EMEC MONTAJES ELECTRICOS Y CONSTRUCCION/A&C PROPIEDADES SPA
Rol
C-139-2023
Fecha
17 de marzo de 2023
Materia
ARRENDAMIENTO DEVOLUCIÓN GARANTÍA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 3 de febrero de 2023, comparece don RODOLFO BELMAR LARA, abogado, con mandato judicial en representaci n convencionaló de EMEC MONTAJES EL CTRICOS Y CONSTRUCCI N LIMITADA,É Ó representada legalmente por Carlos Rub n Vera Roa, empresario, todos domiciliadosé para estos efectos en Avenida O’Higgins Poniente Nº77, oficina 1605 de la comuna de Concepci n, eó interpone demanda de devoluci n de garant as adeudadasó í resultantes del contrato de arrendamiento celebrado con A&C PROPIEDADES SPA, sociedad del giro de su denominaci n, representada legalmente por do aó ñ Yamilet Alejandra Araya Oteiza, corredora de propiedades, todas domiciliadas en calle Rafael Casanova Nº178, comuna de Santa Cruz, solicitando que se declare que la demandada deber restituir el saldo de las sumas pagadas porá concepto de mes de garant a de 8 contratos de arrendamiento que se singularizar n m sí á á adelante, y que asciende a la suma de $5.146.667.-, o la suma menor que determine S.S. conforme el m rito del proceso, a m s tardar dentro de tercero d aé á í de ejecutoriada la sentencia, debidamente reajustadas en los t rminos establecidos ené el art culo 21 de la Ley 18.101, con costas.í Funda su solicitud, se alando que su ñ representada, en raz n de laó explotaci n del giro de Montajes El ctricos yó é Construcci n de Obras Civiles queó ejecuta, y con la finalidad de poder entregar habitaci n a trabajadores de laó empresa, celebr 8 contratos de arrendamiento conó la demandada (la arrendadora), qui n desarrolla actividades de corredora deé propiedades, sobre los siguientes inmuebles, y con las siguientes fechas: 1.- Casa Ch pica 1, ubicada en sector El Rinc n S/N de la comuna deé ó Ch pica, con fecha de inicio del contrato el d a 11 de noviembre de 2021.é í 2.-Casa Ch pica 2, ubicada en sector El Rinc n S/N de la comuna deé ó Ch pica, con fecha de inicio del contrato el d a 15 de noviembre de 2021.é í 3.- Casa Ch pica 3, ubicada en sector El Rinc n S/N de la comuna deé ó Ch
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 3 de febrero de 2023, comparece don RODOLFO BELMAR LARA, abogado, con mandato judicial en representaci nó convencional de EMEC MONTAJES EL CTRICOS Y CONSTRUCCI NÉ Ó LIMITADA, representada legalmente por Carlos Rub n Vera Roa, eé interpone demanda de devoluci n de garant as adeudadas resultantes del contrato deó í arrendamiento celebrado con A&C PROPIEDADES SPA, sociedad del giro de su denominaci n, representada legalmente por do a Yamilet Alejandra Araya Oteiza,ó ñ todos precedentemente individualizados, solicitando que se declare que la demandad deber restituir el saldo de las sumas pagadas porá concepto de mes de garant a deí 8 contratos de arrendamiento que se singularizar n m s adelante, y que asciende aá á la suma de $5.146.667.-, o la suma menor que determine S.S. conforme el m ritoé del proceso, a m s tardar dentro de tercero d a de ejecutoriada la sentencia,á í debidamente reajustadas en los t rminos establecidos en el art culo 21 de la Leyé í 18.101, con costas. SEGUNDO: Que, para acreditar la existencia de los contratos de arrendamiento entre las partes, la parte demandante acompa a folio 1, la copiañó de los ocho contratos de arrendamiento suscrito entre las partes, el primero, con fecha 11 de noviembre del a o 2021, a trav s del cual, la parte demandadañ é entreg en arriendo a la demandante una propiedad ubicada en sector El Rinc nó ó S/N de la comuna de Ch pica, pact ndose una renta de arrendamiento deé á $800.000.-, m s el pago de un mes de garant a por la misma suma; el segundo,á í con fecha 16 de noviembre del a o 2021, a trav s del cual, la parte demandadañ é entreg en arriendo a la demandante una propiedad ubicada en sector El Rinc nó ó S/N de la comuna de Ch pica, pact ndose una renta de arrendamiento deé á $700.000.-, m s el pago de un mes de garant a por la misma suma; el tercero, coná í fecha 16 de noviembre del a o 2021, a trav s del cual, la parte demandadañ é entreg en arriendo a la demandante una propiedad ubicada en sector El Rinc nó ó S/N de la comuna de Ch pica, pact ndose una renta de arrendamiento deé á $600.000.-, m s el pago de un mes de garant a por la misma suma; el cuarto, coná í Código: YRXDXEXXVGH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl fecha 12 de agosto del a o 2022, a trav s del cual, la parte demandada entreg enñ é ó arriendo a la demandante una propiedad ubicada en Villa Centro N°17 de la comuna de Ch pica, pact ndose una renta de arrendamiento de $1.200.000.-, m s elé á á pago de un mes de garant a por la misma suma; el quinto, con fecha 21 deí septiembre del a o 2022, a trav s del cual, la parte demandada entreg en arriendoñ é ó a la demandante una propiedad ubicada en Villa Centro Pasaje 5, Lote N°17 de la comuna de Ch pica, pact ndose una renta de arrendamiento de $800.000.-, m sé á á el pago de un mes de garant a por la misma suma; el sexto, con fecha 2 deí noviembre del a o 2021, a trav s del cual,
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 7, 8 y 21 deí la Ley 18.101; 44, 144, 170, 254 y 680 y siguientes del C digo de Procedimientoó Civil; 1698 del C digo Civil, y dem s normas aplicables en la especie, ó á SE DECLARA: I.- Que, SE HACE LUGAR a la demanda de de devoluci n de garant asó í adeudadas resultantes de los contratos de arrendamientos de marras, en consecuencia, se declara que se condena a la demandada a pagar la suma de $5.146.667.-, m s los reajustes e intereses del art culo 21 de la Ley 18.101.-á í devengados hasta el pago total de lo adeudado, dentro de tercero d a, desde que laí sentencia se encuentre ejecutoriada II.- Que, no se condena en costas a la demandada, por no haber existido oposici n.ó An tese, reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad. ó í í í Dictada por don MAURICIO NU EZ ECHEVERR AÑ Í , Juez Titular.- En Santa Cruz, a diecisiete de Marzo de dos mil veintitr sé , se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Código: YRXDXEXXVGH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-17T11:50:30-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 11.-once.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Santa Cruz CAUSA ROL : C-139-2023 CARATULADO : EMEC MONTAJES ELECTRICOS Y CONSTRUCCION/A&C PROPIEDADES SPA Santa Cruz, diecisiete de Marzo de dos mil veintitr s.é VISTOS: Que, con fecha 3 de febrero de 2023, comparece don RODOLFO BELMAR LARA, abogado, con mandato judicial en representaci n convencionaló de EMEC MONT
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