2º Juzgado de Letras de Los Angeles

AGRÍCOLA LAS BANDURRIAS LIMITADA/

Rol

V-167-2021

Fecha

17 de marzo de 2023

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En folio 1, con fecha 8 de septiembre de 2021, a las 14.33 horas, se presenta don Gonzalo Nieto Valdés, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 11.472.232-4, en representación de AGRÍCOLA LAS BANDURRIAS LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada del giro de su denominación, RUT N° 76.253.422-3, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Apoquindo 3885, piso 18, Las Condes, y expone: Que, su representada desea obtener y constituir una concesión minera de explotación de sustancias concesibles, sobre una superficie de 100 hectáreas. Señala que el punto de interés del terreno manifestado se encuentra ubicado en terrenos abiertos e incultos ubicados en la Región de Biobío, Provincia de Biobío, Comuna de Quilleco, y cuyas coordenadas U.T.M. son: Norte 5.868.280,00 metros y Este 758.275,00 metros y corresponden a la intersección de las diagonales de un cuadrado trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el Punto de Interés ya indicado y cuyos lados miden 1.000,00 metros en el sentido Norte-Sur U.T.M., por 1.000,00 metros en el sentido Este-Oeste U.T.M., y cuya superficie total es de 100 hectáreas. Indica que las expresadas coordenadas U.T.M se encuentran referidas al Datum Provisorio “La Canoa 1956”, Elipsoide Internacional de Referencia de 1924, Huso 18. Agrega que, deseando constituir pertenencias mineras sobre el área señalada, solicita concederle a su representada 10 pertenencias de 10 hectáreas cada una, las que se denominarán “El OLIVAR 3, 1 AL 10”. Refiere que la superficie manifestada se encuentra dentro de la concesión de exploración denominada “EL OLIVAR 3”, de su representada, cuya sentencia constitutiva fue dictada con fecha 23 de septiembre de 2019, en el 2º Juzgado de Letras Civil de Los Ángeles, en los autos Rol N° V-25-2019. Dicha sentencia se inscribió a fojas 608 N°276 Código: KLDLXERRKFH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificad

Fallo

En mérito de lo expuesto y normas legales que cita, pide tener por presentada esta manifestación minera, ordenar su inscripción y publicación y disponer que el señor Secretario otorgue la copia autorizada que ordena el artículo 50 del Código de Minería. En el primer otrosí hace presente que para todos los efectos legales, la manifestación debe tenerse por presentada el día 22 de febrero de 2019, fecha de presentación del pedimento que dio origen a la concesión de exploración antes referida.. En folio 6, por resolución del 29 de septiembre de 2022, se ordenó la inscripción y publicación de la manifestación. En folio 12, con fecha 13 de abril de 2022, acompañó formulario 10, de pago de tasa de manifestación y formulario 40, de pago de patente pertenencias con timbre de caja de Banco de Chile de fecha 05 de octubre de 2021 y 06 de abril de 2022, respectivamente. Asimismo en folio 12, rola copia autorizada de la inscripción de la manifestación de fecha 18 de octubre de 2021, a fojas 461 N°207 del Registro de Descubrimientos de Minas del Conservador de Minas de Los Ángeles correspondiente al año 2021; además rola Publicación en Boletín Oficial de Minería del día Jueves 28 de octubre de 2021, ejemplar 43.089, en que aparece efectuada la publicación de la manifestación minera “EL OLIVAR 3, 1 al 10”; y acompañó plano de la solicitud de mensura en el que se señala la configuración del grupo de pertenencias, las coordenadas de cada uno de los vértices del perímetro y la relación en

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Los Angeles CAUSA ROL : V-167-2021 CARATULADO : AGR COLA LAS BANDURRIAS LIMITADA/Í Los Angeles, diecisiete de Marzo de dos mil veintitrés VISTO: En folio 1, con fecha 8 de septiembre de 2021, a las 14.33 horas, se presenta don Gonzalo Nieto Valdés, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 11.472.232-4, en repres

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica