2º Juzgado Civil de Concepción

ULLOA/CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO (3245-21)

Rol

C-187-2022

Fecha

16 de marzo de 2023

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Por entrado a mi despacho, luego de ausentarme por licencia médica entre el 05 de enero y el 05 de marzo de 2023. A folio 1, comparece legalmente representado, don WASHINGTON GUILLERMO ULLOA CAAMAÑO e interpone demanda de indemnización de perjuicios en contra del FISCO DE CHILE, persona jurídica de Derecho Público, representado para estos efectos por el Abogado Procurador Fiscal de Concepción del Consejo de Defensa del Estado, don Georgy Schubert Studer, o por quien le subrogue o reemplace legalmente, ambos domiciliados Barros Arana 1098, piso 15, edificio Torre del Centro, comuna de Concepción, solicitando que se declare que el demandado debe pagar a don WASHINGTON GUILLERMO ULLOA CAAMAÑO la suma de $300.000.000 (trescientos millones de pesos), por concepto de daño moral; y en subsidio de lo anterior, a la suma que el tribunal estime ajustada a Derecho en consideración al daño provocado; más los reajustes e intereses desde la notificación de esta demanda y hasta el pago efectivo y total de las mismas, y en subsidio de lo anterior, en la forma que el tribunal determine, más las costas de la causa. La demandante funda su demanda en los antecedentes de hecho y

Fundamentos

fundamentos de Derecho que a continuación se exponen: El demandante expone como antecedente previo que ha sido reconocido como víctima por el Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura Informe Valech I bajo el número 24704. Agrega que se inició laboralmente en la CCU y con tiempo fue conocido por sus ideas de izquierda. Por otro lado, conoció a su cónyuge cuándo estuvo en la Armada de Chile. En cuanto a los hechos cuenta que el 11 de septiembre de 1973 llegó a su lugar de trabajo un grupo de militares quienes detuvieron a un gran número de compañeros. A él lo golpearon duramente con combos, patadas Código: EXXMXEGEKKG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl y culatazos por el hecho de haber sido militante del MAPU. Producto de estas circunstancias, su madre agravó y murió. Durante su funeral estuvo custodiado por militares. Se siente culpable de la muerte de su madre ya que cree que lo que a él le sucedió la afectó. Narra que el día de la detención lo militares rodearon la empresa y reunieron a todos los trabajadores en el patio de carga. Allí un oficial, lista en mano, comenzó a nombrar a las personas que iban a ser detenidas. Algunos de ellos comenzaron a llorar ya que habían estado prisioneros en Pisagua durante el gobierno de González Videla. Relata que, acto seguido, los subieron a un camión militar rumbo al Estadio Regional de Concepción. Allí fueron recibidos por militares que les dieron patadas, culatazos y combos. Luego procedieron a tomarle los datos y a registrarlos. Los tuvieron tirados boca abajo en el suelo y los pisotearon con bototos. Después fueron llevados a las galerías donde estuvo un día. Refiere que llegó una orden de traslado hacia el cuartel de la Policía de Investigaciones ubicada en Los Carrera con Angol. Allí los ingresaron a una sala para interrogarles. En ese momento comenzó una balacera que les obligó a tirarse al piso. Luego les comunicaron que había sido un grupo de extrema izquierda quienes habían atacado el cuartel. Sintió miedo de que les fueran a matar. Cuenta que después fueron subidos a un camión para ser trasladados al gimnasio de la Base Naval de Talcahuano. En ese lugar fueron tendidos en el suelo, pisoteados y golpeados con bastones. Fueron dejados a la intemperie toda la noche. Relata que al día siguiente por la mañana fueron embarcados rumbo a la Isla Quiriquina. Llegaron al muelle norte y desde allí los llevaron caminando a la Escuela de Grumetes donde fueron golpeados nuevamente y encerrados en el gimnasio del recinto. Luego fueron dejados en una piscina seca; más de 1000 personas hacinadas fueron dejadas toda la tarde a pleno sol. Señala que en el gimnasio les asignaron un sitio, les dieron una colchoneta para dormir y sólo recibía un jarro de café y una rebanada de pan como alimento. Al atardecer eran rodeados por militares que los apuntaban con armas y los llamaban a interrogatorios. Alude que al tercer d

Fallo

por tanto, debidamente emplazada en el presente juicio. A folio 8, don Georgy Schubert Studer, Abogado Procurador Fiscal de Concepción del Consejo de Defensa del Estado, en representación del demandado, Fisco de Chile, contesta la demanda, solicitando el rechazo de la misma. En primer lugar, se refiere a la demanda y reproduce lo dicho en ella. Luego, expone excepciones, defensas y alegaciones que se oponen a la demanda. En primer lugar opone la excepción de reparación integral, improcedencia de la indemnización alegada por haber sido ya indemnizado el demandante. Señala que, no es posible comprender el régimen jurídico de este tipo de reparaciones por infracciones a los Derechos Humanos si no se posicionan correctamente estas indemnizaciones en el panorama jurídico nacional e internacional. En efecto, dicha comprensión sólo puede efectuarse al interior –y desde– lo que ya es común considerar, el ámbito de la llamada “Justicia Transicional”. Sólo desde esa óptica puede mirarse en mejores condiciones los valores e intereses en juego en esta disputa indemnizatoria. Detalla que, el denominado dilema “justicia versus paz” es, sin lugar a dudas, uno de los pilares sobre los cuales descansa el edificio de aquella justicia transicional. Argumentos en favor de amnistías generales que porten la necesaria tranquilidad a un país, deben lidiar con la imperiosa necesidad de que una sociedad se mire a sí misma y reconozca los errores del pasado para así pronunciar aquel imperioso “nu

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Concepci nó CAUSA ROL : C-187-2022 CARATULADO : ULLOA/CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO (3245-21) Concepción, dieciséis de Marzo de dos mil veintitrés. VISTO: Por entrado a mi despacho, luego de ausentarme por licencia médica entre el 05 de enero y el 05 de marzo de 2023. A folio 1, comparece legalmente representado, don WASHINGTON GUILLE

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