LINCOPÍ/CANALES
Rol
T-1-2023
Fecha
2 de septiembre de 2023
Materia
Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: I.- HISTORIAL LABORAL: Expone que toda su vida laboral ha sido dedicada a la función pública; que desde el año 2000 se desempeñó en el Departamento de Educación de la comuna de Tirúa, primeramente como coordinador de diversos programas, a saber: Encargado de personal, alimentación escolar, educación bilingüe entre otras, siendo nombrado el año 2009 en el cargo de Jefe de Personal, función que ejerció hasta el fines del año 2017. A su vez y en el ejercicio de su profunda vocación de servicio, ésta le hizo querer devolver a mi comuna todo lo recibido a través de los años, siendo de activa participación política desde su juventud, por lo que desde joven milita en el partido político Unión Demócrata Independiente (en adelante UDI) postulando al concejo Municipal de Tirúa, siendo electo concejal con la segunda mayoría, por los períodos que abarcaron los años 2008-2016. Posteriormente, el año 2020 postula a la alcaldía de la comuna de Tirúa, logrando la segunda mayoría a menos de 500 votos de alcanzar el puesto de alcalde. Arguye que siempre ha puesto como prioridad a su pueblo Mapuche, habiendo nacido en Tirúa y siendo toda su vida parte de la comunidad “José Agustín Huenipil” como integrante y dirigente; también fue creador del Consejo LOF-CHE de la comuna de Tirúa. Asimismo, desde el mes de febrero de 2018 participó como dirigente de la mesa provincial autónoma mapuche del Territorio Lavkenche de la provincia de Arauco destinada al bienestar de los comuneros en diversas temáticas relevantes. Con esta gran experiencia acumulada como funcionario público y dirigente mapuche, ingresa al Servicio de Salud Arauco el 5 de mayo del año 2018, asumiendo ahí el desafío de aunar los ámbitos de su vida ya descritos, ejerciendo funciones como “asesor intercultural en la dirección del SSA” en trabajo directo con la dirección del Servicio, asumiendo la calidad de nexo entre el Pueblo Mapuche y el Servicio denunciado. Ya en el ámbito de sus funciones y dentro de toda la red
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Demanda. Que a folio 1 de autos, comparece JORGE MIGUEL LINCOPI MARIHUEN, chileno, mapuche, casado, cédula de identidad Nº 12.738.612-9, domiciliado en calle el Lingue N° 45, de la comuna de Tirúa, interponiendo denuncia de tutela laboral por despido discriminatorio con infracción de derechos fundamentales en contra del Servicio de Salud Arauco, RUT Nºn 61.954.500-1, (de ahora en adelante SSA) representada por su Director don Miguel Canales Carrasco, cédula de identidad Nº 8.021.360-3, ambos domiciliados en calle Carrera Nº 302, de la comuna de Lebu, Provincia de Arauco; solicitando se declare que el despido del que fue objeto ha sido discriminatorio, y que infringe sus derechos fundamentales; y condenando a la demandada al pago de las prestaciones e indemnizaciones que indica; todo ello con condena en costas, conforme a los siguientes antecedentes que expone: LOS HECHOS: I.- HISTORIAL LABORAL: Expone que toda su vida laboral ha sido dedicada a la función pública; que desde el año 2000 se desempeñó en el Departamento de Educación de la comuna de Tirúa, primeramente como coordinador de diversos programas, a saber: Encargado de personal, alimentación escolar, educación bilingüe entre otras, siendo nombrado el año 2009 en el cargo de Jefe de Personal, función que ejerció hasta el fines del año 2017. A su vez y en el ejercicio de su profunda vocación de servicio, ésta le hizo querer devolver a mi comuna todo lo recibido a través de los años, siendo de activa participación política desde su juventud, por lo que desde joven milita en el partido político Unión Demócrata Independiente (en adelante UDI) postulando al concejo Municipal de Tirúa, siendo electo concejal con la segunda mayoría, por los períodos que abarcaron los años 2008-2016. Posteriormente, el año 2020 postula a la alcaldía de la comuna de Tirúa, logrando la segunda mayoría a menos de 500 votos de alcanzar el puesto de alcalde. Arguye que siempre ha puesto como prioridad a su pueblo Mapuche, habiendo nacido en Tirúa y siendo toda su vida parte de la comunidad “José Agustín Huenipil” como integrante y dirigente; también fue creador del Consejo LOF-CHE de la comuna de Tirúa. Asimismo, desde el mes de febrero de 2018 participó como dirigente de la mesa provincial autónoma mapuche del Territorio Lavkenche de la provincia de Arauco destinada al bienestar de los comuneros en diversas temáticas relevantes. Con esta gran experiencia acumulada como funcionario público y dirigente mapuche, ingresa al Servicio de Salud Arauco el 5 de mayo del año 2018, asumiendo ahí el desafío de aunar los ámbitos de su vida ya descritos, ejerciendo funciones como “asesor intercultural en la dirección del SSA” en trabajo directo con la dirección del Servicio, asumiendo la calidad de nexo entre el Pueblo Mapuche y el Servicio denunciado. Ya en el ámbito de sus funciones y dentro de toda la red de salud que abarca la provincia de Arauco, debió coordinar los dispositivos de intervención dental
Fallo
se resuelve poner término anticipado a la designación a contrata del actor a contar de la total tramitación del referido acto administrativo, por no ser necesarios sus servicios. d) Que el fundamento del acto administrativo que pone término anticipado a la contrata del actor, descansa en las siguientes circunstancias: · Que de acuerdo a la Resolución 2770 de 21 de octubre de 2019, del Servicio de Salud Arauco, el Departamento de Participación Ciudadana y Salud Intercultural esta conformado por la Unidad de Salud Intercultural (USI) y por la Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS). · Que la USI es la unidad que coordina y gestiona diversos programas, a saber, PESPI, FONASA, TAMI MAPU MELI, PRILONCO, PRAIS, y está compuesta por 4 funcionarios y 4 facilitadores (asesores interculturales de los establecimientos de la red, dentro de los cuales- indica la resolución- no está comprendido el actor, quien depende directamente del Jefe/a de Departamento de Participación Ciudadana y Salud Intercultural. · Que, según informe técnico al jefe (S) del departamento de Participación Ciudadana, por el cual se advierte un trabajo cohesionado de una gran parte del equipo; detectando sobrecarga laboral especialmente de quienes se desempeñan presencialmente y menciona que una menor parte del equipo no ha mostrado mayor interés y compromiso con el trabajo que se está realizando. · Que el actor no presenta un rendimiento oportuno frente a las demandas laborales que se deben cumplir
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Lebu, dos de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Demanda. Que a folio 1 de autos, comparece JORGE MIGUEL LINCOPI MARIHUEN, chileno, mapuche, casado, cédula de identidad Nº 12.738.612-9, domiciliado en calle el Lingue N° 45, de la comuna de Tirúa, interponiendo denuncia de tutela laboral por despido discriminatorio con infracción de derechos fundamentales en cont
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