2º Juzgado Civil de Concepción

CONSORCIO INMOBILIARIO PINGUERAL LIMITADA/FISCO TESORERÍA REGIONAL DEL BIOBIO

Rol

C-92-2022

Fecha

17 de marzo de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece el abogado, don JORGE MONTECINOS ARAYA, en representación convencional de CONSORCIO INMOBILIARIO PINGUERAL LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por don Gustavo Yánquez Mery, empresario, ambos con domicilio en Arlegui N° 610 departamento B, Galería Lagomarsino, Viña del Mar; e interpone demanda de prescripción extintiva en juicio ordinario de mayor cuantía de en contra del FISCO DE CHILE, Persona Jurídica de Derecho Público, representada legalmente por la TESORERÍA REGIONAL DE CONCEPCIÓN, a través de su abogado Provincial, doña Susana Urbina Pinto, o quien la reemplace o subrogue legalmente, domiciliados en calle O´Higgins n° 749, comuna de Concepción, solicitando se declare la prescripción extintiva de la acción de cobro de obligaciones tributarias, por concepto de impuestos territoriales adeudados,

Fundamentos

considerando sus reajustes, intereses y multas, y que en consecuencia, se proceda al descargo de las deudas señaladas, con costas. Funda su demanda en el hecho de que, su representado registra ante el Servicio de Tesorería, las siguientes deudas fiscales y tributarias: 1.- Formulario 30, tipo 30, folio 1900518117, fecha de vencimiento 30 de abril de 2017, deuda neta $294.333.- 2.- Formulario 30, tipo 30, folio 1900518118, fecha de vencimiento 30 de abril de 2018, deuda neta $330.874.- 3.- Formulario 30, tipo 30, folio 1900518217, fecha de vencimiento 30 de junio de 2017, deuda neta $294.333.- 4.- Formulario 30, tipo 30, folio 1900518218, fecha de vencimiento 30 de junio de 2018, deuda neta $330.874.- Código: PBPXXEQBNGH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 5.- Formulario 30, tipo 30, folio 1900518317, fecha de vencimiento 30 de Septiembre de 2017, deuda neta $297.571.- 6.- Formulario 30, tipo 30, folio 1900518318, fecha de vencimiento 30 de Septiembre de 2018, deuda neta $335.507.- 7.- Formulario 30, tipo 30, folio 1900518417, fecha de vencimiento 30 de Noviembre de 2017, deuda neta $297.571.- 8.- Formulario 30, tipo 30, folio 1900518418, fecha de vencimiento 30 de Noviembre de 2018, deuda neta $335.507.- Los giros indicados constituyen las órdenes de ingreso del impuesto territorial devengado por su mandante en su carácter de titular del predio rol 518-40, de la comuna de Tomé. Sostiene que, dicha deuda se encuentra prescrita y cita el tenor del artículo 200 del Código Tributario. Luego, razona en el sentido de que la acción de cobro se encuentra prescrita, citando el tenor del artículo 201 del mismo cuerpo legal. A folio 5, según consta del atestado del Receptor Judicial, se notificó conforme lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, a doña Susana Urbina Pinto, en su calidad de representante legal de la misma; encontrándose

Fallo

por tanto, legalmente emplazada. A folio 7, comparece la abogada, doña Pía Carolina Sáez Sáez, en representación convencional de la demandada, SERVICIO DE TESORERÍAS, contestando la demanda y solicitando que se rechace en todas sus partes, con costas. Alega que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 200 y 201 del Código Tributario, el plazo otorgado al Fisco de Chile para ejercer la acción de cobro de las obligaciones tributarias de dinero, es de tres años. En consecuencia, prescribe dicha acción de cobro, si no es ejercida dentro de dicho plazo, o si no es interrumpido por los actos o hechos contemplados en la ley. Cita el tenor del artículo 201 del Código Tributario, el artículo 2514, 2518 y 2503 del Código Civil. Expone que, para acoger o rechazar una demanda de prescripción extintiva es necesario analizar: 1) la fecha en que la obligación se hizo Código: PBPXXEQBNGH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl exigible; 2) Concurrencia de hechos o actos interruptivos del plazo de prescripción y fecha de los mismos; y 3) Si los hechos o actos interruptivos del plazo de prescripción, cumplen los requisitos legales para que operen como tales. Sostiene que, el Servicio de Tesorerías ejerció acción de cobro respecto de los folios de contribuciones indicados por el demandante en su libelo y cuya prescripción se solicita en estos autos; en efecto, indica que los expedientes administrativos de cobro son los

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Concepci nó CAUSA ROL : C-92-2022 CARATULADO : CONSORCIO INMOBILIARIO PINGUERAL LIMITADA/FISCO TESORER A REGIONAL DEL BIOBIOÍ Concepción, diecisiete de Marzo de dos mil veintitrés. Por entrado a mi despacho, luego de ausentarme por licencia médica entre el 05 de enero y el 05 de marzo de 2023. VISTO: A folio 1, comparece el abogado, d

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