COVACEVICH/ENTEL PCS COMUNICACIONES S.A.
Rol
C-5135-2022
Fecha
17 de marzo de 2023
Materia
ARRENDAMIENTO, PREDIOS RÚSTICOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 30 de mayo de 2022, comparece don Marcos Alejandro Alvarado Sotomayor, abogado, en representaci n de don Eugenio Josó é Covacevich Vieira, ambos domiciliados para estos efectos en Petrouska N° 1470, Vitacura, Regi n Metropolitana, quien viene en deducir demanda enó juicio sumario de cobro de prestaciones por no pago de rentas en contra de Entel PCS Telecomunicaciones S.A, del giro de su denominaci n,ó representada legalmente por don Leonidas Iv n Ibarra Benavides,á empleado, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Andr s Belloé N 2711, piso 14, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana.° ó Funda su demanda en que celebr con la demandada contrato deó arrendamiento con fecha 11 de septiembre del a o 2012 respecto de unñ retazo de terreno de treinta metros de ancho por treinta metros de largo, de una superficie de 900 metros cuadrados, ubicado en el predio r sticoú denominado Estancia Armon a , que corresponde al Lote agr cola N 145“ í ” í ° del tipo b) del plano N 2 de la subdivisi n de Tierra del Fuego, en la° ó comuna de Porvenir. Comenta que el retazo de terreno arrendado se destinar a para laí instalaci n de equipos de telecomunicaciones, consistentes, entre otros, enó una torre, un contenedor y una subestaci n el ctrica, todo protegido por unó é cerro perimetral dispuesto al efecto. Adem s, se establece en el contrato laá autorizaci n de tr nsito y/o paso a favor de la arrendataria y otrasó á relacionadas con el contrato en cuesti n y sus fines y objetivos.ó Código: XXZPXETXBJH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5135-2022 Foja: 1 Se indica, adem s, en su cl usula sexta, el pago de una renta anualá á por la suma equivalente a 240 UF, la que se pagar a en forma adelantadaí dentro de los primeros 30 d as siguiente al cumplimiento de cada anualidad,í mediante vale vista girado a nombre del demandante, documento el cual deb a ser retirado por ste en la sucursal bancaria q
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1 ) Que, con fecha 30 de mayo de 2022, comparece don Marcos° Alejandro Alvarado Sotomayor, abogado, en representaci n de don Eugenioó Jos Covacevich Vieira, ambos domiciliados para estos efectos en Petrouskaé N 1470, Vitacura, Regi n Metropolitana, quien viene en deducir demanda° ó en juicio sumario de cobro de prestaciones por no pago de rentas en contra de Entel PCS Telecomunicaciones S.A., del giro de su denominaci n,ó representada legalmente por don Leonidas Ivan Ibarra Benavides, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Andr s Bello N 2711, piso 14,é ° comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, conforme a los fundamentosó se alados en la expositiva, y solicita tener por interpuesta demanda de cobroñ de prestaciones por no pago de rentas, en juicio sumario, en contra de la demandada, acogerla a tramitaci n y en definitiva ordenar el pago de laó renta adeudada correspondiente a 313,99 UF, vigente a la fecha del pago efectivo, con aplicaci n de los intereses devengados, o la suma que eló tribunal determine conforme al m rito del proceso, con costas.é 2 ) Que, con fecha 8 de noviembre de 2022, se llev a efecto el° ó comparendo de estilo, donde la demandada Entel PCS Telecomunicaciones S.A, contest la demanda, solicitando el rechazo de la misma, conforme losó argumentos de hecho y derecho rese ados. ñ EXCEPCI N DE FALTA DE LEGITIMACI NÓ Ó 3 ) Que en cuanto a la excepci n de falta de legitimaci n pasiva,° ó ó se ala el demandado haber celebrado con fecha 26 de diciembre de 2019ñ un contrato de compraventa de torres y activos con la empresa ATC Sitios Código: XXZPXETXBJH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5135-2022 Foja: 1 Chile S.A, y una escritura de cesi n de contrato de arrendamiento respectoó del contrato de marras, que fue notificada a la demandante mediante aviso por carta enviada el d a 14 de enero 2020, sin embargo no acompaí ñó prueba tendiente a dar por acreditado este hecho en cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 100 de la ley 18.045, y como fuere estipulado ení autos consta acompa ado contrato de arrendamiento celebrado con fechañ 11 de septiembre de 2012 entre don Eugenio Jos Covacevich Vieira yé Entel PCS Telecomunicaciones S.A quien act a en calidad de arrendatario,ú por lo que se rechazar a su respecto la excepci n interpuesta.á ó EXCEPCI N DE PRESCRIPCI NÓ Ó 4 ) Que en cuanto a la excepci n de prescripci n, atendido que° ó ó consta en autos que entre la fecha en que se hizo exigible el cobro de la renta de arrendamiento de fecha 11 de septiembre de 2016, y la poca ené que se trab la Litis, el 12 de septiembre de 2022, alcanz a transcurrir conó ó creces el plazo de 5 a os que dispone el art culo 2515 del C digo Civil, esñ í ó que la excepci n de prescripci n deber ser acogida respecto de la acci nó ó á ó de cobro de renta de fecha 11 de septiembre de 2016, como se se alar enñ á definitiva. EN CUANTO AL FONDO 5 ) Que de lo establecido
Fallo
Por tanto,í Entel habr a abonado por concepto de rentas impagas la suma deí $13.028.618.-, equivalente en la fecha del abono a 421,00 UF, con lo que la diferencia entre lo no pagado y lo abonado, sin aplicar intereses, asciende a 313,99 UF. Refiere que en el contrato de arrendamiento celebrado, en su cl usulaá s ptima se pact una vigencia de 10 a os a contar de la fecha de sué ó ñ otorgamiento, es decir, hasta el a o 2022, siendo prorrogadoñ autom ticamente, por periodos iguales y sucesivos de 10 a os cada uno,á ñ salvo que se manifieste su voluntad en contrario, cumpliendo el arrendador con todas aquellas obligaciones contenidas en dicho instrumento. Cita el art culo 1 del DL 993, relativo al arrendamiento de prediosí ° r sticos, y explica que, conforme al art culo 2 del mismo cuerpo legal, laú í competencia radica en el Juzgado de Letras del lugar en donde se encuentra ubicado el inmueble, el cual corresponder a a la ciudad de Porvenir,í Provincia de Tierra del Fuego. No obstante, las partes en el contrato decidieron otorgar competencia a los tribunales ordinarios de la ciudad de Santiago, manteni ndose el procedimiento establecido al caso.é Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda de cobro de prestaciones por no pago de rentas, en juicio sumario, en contra de la demandada, acogerla a tramitaci n y en definitiva ordenar el pago de laó renta adeudada correspondiente a 313,99 UF, vigente a la fecha del pago efectivo, con aplicaci n de los intereses deve
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C-5135-2022 Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5135-2022 CARATULADO : COVACEVICH/ENTEL PCS COMUNICACIONES S.A. Santiago, diecisiete de Marzo de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 30 de mayo de 2022, comparece don Marcos Alejandro Alvarado Sotomayor, abogado, en representaci n de don Eugenio Josó é Covacevich Vieira, ambo
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