MUND&FESTER/MEDITERRANEAN
Rol
C-15127-2022
Fecha
20 de marzo de 2023
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: El m rito de los antecedentes, documentos acompa ados y de conformidad con loé ñ dispuesto en los art culos 1203, 1205 del C digo de Comercio, 223, 227 y 232 delí ó C digo Org nico de Tribunales; 414, 417 y 628 del C digo de Procedimiento Civil,ó á ó se declara: Que ha lugar a lo solicitado por Mat as Araya Varela, abogado, en representaci ní ó convencional de la sociedad MUND & FESTER GMBH & CO.KG y de com nú acuerdo con la solicitada MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY S.A., representada por Tom s Gonz lez Nazar, abogado, se designa á á rbitro de DerechoÁ a don Claudio Barroilhet Acevedo, abogado, domiciliado en Alc ntara N°200,á oficina 304, comuna de Las Condes, Santiago, Regi n Metropolitana, tel fonoó é +56998212724, correo electr nico ó claudio@barroilhet.cl . Reg strese y Notif quese al rbitro a fin de que acepte el cargo en forma legal.í í á Resolvi don Pablo Emanuel Pizarro Arredondo, Juez Suplente.ó Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinte de Marzo de dos mil veintitr sé Código: EZSDXEXTTTH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:claudio@barroilhet.cl 2023-03-20T08:37:46-0300
Fallo
se declara: Que ha lugar a lo solicitado por Mat as Araya Varela, abogado, en representaci ní ó convencional de la sociedad MUND & FESTER GMBH & CO.KG y de com nú acuerdo con la solicitada MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY S.A., representada por Tom s Gonz lez Nazar, abogado, se designa á á rbitro de DerechoÁ a don Claudio Barroilhet Acevedo, abogado, domiciliado en Alc ntara N°200,á oficina 304, comuna de Las Condes, Santiago, Regi n Metropolitana, tel fonoó é +56998212724, correo electr nico ó claudio@barroilhet.cl . Reg strese y Notif quese al rbitro a fin de que acepte el cargo en forma legal.í í á Resolvi don Pablo Emanuel Pizarro Arredondo, Juez Suplente.ó Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinte de Marzo de dos mil veintitr sé Código: EZSDXEXTTTH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:claudio@barroilhet.cl 2023-03-20T08:37:46-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15127-2022 CARATULADO : MUND&FESTER/MEDITERRANEAN Santiago, veinte de Marzo de dos mil veintitr sé Visto: El m rito de los antecedentes, documentos acompa ados y de conformidad con loé ñ dispuesto en los art culos 1203, 1205 del C digo de Comercio, 223, 227 y 232 delí ó C digo Org nico de Tribunales
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