ARAYA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
Rol
C-13945-2022
Fecha
16 de marzo de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Que, compareció don Héctor Enrique Araya Valdebenito, jubilado, domiciliado en calle tres Oriente N°780, población Cerro 18, comuna de Lo Barnechea, quien dedujo demanda en procedimiento ordinario de menor cuantía en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por su alcalde don Cristóbal Lira Ibáñez, ambos domiciliados para estos efectos en Av. El Rodeo N°12.777, comuna Lo Barnechea, a fin de declarar la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impagos, más intereses, respecto de propiedad ubicada en calle Tres Oriente N°780, Población Cerro 18, comuna de Lo Barnechea, correspondiente al período comprendido entre abril de 2009 y junio de 2013 y los demás derechos o cuotas que, al tiempo de notificación de la presente demanda, hayan cumplido 3 años o más para su cobro. Manifestó ser dueño de propiedad ubicada en calle Tres Oriente N°780, población Cerro 18, comuna de Lo Barnechea, cuyo rol de avalúos es el N°4090-14, y que ha sido requerido por la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea por el pago de los derechos de aseo municipales que se adeudarían por el periodo correspondiente entre los meses de abril, junio, septiembre, noviembre de los años 2009, 2010, 2011, 2012, los meses de abril y junio del año 2013. Añadió que el total adeudado a la fecha de hoy ascendería por concepto de capital, multas e intereses a la suma de $2.054.723 y que el periodo que comprende desde abril de 2009 hasta junio de 2013 asciende a la suma de $1.833.002. En el aspecto jurídico fundamentó su demanda en los artículos 2492, 2493, y 2521 del Código Civil,
Fundamentos
considerando como plazo de prescripción el de carácter especial para cobro de impuestos de 3 años. Código: XTXQXEGYHXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se tuvo por notificada a la demandada de la acción deducida en su contra el 2 de marzo de 2023. Por escrito de 22 de febrero de 2023, compareció don Carlos Guillermo Quintana Frugone, abogado, en representación de la I. Municipalidad de Lo Barnechea, ambos con domicilio en Avenida El Rodeo Nº12.777, comuna de Lo Barnechea, quien contestó la demanda deducida en su contra, allanándose a la misma y en acto continuo interpuso demanda reconvencional en contra del actor don Héctor Enrique Araya Valdebenito por cobro de pesos, quien solicitó se declare que registra una deuda por concepto de derecho de aseo por la suma de $332.485, más intereses y reajustes al día del pago efectivo, con costas solo en caso de oposición. Sobre la contestación de la acción principal, precisó que a los derechos de aseo corresponde aplicar la prescripción extintiva de 5 años que se aplica para las acciones ordinarias, establecida en el artículo 2515 del Código Civil, debido a que los derechos de aseo no son impuestos al existir una contraprestación. Expresó que contesta la demanda, allanándose parcialmente y aceptando la acción contraria solo por el periodo que va desde el día 30 de abril del año 2009, hasta el día 30 de abril de 2013, por un total de $1.889.934. Respecto de la demanda reconvencional, señaló que la interpuso contra de don Héctor Enrique Araya Valdebenito, para el cobro de de pesos por derechos de aseo no pagados y no prescritos, que a dicha fecha alcanzaban la suma de $332.485. Indicó que el inmueble del contribuyente ubicado en calle Tres Orientes Nº780, población Cerro 18, comuna Lo Barnechea, tal como lo reconoce el propio actor principal, está obligado al pago de derechos de aseo. Añadió, que no obstante, el contribuyente no ha pagado suma alguna por dicho concepto, desde el 30 de abril del año 2020 hasta el 30 de noviembre de 2022, cuyo monto asciende a la suma de $332.485 resultando procedente, atendido el allanamiento de lo principal, el cobro del monto cuya acción no está prescrita. Código: XTXQXEGYHXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Finalmente pidió lo ya señalado. Por escrito de 8 de marzo de 2023, el demandado reconvencional se allanó a la demanda reconvencional, por referirse a periodos no prescritos. Mediante resolución de 15 de marzo de 2023 se omitió la recepción de la causa a prueba, y se citó, derechamente, a las partes a oír sentencia. Considerando: I. En cuanto a la demanda principal: Primero: Que compareció don Héctor Enrique Araya Valdebenito, deduciendo demanda en procedimiento ordinario de menor cuantía en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, a fin de declarar la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos d
Fallo
Por estas consideraciones, normas legales citadas y visto, además lo dispuesto en artículos 160, 161, 170, 273, y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 1698, 2492, 2515 y 2521 y demás pertinentes del Código Civil, se decide: I. Que se acoge la demanda de declaración prescripción extintiva interpuesta por don Héctor Enrique Araya Valdebenito, en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, en cuanto se declaran prescritas las acciones de cobro de derechos de aseo municipales adeudados por la propiedad ubicada en calle Tres Oriente N°780, población Cerro 18, comuna de Lo Barnechea por el período comprendido entre el 30 de abril de 2009 hasta el 30 de junio de 2013, ambos inclusive. II. Que se acoge la demanda reconvencional interpuesta por la I. Municipalidad de Lo Barnechea, en contra de don Héctor Enrique Araya Valdebenito, y se condena a la demandada reconvencional al pago de la suma de $332.485 con reajustes e intereses, por concepto de derechos de aseo municipal por la propiedad ubicada en calle Tres Oriente N°780, población Cerro 18, comuna de Lo Barnechea, correspondiente al período que va desde el 30 de abril de 2020 hasta el 30 de noviembre de 2022, ambos inclusive. III. Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archivase en su oportunidad. Código: XTXQXEGYHXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rol N° C-13.945-2022. Pronunciada por don Patricio Hernández Jara, Juez
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-13945-2022 CARATULADO : ARAYA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA Santiago, dieciséis de marzo de dos mil veintitrés. Visto: Que, compareció don Héctor Enrique Araya Valdebenito, jubilado, domiciliado en calle tres Oriente N°780, población Cerro 18, comuna de Lo Barnechea, quien dedujo demanda en procedimiento
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