ARREAZA/PRODUCTOS FERNANDEZ S.A
Rol
M-250-2023
Fecha
1 de septiembre de 2023
Materia
Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que son partes en este juicio laboral en calidad de demandante don Robert Anthony Arreaza Castillo, cédula de identidad N°26.880.122-7, domiciliado para estos efectos en calle 37 Oriente N°3449, Torre a 394 de la comuna de Talca, representado en juicio por el abogado don Víctor Alfonso Fuentes González y la abogado doña Dennis Alecza Barrios Medel y como parte demandada sociedad Productos Fernández S.A., Rut N° 91.004.000-6, representada legalmente por don Juan Carlos Carreño Riquelme, cédula de identidad N°8.891.759-6, ambos domiciliados en Calle 11 Oriente 1470 Talca y representados en juicio por los abogado don Manuel Maximiliano Garrido Jáuregui y don Javier Ignacio Moreno Vergara. SEGUNDO: Que en la audiencia única se hizo reseña de los hechos de la demanda y de sus
Fundamentos
fundamentos de derecho y contestándola la sociedad demandada solicitó su rechazo, fundado en síntesis en que el demandante incurrió en conductas graves e indebidas que configuraron las causales de su despido previstas en el artículo 160 N°5 y 7 del Código del Trabajo. Se llamó a las partes a conciliación, proponiendo las bases de un posible acuerdo el cual no prospero. TERCERO: Que en razón de la conciliación frustrada, se recibió la causa a prueba, fijándose como hechos substanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1.- Monto de la última remuneración percibía por el demandante y asignaciones comprendidas en ella. 2.- Fecha de comunicación del despido del demandante y modalidad de ella. 3.-Si la parte demandada había capacitado al demandante sobre el método o procedimiento de limpieza de los paneles eléctricos de las maquinarias preparadoras de platos P6. 4.-Si sobre el mismo procedimiento de limpieza, la parte demandada tiene elaborado un procedimiento escrito de conocimiento del actor. 5.-Si el día jueves 9 de marzo del año 2023 en hora de la madrugada, el demandante se encontraba ejerciendo sus funciones en el sector plato preparado P6, de la planta 3 y de forma directa, aplicó agua a presión en el equipo y paneles eléctricos de la envasadora SEALPAC y si este hecho fue advertido por un supervisor de turno de iniciales F.A.M.P. 6.-Si la parte demandada revisó las cámaras de seguridad del lugar y si a través de dichas imágenes, percibió los hechos denunciados por el supervisor y la responsabilidad del demandante en ellos. CUARTO: Que las partes litigantes incorporaron las pruebas que se precisan a continuación: Los de la parte demandada. I.- Documental: 1) Copia de contrato de trabajo y anexo suscrito entre la demandada y el actor, ambos en set de 10 páginas. 2) Acuse recibo de deber de informar riesgos típicos y medidas preventivas. Derecho a Saber DS40 y el texto de este instrumento, ambos en set de 6 páginas. 3) Acuse recibo de Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de Productos Fernández S.A. y un ejemplar de este cuerpo normativo, ambos en set de 51 páginas. 4) Informe Detalle Asistencia del actor, correspondiente a parte de los meses de febrero y marzo 2023. 5) Comunicaciones efectuadas mediante correos electrónicos, cuyo asunto indica RV: Situación grave con colaborador, de fechas 09 de marzo de 2023 e Informe Robert Arreaza Platos Preparados de la misma fecha, todos en set de 18 páginas. Comunicaciones efectuadas mediante correos electrónicos, cuyo asunto indica: RV: Fwd:, de fechas 09 de marzo de 2023 y capacitaciones del Sistema de Gestión Integrado instruidas por distintos supervisores al actor, todos en set de 4 páginas. 6) Comunicaciones efectuadas mediante correos electrónicos, cuyo asunto indica: RV: Fwd:, de fechas 09 de marzo de 2023 y capacitaciones del Sistema de Gestión Integrado instruidas por distintos supervisores al actor, todos en set de 4 páginas. 7) Comunicaciones efectuadas medi
Fallo
se declara: I.QUE SE RECHAZA la demanda interpuesta por don Robert Anthony Arreaza Castillo en contra de sociedad Productos Fernández S.A. representada legalmente por don Juan Carlos Carreño Riquelme. II. Que no se condena a la parte demandante al pago de las costas de la causa por estimar que tuvo motivos plausibles para litigar. Las partes quedan válidamente notificadas de la sentencia en la actuación decretada para las 13.00 horas del día de hoy 1° de septiembre del presente año 2023, asistan o no a la misma. Sin perjuicio de lo anterior, remítase a sus respectivas defensas vía correo electrónico. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RIT M- 250-2023. RUC N°23- 4-0486844-6. Dictada por doña Lis Aguilera Jiménez, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca.
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA. PROCEDIMIENTO: MONITORIO. MATERIA: ACCIÓN DE IMPUGNACIÓN DEL DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES. DEMANDANTE: ROBERT ANTHONY ARREAZA CASTILLO DEMANDADO: SOCIEDAD PRODUCTOS FERNANDEZ S.A. REPRESENTADA LEGALMENTE POR DON JUAN CARLOS CARREÑO RIQUELME RIT N° M-250-2023. RUC N° 23- 4-0486844-6. En Talca a uno de septiembre del año dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que son
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