PARADA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA
Rol
C-4624-2022
Fecha
17 de marzo de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: A folio 1, 4 y 5, don Mario Salom n Parada Guzm n, ó á chileno, comerciante, domiciliado en calle Marcos Gallo Vergara N 522, Puertas del Mar, Comuna La° Serena, en su calidad de copropietario de la propiedad ubicada en calle Eleuterio Ram rez N 9444, Comuna La Cisterna, í ° representado por don Salom n Paradaó Urra, jubilado, domiciliado en calle Eleuterio Ram rez N 9444, comuna de Laí ° Cisterna, deduce demanda de prescripci n extintiva de acci n de cobro de derechosó ó de aseo, mediante procedimiento ordinario de menor cuant a, en contra de la í Ilustre Municipalidad de La Cisterna, persona jur dica de derecho p blico, representadaí ú legalmente por su alcalde don Joel Andr s Olmos Espinoza, Ingeniero Civilé Industrial, ambos domiciliados para estos efectos en calle Pedro Aguirre Cerda N 0161, comuna de La Cisterna.° Indica que la Direcci n de Administraci n y Finanzas de la Municipalidadó ó demandada emiti un informe de deuda de Derechos de Aseo respecto del inmuebleó ubicado en calle Eleuterio Ram rez N 9444, comuna de La Cisterna, queí ° actualmente habita, dando cuenta de los periodos con vencimientos entre el 7 de junio de 2009 al 30 de noviembre de 2017, los que cumplen todos los requisitos exigidos por el ordenamiento jur dico para declarar su prescripci n, esto es, elí ó transcurso ininterrumpido del plazo de 5 a os desde que estos se tornaron exigibles.ñ Funda en derecho su pretensi n en los art culos 2492, 2493, 2497, 2514, 2515ó í inciso 1 y art culo 2518 del C digo Civil y pide sobre la base de estas normas que se° í ó declare la prescripci n de la acci n de cobro de derechos de aseo municipaló ó correspondiente al periodo que va desde el 7 de junio de 2009 hasta al 30 de noviembre de 2017, con expresa condena en costas en caso de oposici n.ó A folio 10, el 27 de enero de 2023, consta la notificaci n de la demandaó conforme lo previsto en el art culo 44 inciso segundo del C digo de Procedimientoí ó Civil. A folio 11, comparece la demandada al
Fundamentos
Considerando: Primero: Que a folio 1, 4 y 5 comparece don Mario Salom n Parada Guzm nó á representado por don Salom n Parada Urra, interponiendo demanda de prescripci nó ó extintiva de acci n de cobro de derechos de aseo domiciliario, en procedimientoó ordinario de menor cuant a, en contra de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna,í debidamente representada, por los fundamentos y con las peticiones referidas en lo expositivo de este fallo. Segundo: Que, la demandada, notificada legalmente de la acci n dirigida en suó contra, procedi a contestarla, allan ndose en los mismos t rminos en los que fueó á é interpuesta, seg n se ha referido ya en lo expositivo.ú Tercero: Que conforme a lo dispuesto en el art culo 1698 del C digo Civil, laí ó carga procesal de acreditar la existencia y extinci n de la obligaci n cuyaó ó prescripci n se solicita declarar, corresponde a la demandante, quien al efectoó acompa a la demanda de folio 1, prueba documental no objetada dentro de lañó oportunidad legal correspondiente, consistente en la copia del Certificado de Deuda Derechos de Aseo Domiciliario, emitido por la Direcci n de Administraci n yó ó Finanzas de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, de 22 de noviembre de 2022, respecto de la propiedad ubicada en Eleuterio Ram rez N 9444, comuna de Laí ° Cisterna. Adem s acompa mandato Judicial firmado por Mario Salom n Paradaá ñó ó Guzm n otorgado a don Salom n Parada Urra ante el notario titular Jes s Ossesá ó ú Reveco en la Segunda Notar a de La Serena de 29 de octubre de 2022.í Cuarto: Que atendido los t rminos de la contestaci n de la demanda, seé ó prescindi del probatorio, por innecesario.ó Quinto: Que con el certificado de deuda de derechos de aseo acompa ado añ los autos, emanado de la I. Municipalidad de La Cisterna, se tiene por acreditado que el actor mantiene deudas por concepto de derechos de aseo municipal, por el periodo con vencimientos comprendidos entre el 7 de junio de 2009 y el 30 de junio de 2021, respecto de la propiedad ubicada en Eleuterio Ram rez N 9444, comuna deí ° La Cisterna y que tiene legitimidad activa para interponer la acci n de que se trata,ó lo cual es posible desprender de la misma liquidaci n de deuda expedida a suó nombre. Código: VMYFXEDJGXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4624-2022 Asimismo se tiene por acreditada la fecha en que se hicieron exigibles los derechos de aseo domiciliario cuya prescripci n se alega y la correspondienteó representaci n para comparecer en el juicio. ó Sexto: Que para resolver la contienda, es necesario precisar la naturaleza jur dica de los derechos de aseo municipal, la que corresponde a un derecho de dichoí organismo, en orden a percibir una renta por un determinado servicio que presta a la comunidad, y no a la de un impuesto propiamente tal, distinci n que recoge eló Decreto Ley N 3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales y la jurisprudencia de° nuestros tribunales y, que q
Fallo
se declara que:ó Se acoge, sin costas, la demanda deducida por don Mario Salom n Paradaó Guzm n debidamente representado por don Salom n Parada Urra, en á ó contra la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, en cuanto se declaran extinguidas por prescripci n las acciones de cobro, respecto de los derechos de aseo correspondientesó a los per odos con vencimientos que van desde el í 7 de junio de 2009 al 30 de noviembre de 2017, ambas fechas inclusive, que gravan el inmueble de Eleuterio Ram rez N 9444, comuna de La Cisternaí ° , as como tambi n las referentes a losí é reajustes, multas y dem s que le accedan.á Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol N C-4624-2022° Dictada por Carmen Gloria Escanilla P rez, Juez Titular.é Código: VMYFXEDJGXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4624-2022 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, diecisiete de Marzo de dos mil veintitr sé Código: VMYFXEDJGXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-17T13:10:32-0300
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C-4624-2022 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-4624-2022 CARATULADO : PARADA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA San Miguel, diecisiete de Marzo de dos mil veintitr sé Vistos: A folio 1, 4 y 5, don Mario Salom n Parada Guzm n, ó á chileno, comerciante, domiciliado en calle Marcos Gallo Vergara N 522, Puertas del Mar, Comuna La° Serena, en su cal
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