, casa j, comuna de Pedro Aguirre Cerda, e interpuso demanda por vulneración de derechos fundamentales durante de la relación laboral, en contra de SERVICIO NACIONAL DE MENORES, rol único tributario N° 61.006.000-5, servicio público con personalidad jurídica del FISCO DE CHILE, representado legalmente por el CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, representado este a su vez por la Abogada Procuradora doña Ruth Israel López, todos domiciliados en calle Agustinas N° 1225, piso 2, comuna de Santiago. Solicita que, en virtud de los antecedentes de hecho y
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone, se deberán efectuar el pago de las siguientes prestaciones: a) La vulneración que ha sido afectado su representado por parte de su empleador, vulnerando sus derechos fundamentales, en particular el derecho a la integridad física y psíquica, derecho consagrado y garantizado por nuestra Carta Fundamental en el artículo 19 N° 1; del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República y artículo 2 y 5 del Código del Trabajo; derecho a la honra de la persona y su familia consagrado en el artículo 19 N° 4, todos de la Constitución Política de la República. b) Que se condene a la demandada al pago por concepto de lucro cesante, a la suma de $11.571.534 o lo que determine el Tribunal conforme al mérito del proceso. c) Que se condene a la demandada a pagar por concepto de daño moral a su representado, una indemnización que se ha producido a causa de la conducta negligente por parte de su empleador en el marco de la relación laboral, lo que ha llevado a que su representado este padeciendo distintas enfermedades de origen psicológico y psiquiátrico, lo cual se estima un monto de $20.000.000 o la suma que el Tribunal estime conforme a Derecho. d) Se ordene la remisión de copia de la sentencia a la Dirección del Trabajo. e) Se condene a la denunciada al pago de una multa conforme lo dispuesto en el artículo 495 N° 4 del Código del Trabajo. f) Se condene a la demandada al pago de los reajustes e intereses legales. g) Se condene a la denunciada al pago de las costas de la causa. Expone que su representado ingresó a trabajar en el Servicio Nacional de Menores en el año 1997 como funcionario administrativo, a contrata, grado 15° E.U.S, en el CIP CRC de San Joaquín del Servicio Nacional de Menores, función que ejerce hasta la fecha. Desde su ingreso hasta esta fecha desarrolla funciones bajo la modalidad de contrata, la que actualmente se encuentra vigente hasta el 1 de diciembre de 2022. Percibe una remuneración mensual de $917.527. Señala que su representado se vio impedido de postular en tiempo y forma para optar a los beneficios que otorga el retiro voluntario en conformidad con las leyes N° 19.882 y la Ley N° 29.948, por cuanto no habría contado con la información oportuna y fehaciente para iniciar el trámite respectivo. Cita los artículos séptimo y octavo, del párrafo 1°, del título II, de la Ley N° 19.882, y los artículos 1°, inciso primero, y 5 de la ley N° 20.498. Afirma que, por lo anterior, le correspondería en conformidad con la ley N° 20.498 una bonificación adicional de 320 unidades tributarias mensuales, ya que lleva más de 27 años prestando servicios para la denunciada. Posterior, el artículo 11 de la ley N° 20.498, establece los periodos en que el personal afecto a la bonificación adicional puede postular y las reglas conforme al acceso del proceso y de la época de postulación. Respecto a la comunicación del proceso de postulación, cita el artículo transitorio artículo primero Ley N° 20.498. Rep
Fallo
por tanto, de continuar con el retiro, este correspondería al primer semestre del año 2022, lo cual conllevaba la pérdida de 2 de las 11 mensualidades (en razón de la disminución de la bonificación de un mes por cada semestre en que el funcionario, habiendo cumplido el requisito de edad para tal efecto, no se haya acogido al procedimiento establecido en el artículo 8°) y para el desconcierto y desazón del señor Sepúlveda, se le indico que solo tenía derecho a percibir el 50% de la bonificación adicional correspondiente a un total de 160 unidades tributarias mensuales (artículo 11 letra b) de la Ley N° 20.498, situación que nunca estuvo en su conocimiento y tampoco pretendía conseguir tamañas pérdidas económicas, puesto que, con lo señalado tuvo un perjuicio económico de $9.736.480 considerando el valor UTM de Noviembre 2022 a $60.853 y de dos remuneraciones por la suma de $1.835.054. Dado lo anterior y ante la desesperación y angustia de su representado, este decidió enviar una carta a la Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores y al Jefe de Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas de SENAME, a fin de exponer su situación y de expresar que nunca estuvo en sus pretensiones conseguir tamañas pérdidas económicas, por la falta de información del propio servicio. Al recibirlo la Directora Nacional de Sename, en su oficina ubicada en Huérfanos N° 587, comuna y ciudad de Santiago, se le indicó que el Servicio había remitido oportunamente un correo electrónico, do
Texto Completo (Preview)
Sentencia definitiva RIT: T-2114-2022 RUC: 22-4-0443949-2 __________________/ Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO: Demanda. Compareció doña Lorena Gaete López, abogada, en representación de don JUAN CARLOS SEPULVEDA MÉNDEZ, cédula de identidad N° 7.190.865-8, funcionario a contrata estamento técnico grado 12 E.U.S., domiciliado para estos efectos en Clotario Blest N° 5410,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica