SALAS/
Rol
V-284-2022
Fecha
17 de marzo de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y de derecho queé pasa en exponer: Con fecha 27 de mayo del a o 2022, se celebraron ñ dos contratos de cesiones de derechos cuyas partes son mis representados. El primer contrato se celebr entreó don Nelson Enrique Ca as Campo y don Juvenalñ Miguel Castro Vera, ambos previamente individualizados, convenci n queó fue reducida a escritura p blica el mismo 27 de mayo delú a o 2022, anteñ don Alberto Moz Aguilar, abogado, Notario P blico, y anotada bajo eló ú Repertorio N 3087/2022.º En dicho instrumento el Sr. Ca as Campoñ vendi , cedi y transfiri ó ó ó el diez por ciento de su cuota indivisa al Sr. Castro Vera, quien acept y adquiri para s el porcentajeó ó í de la cuota referida sobre todos los derechos que le correspondan o puedan corresponderle por cualquier motivo o t tulo en las herencias de don Jorgeí Eduardo Fa ndez y de do aú ñ Mercedes Soto Quiroz, entre los cuales se encuentran derechos en el resto de la parcela n mero 6 del Proyecto deú Parcelaci n Peralillo , comuna de Lampa, Regi n Metropolitana.ó “ ” ó Código: KEXZXETVBXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 El precio total de la cesi n de derechos fue la cantidad deó $35.000.000 (treinta y cinco millones de pesos) que se encuentran pagado y recibido a entera satisfacci n por parte del Sr. Castro Vera.ó La segunda cesi n de derechos fue suscrita entre don Nelson Enriqueó Ca as Campo y don Nelson Osvaldo Salas Garc a, ambos yañ í individualizados, mediante contrato que fue tambi n reducido a escrituraé p blica de fecha 17 de mayo del a o 2022, ante don Alberto Moz Aguilar,ú ñ ó abogado, Notario P blico, y anotada bajo el Repertorio N 3086/2022. Elú º precio total de la segunda cesi n de derechos fue la cantidad deó $35.000.000, (treinta y cinco millones de pesos) que se encuentra pagado y recibido a entera satisfacci n por parte del Sr. Salas Guerra.ó Cabe se alar que el Sr. Ca as Campo adquiri -con anteri
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el solicitante, don Francisco Javier Contreras Arce, Abogado en representaci n de don Nelson Enrique Ca as Campos;ó ñ Juvenal Miguel Castro Vera y don Nelson Osvaldo Salas Garc a, solicita seí ordene al Conservador de Bienes Ra ces de Santiago que inscriba la cesi ní ó de derechos celebrada entre don Nelson Enrique Ca as Campo y donñ Juvenal Miguel Castro Vera, la que fue reducida a escritura p blica ante elú Notario Alberto Moz Aguilar, bajo el Repertorio N 3097/2022; y deló ° mismo modo se inscriba la cesi n de derechos entre don Nelson Enriqueó Ca as Campo y don Nelson Osvaldo Salas Garc a, la que reducida añ í Código: KEXZXETVBXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 escritura p blica ante el Notario P blico don Alberto Moz Aguilar,ú ú ó Repertorio N 3086-22.° Funda su pretensi n en los hechos y argumentos de derecho, yaó descritos, latamente en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Que, con el fin de probar sus dichos, acompa o a losñ autos, los siguientes antecedentes documentales: a) Cesi n de derechos entre don Nelson Enrique Ca as Campo yó ñ don Juvenal Miguel Castro Vera, reducida a escritura p blica deú 27 de mayo de 2022, ante don Alberto Moz Aguilar, Notarioó P blico, anotada bajo el Repertorio N 3087/2022; ú ° b) Cesi n de derechos entre don Nelson Enrique Ca as Campo yó ñ don Nelson Osvaldo Salas Garc a, reducida a escritura p blica deí ú 27 de mayo de 2022, ante don Alberto Moz Aguilar, Notarioó P blico, anotada bajo el Repertorio N 3086/2022; ú ° c) Car tula N 19236145 de 08 de junio de 2022 del Conservador deá ° Bienes Ra ces de Santiago; í d) Rechazo car tula n 19236145 de 09 de junio de 2022 delá ° Conservador de Bienes Ra ces de Santiago; í e) Inscripci n Conservatoria a fojas 7189 N 10332 del Registro deó ° Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, del a oí ñ 2022. TERCERO: Que, se dirigi oficio al Conservador de Bienes Ra cesó í de Santiago, a fin que informara sobre los fundamentos de su negativa a inscribir. CUARTO: Que, con fecha 17 de enero en curso, al folio 6, evacuo su informe el Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, indicando loí siguiente: 1.- El Conservador de Bienes Ra ces y Comercio de Santiago haí rechazado inscribir las dos escrituras p blicas de cesiones de derechos deú fechas 27 de mayo de 2022, otorgadas en la notaria de Santiago de don Alberto Mozo Aguilar, mediante las cuales don Nelson Enrique Ca asñ Campos cede en cada una de ellas a don Juvenal Miguel Castro Vera y en la otra a don Nelson Carlos Salas Garc a el 10% a cada uno de losí derechos que le corresponden en el resto de la parcela n mero 6 delú Proyecto de Parcelaci n Peralillo, Comuna de Lampa, en atenci n a queó ó dichas cesiones vulneran lo dispuesto en el art culo 136 de la Ley Generalí de Urbanismo y Construcciones y el art culo 3.4.6 de su Ordenanzaí General. 2.- Seg n consta en inscripci n de fojas 17804 n
Fallo
se decide, do a M.I.O.U. declar ser titularñ ó “ de derechos en una extensi nó de treinta y dos hect reas de hijuela o predioá S.P., ubicado en la comuna de G. . En la cl usula segunda del” á t tuloí agregado a fojas 188 inform tambi n que adquiri dichos derechos poró é “ ó herencia quedada al fallecimiento de su c nyuge O. del C.R.J. .ó ” Seguidamente vendi , cedi y transfiri a don L.R.A.T.M. laó ó ó “ nuda Código: KEXZXETVBXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 propiedad de los derechos singularizados en las cl usulas precedentes deá este instrumento, reserv ndoseá para s el usufructo vitalicio del mismo .í ” A su turno, en el contrato de cesi n de derechos celebrado el 19 deó mayo de 2004 la se ora O.U. declar que la sucesi n de don O. del C.R.J.,ñ ó ó que ella integra junto a otros comuneros, es due a del sitio N mero 80 delñ ú Fundo Achupallas. En la cl usula tercera expresa que cede y transfiere aá do a B. delñ C.R.O. los derechos que le corresponden o pudieren corresponderle en“… el bien ra z individualizado en las cl usulas precedente. Se trata, como seí á observa en ambos casos, de la venta de la nuda propiedad de una cuota indivisa sobre un inmueble.” Pues bien, habi ndose celebrado ambas cesiones de derechosé concurriendo las partes y dando cumplimiento a todos los requisitos sustanciales y formales para que los contratos celebrados produjeran sus efectos y teniendo en consideraci n qu
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-284-2022 CARATULADO : SALAS/ Santiago, diecisiete de Marzo de dos mil veintitr sé V I S TOS: Bajo el folio 1, comparece don Francisco Javier Contreras Arce, chileno, soltero, abogado, habilitado para el ejercicio de la profesi n,ó domiciliado en calle Guardia Vieja N 255, oficina 316
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