TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE/ALEMANY
Rol
C-9418-2021
Fecha
17 de marzo de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha de 26 de noviembre de 2021, comparece don Gonzalo Salgado Barros, abogado, con domicilio en Avenida Libertador General Bernardo O’Higgins Nº 949, oficina 1901, Santiago, mandatario judicial en representación de Scotiabank Chile S.A., en adelante “Scotiabank”, representada legalmente por su Gerente General, don Diego Masola, contador público, continuador o sucesor legal del Banco del Desarrollo, todos domiciliados, para estos efectos, en Morandé Nº226, Santiago, Región Metropolitana, quien comparece a su vez en calidad de mandatario especial de la Tesorería General de la República, representada legalmente por don Hernán Andrés Frigolett Córdova, ingeniero comercial, ambos domiciliados en calle Teatinos 28, Santiago, deduciendo demanda ejecutiva en contra de doña Belinda Elena Alemany Pavez, ignora profesión u oficio, domiciliado en Álvarez de Toledo #1050, San Miguel. Funda su demanda señalando que su representada es dueña de los siguientes pagarés suscritos por SCOTIABANK, a su vez en representación de BELINDA ELENA ALEMANY PAVEZ, en virtud del mandato conferido por este(a) último(a) en el “Contrato de Apertura de Línea de Crédito para Estudiantes de Educación Superior con Garantía Estatal”, que se acompaña en el Segundo Otrosí y celebrado en conformidad a la Ley Nº 20.027”, legislación que establece normas Código: TRXXEXFLXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9418-2021 Foja: 1 para el financiamiento de estudios de educación superior con garantía del estado de Chile: • Pagaré de fecha 28 de Octubre del 2021 suscrito(s) por el monto 26,1159 Unidades de Fomento, con vencimiento el 8 de Noviembre del 2021. • Pagaré de fecha 28 de Octubre del 2021 suscrito(s) por el monto 235,0434 Unidades de Fomento, con vencimiento el 8 de Noviembre del 2021. Afirma que los pagarés antes individualizados no fueron pagados a la fecha de su vencimiento, por lo que el deudor se encuentra en mora des
Fundamentos
considerando que a la fecha no ha sido notificada, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley N°18.092, se encuentra prescrita la acción. Con fecha 6 de diciembre de 2022, se tuvo por notificada y requerida de pago a la ejecutada. Que, al evacuar el traslado la parte ejecutante solicitó el rechazo de la excepción, por tratarse de una obligación imprescriptible. Con fecha 28 de diciembre de 2022, se declaró admisible la excepción de prescripción. Con fecha 30 de enero de 2023, se prescindió recibir la causa a prueba citándose a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Gonzalo Salgado Barros, abogado, mandatario judicial en representación de Scotiabank Chile S.A., en adelante “Scotiabank”, representada legalmente por su Gerente General, don Diego Masola, continuador o sucesor legal del Banco del Desarrollo, quien comparece a su vez en calidad de mandatario especial de la Tesorería General de la República, representada legalmente por don Hernán Andrés Frigolett Córdova, interpuso demanda ejecutiva en contra de doña Belinda Elena Alemany Pavez, y solicita se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la cantidad en capital de 261,1593.- Unidades de Fomento, equivalentes en pesos a 8.020.168 donde el valor de la Unidad de Fomento al día 26 de Código: TRXXEXFLXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9418-2021 Foja: 1 Noviembre del 2021, asciende a $30.709,87 pesos por unidad.-, pagaderas según valor de la unidad de fomento al día del pago, requerir a la parte demandada pagar la deuda y, si no pagare, disponer se siga adelante con la ejecución hasta el cumplimiento íntegro de lo adeudado, con expresa condena, en la instancia judicial que corresponda, de las costas e intereses correspondientes, en razón de los fundamentos de hecho y de derecho reseñados en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso la excepción contemplada en el numeral 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la prescripción de la deuda o sólo de la acción ejecutiva. TERCERO: Que, al evacuar el traslado la parte ejecutante solicitó el rechazo de la excepción, por tratarse de una obligación imprescriptible. CUARTO: Que a fin de resolver la a excepción en estudio hay que tener presente lo previsto en el artículo 98 de la Ley N° 18.092.-, que señala “El plazo de prescripción de las acciones cambiarias del portador contra los obligados al pago es de un año, contado desde el día del vencimiento del documento”. QUINTO: Que del análisis de los documentos que sirven de fundamento a esta ejecución, es dable establecer que se trata de los siguientes títulos: 1° Pagaré suscrito con fecha 28 de octubre de 2021, por don Juan Cortés Pizarro, en representación de Scotiabank Chile, y a su vez, en representación de Belinda Elena Alemany Pavez, cuya firma fue autorizada por don Raimundo Espinoza Wood, Notario Suplente de la 21ª N
Fallo
se declara: I. Que se acoge la excepción de prescripción deducida por la ejecutada, rechazándose la demanda ejecutiva; Código: TRXXEXFLXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9418-2021 Foja: 1 II. Que cada parte soportará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. ROL N° C – 9418 - 2021. Pronunciada por don Francisco Javier Schwalm Davis, Juez Suplente del Trigésimo Juzgado Civil de Santiago.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecisiete de Marzo de dos mil veintitr sé Código: TRXXEXFLXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-17T21:01:32-0300
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C-9418-2021 Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 30 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9418-2021 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REP BLICA DEÍ Ú CHILE/ALEMANY Santiago, diecisiete de Marzo de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha de 26 de noviembre de 2021, comparece don Gonzalo Salgado Barros, abogado, con domicilio en Avenida Libertador General Bernardo O’H
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