BANCO SANTANDER - CHILE/AMENÁBAR
Rol
C-4612-2021
Fecha
17 de marzo de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1 comparece el abogado Pablo del Campo Brahm, en representaci nó de BANCO SANTANDER-CHILE, sociedad an nima bancaria, cuyo gerenteó general es Miguel Mata Huerta, todos con domicilio en Bandera N 140, comuna de° Santiago, e interpone demanda ejecutiva en contra de JUAN ENRIQUE AMENABAR BORGHERESI, ignora profesi n u oficio, domiciliado en calleó Alc ntara N 979, departamento 212, comuna de Las Condes, solicitando que seá ° despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la cantidad deó $70.731.691, m s intereses y costas.á Funda la acci n se alando que su representada es due a de los siguientesó ñ ñ pagar s:é 1) Pagar N 650037701151, suscrito con fecha 15 de mayo de 2020 poré º el demandado, representado por el propio Banco Santander-Chile, de acuerdo al mandato otorgado por l en el Contrato de Plan de Servicios Financieros, a la ordené del Banco Santander-Chile, por $47.353.614.- de capital, m s intereses, con una tasaá del 0,65% mensual vencido, sin perjuicio de los intereses para el caso de mora o simple retardo, cantidad que debi pagar en 59 cuotas mensuales, sucesivas e igualesó por un valor de $970.967.- con vencimientos los d as 15 de cada mes, a contar delí 17 de agosto del 2020 y hasta el 16 de junio del 2025 y una ltima cuota porú $970.978.- con vencimiento el 15 de julio del 2025. Acusa que el deudor dej de pagar desde la cuota que venc a el 16 deó í noviembre de 2020, por lo que en uso de la cl usula de aceleraci n establecida en elá ó mismo documento, por medio de esta demanda, viene en hacer exigible el total de la obligaci n que, por saldo de capital asciende a $46.006.023.ó Código: FFXJXEXEPMH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2) Pagar N 650039154018, suscrito el 21 de abril del 2021 por elé º demandado, representado por la sociedad Santander Gesti n de Recaudaci n yó ó Cobranza Limitada, de acuerdo al mandato otorgado por l en el Contrato de Plané de Ser
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Banco Santander Chile solicit y obtuvo que se despacharaó mandamiento de ejecuci n y embargo en contra de Juan Enrique Amenabaró Borgheresi, en virtud de los pagar s a que invoca al efecto. é SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso la excepci n de prescripci n deló ó N 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.° í ó TERCERO: Que la excepci n de prescripci n se funda, trat ndose deló ó á pagar N 650037701151, en queé ° entre la fecha de mora -16 de noviembre de 2020- o de la presentaci n de la demanda -18 de mayo de 2021- y la de notificaci n deló ó libelo 19 de enero de 2023-, – que se efectu con la presentaci n del escrito en queó ó opone la excepci nó , transcurri en exceso el plazo de prescripci n de la acci nó ó ó ejecutiva establecido en el art culo 98 de la Ley 18.092. í Respecto a los pagar s a la vista n meros 650039154018, 650039276385 yé ú 650039284922, aduce que dada la poca de su suscripci n y vencimiento -22, 21 yé ó 23 de abril de 2021, respectivamente- y la fecha de notificaci n de la demanda -19ó de enero de 2023-, transcurri en exceso el plazo de prescripci n de la acci nó ó ó ejecutiva establecido en el art culo 98 de la Ley 18.092. í CUARTO: Que la parte ejecutante, evacuando el traslado conferido, se allan a la excepci n antes descrita.ó ó QUINTO: Que la excepci n de prescripci n opuesta por la ejecutada debeó ó entenderse como un modo de extinguir las acciones, que opera por no haberse ejercido estas durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los dem s requisitosá legales, como lo establece el art culo 2492 del C digo Civil, siendo una sanci n a laí ó ó negligencia del acreedor en el resguardo de sus derechos, adem s de una instituci ná ó destinada a dar estabilidad a las relaciones jur dicas, mantener la paz social y, porí sobre todo, proveer seguridad jur dica a las relaciones de derecho.í Código: FFXJXEXEPMH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEXTO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el art culo 98 de la Ley 18.092,í el plazo de prescripci n de las acciones cambiarias del portador contra los obligadosó al pago es de un a o, contado desde el d a del vencimiento del documento o desde elñ í d a de la mora del deudor. A su vez, conforme al art culo 2518 del C digo Civil, laí í ó interrupci n de la prescripci n puede ser natural y civil. Se interrumpe naturalmenteó ó por el hecho de reconocer el deudor la obligaci n, ya expresa, ya t citamente. Seó á interrumpe civilmente por la demanda judicial, salvo los casos enumerados en el art culo 2503, entre los que se encuentra el de que la acci n no haya sido notificadaí ó en forme legal. S PTIMO: É Que, al tenor de los antecedentes de la causa, es verificable que la deudora incurri en mora a contar del vencimiento de los pagar s 650039154018,ó é 650039276385 y 650039284922, cuesti n que aconteci los d as 22, 21 y 23 de abriló ó í de 2021, respectivamente, de manera que entre es
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES, citas legales, y visto adem s loá dispuesto en los art culos 144, 160, 170, 434 N 4, 464 N 17, 470 y 471 del C digoí º ° ó Código: FFXJXEXEPMH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de Procedimiento Civil; 1698, 2492 y 2503 del C digo Civil; 98 de la Ley N 18.092;ó ° m s dem s que fueren aplicables; á á SE RESUELVE: I.- Que se acoge la excepci n del N 17 del art culo 464 del C digo deó ° í ó Procedimiento Civil, opuesta por la parte ejecutada en su escrito de folio 30. II.- Que se ordena alzar la presente ejecuci n.ó III.- Que cada parte asumir sus costas.á REG STRESE Y NOTIF QUESEÍ Í DICTADA POR GUSTAVO CER N SEGUEL, JUEZÓ TRAMITADOR En Santiago, a diecisiete de marzo de dos mil veintitr sé , se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Código: FFXJXEXEPMH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-17T18:20:43-0300
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4612-2021 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/AMEN BARÁ Santiago, diecisiete de marzo de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1 comparece el abogado Pablo del Campo Brahm, en representaci nó de BANCO SANTANDER-CHILE, sociedad an nima bancaria, cuyo gerenteó general es Miguel Mata Huerta, todos con domicilio en Band
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