MOLLO/
Rol
V-962-2022
Fecha
17 de marzo de 2023
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 30 de septiembre de 2022, compareci donó C sar Antonio Fern ndez Donosoé á , abogado, c dula nacional de identidadé Nº16.260.069-9, domiciliado en Abaroa N° 2199-A, Calama, en representaci nó de do añ Jovana Bertha Quispe Rodriguez, due a de casa, c dula nacional deñ é identidad N° 23.370.776-7 y de don Carlos Mollo Valdez, trabajador dependiente, c dula nacional de identidad N°23.640.347-5, ambos ené representaci n ó legal de su hija, la menor Jessica Carly Mollo Quispe, c dulaé nacional de identidad N°27.870.943-4, nacida el 15 de julio del a o 2022, los tresñ con domicilio en calle Vicu a Mackenna N° 2825, Calamañ , solicitando que se declare en sentencia definitiva, rectificaci n de partida de nacimiento consistente enó cambiar el nombre de la menor “Jessica Carly Mollo Quispe”, para quedar en definitiva por el de “Camila Carly Mollo Quispe”, en raz n de los fundamentosó de hecho y derecho que exponen: Se alan que, la lactante naci el 15 de julio de 2022 y su nacimiento señ ó encuentra inscrito en el Servicio de Registro Civil e Identificaci n de la comuna deó Calama bajo el n mero 1.293 del Registro de Nacimientos, correspondiente al a oú ñ 2022. El padre de la menor se ala que, el d a de la inscripci n la funcionariañ í ó se encontraba apresurada, y hab a mucha gente en el lugar, por lo que exist a unaí í enorme cantidad de ruido, provocando que la funcionaria no preste la suficiente atenci n, y por lo tanto, ponga un nombre totalmente diferente. ó A aden que, al ver esta situaci n el d a de la entrega de su inscripci n,ñ ó í ó solicitaron la rectificaci n, pero est fue negada por los funcionarios. ó á En cuanto a los
Fundamentos
fundamentos de derecho, hacen presente el art culo 1 letraí A de la ley N° 17.344, que se ala: ñ “Cuando unos u otros sean rid culos, risiblesí o la menoscaben moral o materialmente (…)” Código: CXQKXECTBHH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Contin an argumentando que, la norma citada resulta aplicable ya que elú nombre provoca un menoscabo moral en la familia, al tratarse de una inscripci nó err nea, bajo un nombre que no fue el elegido por los progenitores y que fueó impuesto por funcionario del Servicio de Registro Civil e Identificaci n de estaó ciudad. Indican que, en atenci n al cambio de nombre solicitado, corresponde que seó ordene la rectificaci n de la partida de nacimiento de la menor ó Jessica Carly Mollo Quispe, n mero 1.293 del Registro de Nacimientos de Calama, correspondiente alú a o 2022, en el sentido de modificar el primer nombre de la menor, quedando enñ definitiva como “Camila Carly Mollo Quispe”. 2.- Que, a folio 1 y 5, los solicitantes de autos acompa an documentos. ñ 3.- Que, a folio 16, rola el informe del Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó 4.- Que, a folio 4, rola informaci n sumaria de testigosó . 5.- Que, a folio 23, se trajeron los autos para resolver. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el abogado don C sar Antonio Fern ndezé á Donoso, en representaci n de do aó ñ Jovana Bertha Quispe Rodriguez, y de don Carlos Mollo Valdez, ambos en representaci n ó legal de su hija, la menor Jessica Carly Mollo Quispe, solicitando que se ordene la rectificaci n de la partida deó nacimiento de la menor Jessica Carly Mollo Quispe, en el sentido de modificar el primer nombre de la menor, quedando en definitiva como “Camila Carly Mollo Quispe”. SEGUNDO: Que, en apoyo a su petici n los solicitantes acompa an losó ñ siguientes documentos: 1. Certificado de nacimiento otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n de Jessica Carly Mollo Quispe. ó 2. Mandato Judicial. TERCERO: A folio 4, consta que se rindi informaci n sumaria de testigos,ó ó con fecha 21 de octubre de 2022, ante el se or receptor Judicial, actuando enñ calidad de Ministro de fe, don Humberto Carvajal Donoso. Se recibi la declaraci n de do a A a Bertha Rodr guez Sullcata, c dulaó ó ñ ñ í é nacional de identidad para extranjeros N°23.885.376-1, Boliviana, due a de casa,ñ domiciliada en calle Vicu a Mackenna N°2825, Calama, y de don Mario Albertoñ Código: CXQKXECTBHH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Quispe Rodr guez, c dula nacional para extranjeros N° 23.617.427-1, soltero,í é trabajador dependiente, domiciliado en R o de Janeiro N°1698, Calama, quienesí legalmente juramentados exponen en los siguientes t rminos. é Ambos comparecientes se alan que, por razones de orden familiar conocen añ los solicitantes,
Fallo
por tanto, les consta que stos quer an inscribir el nombre de sué í hija como “Camila”, y que, en el momento en que el solicitante fue a inscribir a la ni a, hab a mucho ruido, motivo por el cual, la funcionaria del Servicio deñ í Registro Civil e Identificaci n la inscribi con el nombre de Jessica.ó ó Contin an se alando que, los solicitantes resultaron muy afectados por dichaú ñ situaci n.ó Finalmente relatan que, se debe autorizar el cambio de nombre ya que ambos padres est n muy afectados por lo ocurrido, debiendo acceder a la solicitud,á quedando en definitiva como Camila Carly Mollo Quispe. CUARTO: Que, mediante oficio 523, de fecha 31 de enero de 2023, el Servicio de Registro Civil e Identificaci n emite informe, al cual se adjunta unaó copia del Registro de Nacimiento del solicitante, donde consta inscripci n deó nacimiento N°1293, registro del a o 2022, de la circunscripci n de Calama, siendoñ ó titular de Jessica Carly Mollo Quispe, nacida el 15 de julio de 2022, consign ndoseá en el rubro correspondiente al padre don Carlos Mollo Vald zé y en el de la madre a do a ñ Jovana Bertha Quispe Rodr guezí . En segundo lugar el informe se ala que, ñ la referida inscripci n deó nacimiento, a la fecha de la revisi n de la misma en la base de datosó computacional del Servicio, no consta subinscripci n o rectificaciones. ó As mismo se ala que, confí ñ orme con el principio rector del Estatuto Filiativo, esto es, el inter s superior del ni o, consagrado en el art culo 222 delé
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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-962-2022 CARATULADO : MOLLO/ Calama, diecisiete de Marzo de dos mil veintitr sé VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 30 de septiembre de 2022, compareci donó C sar Antonio Fern ndez Donosoé á , abogado, c dula nacional de identidadé Nº16.260.069-9, domiciliado en Abaroa N° 2199-A, Calama, en representaci nó de
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