1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GONZÁLEZ/NUEVO HORIZONTE S.A.

Rol

O-5269-2023

Fecha

1 de septiembre de 2023

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado progresivo, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Se omite. CONCILIACIÓN: En atención a la incomparecencia de la parte demandada, se tiene por frustrado el llamado a conciliación. El Tribunal hace uso de la facultad de admitir tácitamente los hechos señalados en la demanda. Consta en audio. CONSTANCIA: Se deja constancia que el tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y, de conformidad a lo establecido en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Excelentísima Corte Suprema, se transcribirá sólo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. SENTENCIA: En Santiago, uno de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos, oídos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece GABRIEL PATRICIO GONZALEZ MONTABONE, Rut N° 10.066.087-3, domiciliado para estos efectos en Amunátegui 86, oficina 401, Santiago, quien interpone demanda de despido indirecto, cobro de indemnizaciones y prestaciones en contra de NUEVO HORIZONTE S.A., Rut N° 76.036.744-3, representada por Gustavo Andres Melin Vester, ambos domiciliados en José Manuel Carrera Nº 609, cuidad de Temuco. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 63, 67, 73, 160, 171, 58 del Código del Trabajo, 425 y siguientes del Código del Trabajo y especialmente teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 453 del mismo cuerpo legal, SE DECLARA: I. Que SE ACOGE la demanda interpuesta por GABRIEL PATRICIO GONZALEZ MONTABONE en contra de NUEVO HORIZONTE S.A., ambos ya individualizados, y se declara que el contrato de trabajo terminó el 03 de julio del año 2023 por un autodespido justificado, esto es, entendiéndose para todos los efectos legales que terminó por la causal de necesidades de la empresa y, en consecuencia, se dispone el pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a. Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $1.073.563. b. Indemnización por años de servicios por la suma de $5.367.817. c. El recargo del 50% conforme a lo dispuesto en el artículo 171 por la

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 63, 67, 73, 160, 171, 58 del Código del Trabajo, 425 y siguientes del Código del Trabajo y especialmente teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 453 del mismo cuerpo legal, SE DECLARA: I. Que SE ACOGE la demanda interpuesta por GABRIEL PATRICIO GONZALEZ MONTABONE en contra de NUEVO HORIZONTE S.A., ambos ya individualizados, y se declara que el contrato de trabajo terminó el 03 de julio del año 2023 por un autodespido justificado, esto es, entendiéndose para todos los efectos legales que terminó por la causal de necesidades de la empresa y, en consecuencia, se dispone el pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a. Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $1.073.563. b. Indemnización por años de servicios por la suma de $5.367.817. c. El recargo del 50% conforme a lo dispuesto en el artículo 171 por la suma de $2.683.908. d. Feriado legal del periodo 2021 a 2022 por $626.245, feriado legal del periodo 2022 a 2023 por $751.494 y feriado proporcional de $129.543. e. Feriado progresivo del periodo 2021 a 2022 por $62.625 y feriado progresivo del periodo 2022 a 2023 por $62.625. f. La demandada deberá pagar las remuneraciones desde la fecha del autodespido, de 03 de julio de 2023, hasta la fecha en que se acredite el pago íntegro de las cotizaciones previsionales, de salud y cesantía adeudadas y que se han expuesto en el cuerpo de la sentencia. g. Ofíciese a F

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 01/09/2023, Santiago RUC 23- 4-0501833-0 RIT O-5269-2023 CARATULADO GONZÁLEZ/NUEVO HORIZONTE S.A. MAGISTRADO MARIA VERONICA TORRES REYES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Francisca Urqueta HORA DE INICIO 09:12 HORA DE TERMINO 09:30 SALA 3.3 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340501833-0-1348 PA

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