AGUIRRE/NÚÑEZ
Rol
C-796-2021
Fecha
16 de marzo de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 12 de marzo de 2021, comparece do a ñ Irelba Edith Aguirre Corrotea, c dula nacional de identidad N°é 6.666.664-6, domiciliada en calle Aconcagua N°2785, villa Caspana, Calama, representada por el abogado don Alejandro Vicencio Ramos, c dula nacional de identidad N°12.567.195-0,é domiciliado en avenida Granaderos N° 2122, Calama, deduciendo demanda ordinaria de indemnizaci n de perjuicios, en sede extra contractual, en contra deó do a ñ Sandra Ivonne N ez Arayaúñ , c dula nacional de identidad N°13.173.065-9,é domiciliada en calle Aconcagua N° 2779, villa Caspana, Calama, en virtud de los antecedentes de hecho y de derecho que a continuaci n se indican.ó Se ala que, es due a de la propiedad ubicada en calle Aconcagua N°2785,ñ ñ villa Caspana, y que, desde el a o 2012, lidia con diversos arreglos realizados porñ su vecina, la demandada de autos, quien ha ejecutado obras en la techumbre de su propiedad sin su consentimiento, como cortar los aleros y canaletas que colindan con la ampliaci n que realiz su vecina.ó ó Agrega que, dichos arreglos no eran necesarios pues su marido hizo reemplazo de las canaletas y realiz las mantenciones correspondientes, y al requeriró explicaciones al padre de la demandada, ste dijo que har a reposici n de lasé í ó canaletas indicadas previo pago de las mismas, neg ndose por haber sido unaá intervenci n unilateral.ó Indica que, en el a o 2019 producto del invierno altipl nico, la demandadañ á nuevamente realiz reparaciones en la techumbre de su propiedad y una vez m só á sin su consentimiento intervino sus canaletas y techumbre, afectando su antejard ní Código: QWNXXEXGJXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 y dos habitaciones de su hogar, teniendo como consecuencia que el agua de las lluvias desembocaran en su inmueble, ocasionando severos da os en sus paredes,ñ tanto por mojarse como por la humedad residual. Continua a
Fundamentos
fundamentos de derecho que se encuentran contenidos en la demanda de autos. 5.- Que, a folio 19, con fecha 27 de mayo de 2021, comparece el abogado don Rolando Frez Tapia, por la parte demandada y demandante reconvencional, evacuando d plica respecto de la demanda principal, remiti ndose a los antecedentesú é de hecho y derecho expuestos en el escrito de contestaci n de la misma.ó 6.- Que, a folio 22, con fecha 1 de junio de 2021, se tuvo por evacuada en rebeld a la r plica de la demanda reconvencional.í é 7.- Que, a folio 23, con fecha 7 de junio de 2021, comparece do añ Malvina Flores Lastarria, apoderada de la demandante principal, quien evacua d plica reconvencional, ratificando los argumentos expuestos en la contestaci n deú ó la demanda reconvencional. 8.- Que, a folio 29, con fecha 8 de julio de 2021, se lleva a cabo audiencia de conciliaci n, con la comparecencia de ambas partes. El tribunal llam a lasó ó partes a conciliaci n, la que no se produjo.ó 9.- Que, a folio 37, con fecha 30 de julio de 2021, se recibe la causa a prueba. 10.- Que, a folio 90, con fecha 10 de noviembre de 2022, se cita a las partes para o r sentencia.í CONSIDERANDO: Código: QWNXXEXGJXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 PRIMERO: Que, comparece el abogado don Alejandro Vicencio Ramos, en representaci n de ó do a Irelba Edith Aguirre Corroteañ , deduciendo demanda ordinaria de indemnizaci n de perjuicios, en sede extra contractual en contraó de do a ñ Sandra Ivonne Nu ez Arayañ , solicitando que condene a la demandada al pago de $2.925.000, por concepto de da o emergente y $4.000.000 por concepto deñ da o moral.ñ SEGUNDO: Que, comparece la parte demandada do a ñ Sandra Ivonne Nu ezñ Araya, debidamente representada por el abogado don Rolando Frez Tapia, contestando la demanda principal pidiendo el rechazo de la misma con expresa condenaci n en costas.ó En el primer otros de su presentaci n, deduce demanda reconvencional í ó de indemnizaci n de perjuicios en sede extracontractualó en contra de do a ñ Irelba Edith Aguirre Corrotea, solicitando que se condene a la demandada reconvencional a pagar a t tulo de indemnizaci n de perjuicios la suma de $8.206.542, en suí ó condici n de responsable civil del da o emergente sufrido en el inmueble ubicadoó ñ en calle Aconcagua 2770, villa Caspana de Calama. TERCERO: Que, a folio 37, con fecha 30 de agosto de 2021, existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se fijaron los siguientes puntos de prueba: 1. En cuanto a la demanda principal: 1. Ser efectiva la existencia del hecho il cito generador de responsabilidadí se alado por la demandante principal.ñ 2. Efectividad, de que el referido hecho es imputable a la demandada principal. 3. Efectividad que los hechos denunciados generaron da os o perjuicios a lañ actora principal. En su caso, monto y especie de los mismos. 4. Efectividad de existir una relaci n de causalidad entre l
Fallo
SE DECLARA: 1. En cuanto a la demanda principal: I. Que, se rechaza, sin costas, la demanda de indemnizaci n de perjuiciosó por responsabilidad extracontractual de folio 1. 2. En cuanto a la demanda reconvencional: II. Que, se rechaza, sin costas, la demanda reconvencional de indemnizaci n de perjuicios por responsabilidad extracontractual de folio 12.ó Reg strese, notif quese por c dula y en su oportunidad arch vese.í í é í ROL: C-796-2021 Dictada por do añ ELSA MAR A CASTRO LILLO, Í Juez Titular, Tercer Juzgado de Letras Calama. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Calama, diecis is de Marzo de dos mil veintitr sé é Código: QWNXXEXGJXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-03-16T13:29:21-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : C-796-2021 CARATULADO : AGUIRRE/N EZÚÑ Calama, diecis is de Marzo de dos mil veintitr sé é VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 12 de marzo de 2021, comparece do a ñ Irelba Edith Aguirre Corrotea, c dula nacional de identidad N°é 6.666.664-6, domiciliada en calle Aconcagua N°2785, villa Caspana, Cal
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica