ORTIZ GARRIDO MARIA VALENTINA
Rol
V-107-2022
Fecha
16 de marzo de 2023
Materia
SANITARIO CÓDIGO, ALZAMIENTO DE CLAUSURA
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: En lo principal de la presentaci n de fecha 06 de mayo de 2022,ó comparece Ana Karina Segovia Iraira, abogada, con domicilio en calle Gandarillas N° 925, La Serena, en representaci n convencional deó do a ñ Mar a Valentina Ort z Garridoí í , comerciante, domiciliada en calle Benito Rebolledo N° 2402, San Joaqu n La Serena, deduciendoí demanda de alzamiento de clausura instruida por el Servicio de Salud de la propiedad ubicada en calle Vicu a N°514 al 526, La Serena,ñ conforme con lo previsto en el inciso tercero del art culo 41 delí C digo Sanitario, por los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho queó expone. Relata que con fecha 01 de noviembre del a o 2015, suñ representada celebr con don Luis Armando Avil s Iter, comerciante,ó é un contrato de arriendo por su propiedad ubicada en calle Vicu añ N°514 al 526. Detalla que el contrato referido fue firmado y autorizado ante el Notario P blico que fuera de La Serena don Oscarú Fern ndez Mora. El plazo de vigencia del contrato fue pactado a cincoá a os renovables por periodos iguales, salvo que las le pusieren t rminoñ é a este. La renta de arriendo pactado entre las partes, ascend a a laí suma de $200.000, con un reajuste anual conforme a IPC, estipulando Código: BJJXXEDCSPG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 las partes que la propiedad se entreg para uso y goce comercial, y eló segundo piso con acceso por Plaza Tenri, para establecimiento de comercio y casa habitaci n, se al ndose expresamente la facultad deó ñ á subarrendar. A ade que el arrendatario subarrend el inmueble a la sociedadñ ó L&M SpA, de la que es socio y representante legal, con fecha 24 de enero de 2018, para la explotaci n de un establecimiento de comercioó de residencial y alojamiento, negocio que desarroll durante algunosó a os administr ndolo personalmente, y cuando entendi que el negocioñ á ó estaba suficientemente maduro contrat una administradora para laó gesti n de dicho negocio, celebrando contrato de trabajo con do aó ñ Yessenia Andrea Torrej n Pe a, encomend ndosele la administraci n yó ñ á ó gesti n de la Residencial desde el 01 de marzo de 2021, deslig ndoseó á seg n sus dichos el sr. Avil s de la gesti n. ú é ó Expone que, as las cosas, el d a 02 de marzo de 2022 ingresaroní í a la propiedad funcionarios de Carabineros de Chile, sin que los acompa ase ning n funcionario de la SEREMIA de salud de La Serena,ñ ú y procedieron a clausurar el inmueble de su representada, por existir supuestamente mujeres que ejerc an el comercio sexual, lo que eraí desconocido tanto por su representada como por el arrendatario de la propiedad, Sr. Avil s. Consign ndose en el acta que el prost bulo eraé á í dirigido por do a Yessenia Torrej n Pe a, a quien se le notific lañ ó ñ ó clausura. Manifiesta que su representada solo se enter del giro al que suó inmueble estaba siendo destinado cuando fue notificada por Carabineros, e inmediatamente se comunic con su arrendatario, paraó solicitarle los antecedentes, los que se acompa an en otros , consistentesñ í en contrato de arrendamiento de fecha 01 de noviembre de 2015, Código: BJJXXEDCSPG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 entre su representada y don Luis Avil s, contrato de arrendamiento deé fecha 4 de enero de 2018 entre el sr. Avil s y la sociedad L&M SpA,é contrato de trabajo de fecha 01 de marzo de 2021 entre la sociedad L&M SpA y do a Yessenia Torrej n Pe a, y finiquito de trabajo deñ ó ñ fecha 05
Fallo
se resuelve:ó Que, se hace lugar a la solicitud del otros de la presentaci n deí ó fecha 06 de mayo de 2022. Código: BJJXXEDCSPG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 En consecuencia, se ordena el alzamiento de la clausura del inmueble ubicado en calle Vicu a N°. 514 al 526, La Serena, h gaseñ á entrega del mismo a su due a Mar a Valentina Ort z Garrido, R.U.N.ñ í í 13.648.494-K o a quien sus derechos represente. Notif quese, reg strese y arch vese la causa en su oportunidad.í í í RESOLVI Ó CECILIA ROJAS NOGEROL, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, diecis is de Marzo de dos mil veintitr sé é Código: BJJXXEDCSPG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-16T14:50:33-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 41 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-107-2022 CARATULADO : ORTIZ GARRIDO MARIA VALENTINA La Serena, diecis is de Marzo de dos mil veintitr sé é Vistos: En lo principal de la presentaci n de fecha 06 de mayo de 2022,ó comparece Ana Karina Segovia Iraira, abogada, con domicilio en calle Gandarillas N° 925, La Serena, en repr
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