SÁNCHEZ/ILUSTRE MUNICIPLIDAD DE MAIPÚ
Rol
C-14730-2022
Fecha
16 de marzo de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Alejandra Nidia S nchez Figueroa, due a de casa,á ñ domiciliada en calle Miguel Rubio N 1211, Villa Los H roes, Comuna de Maip , e° é ú interpone demanda de prescripci n extintiva en contra de la ó Ilustre Municipalidad de Maipú, representada legalmente por su alcalde Tom s Vodanovic Escuderoá , ambos con domicilio en Avda. Cinco de abril 0260, Maip , Santiago.ú Fundamenta su presentaci n, se alando que es due a del inmueble que le sirveó ñ ñ de domicilio y la cual existen derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago, desde el 30 de abril de 2001 hasta el 30 de abril de 2015, y desde el 30 de septiembre de 2018 hasta el 30 de noviembre de 2021, seg n consta en documento denominadoú certificado de deuda derechos de aseo .“ ” Previas citas legales, solicita se tenga por interpuesta demanda de prescripci nó extintiva de derechos municipales de aseo en contra de la Ilustre Municipalidad de Maip , representada legalmente por su Alcalde, ú Tom s Vodanovic Escudero,á ya individualizado, y en definitiva declarar prescritas las obligaciones de pago, por el per odo comprendido entre elí 30 de abril de 2001 hasta el 30 de abril de 2015, ambos inclusive, por un monto total de $1.200.754. Que con fecha 26 de enero de 2023, se notific personalmente la acci n de autosó ó al demandado. Que, con fecha 03 de febrero de 2023, la Municipalidad demandada, allan ndoseá a los per odo comprendido entre el 30 de abril de 2001 hasta el 30 de abril de 2015,í ambas fechas inclusive y s lo respecto de dicho lapso.ó Que con esta fecha se cit a las partes a o r sentencia. ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO Código: XTDEXEVLMNG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 PRIMERO: Que a fin de acreditar la efectividad de que las acciones emanadas de la deuda referida se encuentran prescritas, consta Informe de Deuda de Derechos de Aseo, de fecha 04 de enero de 2022, emitido por la Direcci n de Administraci n yó ó Finanzas de la Ilustre Municipalidad de Maipú, correspondiente a valores impagos con vencimientos en el periodo comprendido entre el 30 de abril de 2001 hasta el 30 de abril de 2015, ambos inclusive. Asimismo consta la copia del certificado de dominio vigente inscrito a fojas 45781, n mero 74719, del Registro de Propiedad del a o 2006,ú ñ del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, y el certificado de residencia.í SEGUNDO: Que el art culo 2.514 del C digo Civil dispone que la prescripci ní ó ó que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndose este tiempo desde queá la obligaci n se hizo exigible.ó TERCERO: Que por su parte el art culo 2.521 del mencionado cuerpo legalí se ala que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ ñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. CUARTO: Que, es posible se alar que para que resulte procedente declarar lañ prescripci n de las acciones y derechos en comento, es necesario que hayan transcurridoó los plazos que establece la ley desde que se hizo exigible la obligaci n y que el titular deó aquellos no los haya ejercido manteni ndose inactivo a su respecto. é QUINTO: Que, en cuanto a los periodos cuya declaraci n de prescripci nó ó extintiva se solicita, correspondientes a los derechos de aseo devengados en los periodos comprendidos entre el 30 de abril de 2001 hasta el 30 de abril de 2015, ambos inclusive, es posible colegir que sus acciones para el cobro se encuentran indefectiblemente prescritas, por cuanto han transcurrido m s de tres a os desde la fechaá ñ de vencimiento de las cuotas adeudadas y la notificaci n del libelo pretensor, acaecida eló d a 26 de enero de 2023, de acuerdo a lo que dispone el art culo 2.521 del C digo Civil.í í ó SEXTO: Que los restantes medios de prueba aportados en nada alteran lo ya resuelto.
Fallo
Por estas consideraciones y visto adem s lo dispuesto en los art culos á 2492, 2514, 2515 y 2521 y siguientes del C digo Civil, y art culos 144, 160, y 703 y siguientes deló í C digo de Procedimiento Civil, se declara: ó I.- Que, se acoge la demanda de fojas 1 en cuanto se declara que las acciones para perseguir el cumplimiento del pago de las cuotas por concepto de derechos de aseo domiciliario adeudados por la demandante a la Municipalidad de Maip , de los per odosú í que van entre el 30 de abril de 2001 hasta el 30 de abril de 2015, ambos inclusive, se encuentran prescritas, incluyendo adem s reajustes, intereses y multas respecto de dichoá periodo. Elim nense dichas cuotas del estado de deuda, ejecutoriada que sea la presenteí sentencia. Código: XTDEXEVLMNG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 II.- Que, no se condena en costas a la parte demandada. Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad.í í í ROL C- 14730-2022 DICTADO ROMMY MULLER UGARTE, JUEZ TITULAR DEL SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. AUTORIZADA POR MARIA ELENA MOYA GUMERA, SECRETARIA SUBROGANTE DEL SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecis is de Marzo de dos mil veintitr sé é Código: XTDEXEVLMNG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 202
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-14730-2022 CARATULADO : S NCHEZ/ILUSTRE MUNICIPLIDAD DE MAIPÁ Ú Santiago, diecis is de Marzo de dos mil veintitr sé é VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Alejandra Nidia S nchez Figueroa, due a de casa,á ñ domiciliada en calle Miguel Rubio N 1211, Villa Los H roes, Comuna de Maip , e° é
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